Fecha: Tue, 14 Mar 2006 19:54:18 +0100 (CET) 
  De:  "Isla Flotante Los Uros" <[EMAIL PROTECTED]>  Ver detalles del contacto 
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  Asunto: Pronunciamiento Público sobre el DS 009-2006-A G  
  Para: "Fortunato Escobar" <[EMAIL PROTECTED]> 
      
   
  Estimados caballeros y damas;
   
  Mucho agradeceré la difusión de nuestro pronunciamiento que figura abajo por 
todos medios que tengan a su alcance; con ello demostramos como las sociedades 
llamadas modernas representado por sus instituciones nos oprimen, nos 
discrimina y la forma como se apropian de nuestras tierras, territorios y 
recursos naturales. No escatimen sus esfuerzos para dividir nuestras 
organizaciones y utilizarnos como objeto de manipulación política y no como 
sujetos de derecho.
   
   
  Muy atento de su colaboración de difusión,
   
   
  Juan Coila Vilca
  Alcalde C.P. de Uros Chulluni y
  Presidente de FREDERNMAA
   
   
   
   
  Frente Regional por la Defensa de los Recursos Naturales y Medio Ambiente del 
Altiplano - FREDERNMAA - 
  
   
   
        Pronunciamiento Público sobre el DS 009-2006-AG 
   
  Una manipulación política y electorera de INRENA e INDEPA.
   
  Publicado en   http://es.geocities.com/pueblouro/ 
   
  1.  Los hombres y mujeres de las Islas Flotantes los Uros, de la Parcialidad 
de Chimu, de la Península de Chuchito, comunidades y parcialidades de los 
distritos de Plateria, Acora, Ilave, Juli, Zepita, Desaguadero entre otras del 
área cirncunlacustre del Lago Titicaca organizados en el “Frente Regional por 
la Defensa de los Recursos Naturales y Medio Ambiente del Altiplano” 
(FREDERNMAA); tienen la imperiosa necesidad de pronunciarse sobre la 
promulgación del DS 009-2005-AG, que es sólo, una manipulación política y 
electorera del  INRENA e INDEPA a raíz de sus constantes fracasos.
   
  2. Con indignación y sorpresa hemos tomado conocimiento de la promulgación 
del DS 009-2006-AG a espaldas de nuestros pueblos, entre gallos de media noche. 
 Que en teoría –dicen- que el gobierno respeta los derechos de posesión, uso y 
usufructo, ancestrales y tradicionales a los pueblos originarios vinculados con 
el aprovechamiento de la totora, los llachos y recursos naturales en los 
sectores de Puno, Ramis y Lago Titicaca.  Pero no dicen nada del “derecho de 
propiedad”.
   
  3.  Nuestras demandas, durante los 27 años de resistencia a la Reserva 
Nacional del Titicaca ha sido la derogatoria del DS 185-78-AG y si reconozcan 
nuestro “derecho de propiedad”, tal como los estables el Convenio 169 de la 
OIT. Y no sólo el derecho posesión, uso y usufructo que es sinónimo de 
inquilinos de tierras y totorales que siempre fueron nuestras dado que tenemos 
todo el derecho a  ser  propietarios y legítimos dueños.
   
  4.  Por consiguiente,  expresamos nuestro rotundo rechazo a la promulgación 
del Decreto Supremo promulgado, al igual que hemos rechazado la promulgación 
del DS 185-78-AA durante los últimos 27 años, por que fue una forma legal de 
expropiación e invasión de nuestros territorios hoy inscrita en los registro 
públicos de Puno y Juliaca como propiedad de Estado refrendado por DS 
001-2000-AG en su modalidad de área protegida como propiedad estatal.
   
  5.-  caprichosa y hábilmente en la parte considerativa del DS 009-2005-AG se 
menciona una serie de normas legales, entre ellos los artículos 14º y 15º del 
Convenio 169 de la OIT bajo la complicidad traidora del señor Tito Callata que 
fuera vicepresidente de FREDERNMAA representando al  Sector Ramis,  personaje 
que ha vendido la conciencia transparente de los hermanos y hermanas de Ramis 
que lucharon y resistieron por mas 27 años. Todos ellos fueron echados a la 
borda a cambio de migajas y prebendas que la historia se encargará de 
juzgarlos. Aquellas históricas fechas de los hombres y mujeres de Ramis que 
expulsaron de sus territorios a los agentes de la Reserva Nacional del Titicaca 
por los ancianos ha quedado enterradas por un solo personaje llamado Tito 
Callata.
   
  6- Para sus propósitos contaron también con aquel agente llamado Marco Ervin 
Jimenez Coa como representante del Instituto Nacional de Pueblos Andínos, 
Amazónicos y Afroperuanos (INDEPA). Personaje a quien le declaramos persona  no 
grata enemigo de los aymara y quechuas quien amparado al PALACIO de GOBIERNO se 
presentó entre nosotros como el buen samaritano –un lobo disfrazado con ropaje 
de oveja-  quien no escatimó hacerse pagar la comida, bebida, transporte y para 
el colmo con maniobras de todo criollo traidor se llevó nuestros documentos  
para al final utilizarlos en contra nuestra.  Esto es INDEPA, plagada de 
mediocres para luego decir que son los salvadores, cómo puede llamarse así 
defensores o jugaron un “ rol importante en la negociación entre el Estado y 
las comunidades residentes en Lago Titicaca” esta es una falacia más grande que 
mismo lago Titicaca cuando actúan/actuaron al margen de otros, la prueba esta 
en: 
  http://www.indepa.gob.pe/index.php?id=82,127,0,0,1,0 .
   
  7- Los funcionarios de carpeta de INRENA, Reserva Nacional del Titicaca 
usaron el estilo colonial a aquel personaje criollo de INDEPA Marco Ervin 
Jimenez Coa para traicionar a nuestros pueblos junto al  Tito Callata de FUCAM 
personaje sin escrúpulos vendió a sus hermanos y hermanas para aprovecharse 
políticamente.  
   
  8.- Pero no solo eso, como símbolo de caudillaje incluyen a OBAAQ, organismo 
fantasma que pulula y vive en Lima gracias al objeto “Indio”, Organización que 
no fue parte de la Comisión Especial Encargada de Evaluar la problemática de 
los pobladores de la Reserva Nacional del Titicaca (RNT) dispuesta por el 
Decreto Supremo Nº. 024-2005-AG.  En cambio, la voz de nuestros representantes 
miembros de la citada comisión no fueron tomadas en cuenta para nada.
   
  9.- Además, en la parte considerativa de referido DS 009-2005-AG sigue 
diciendo que las comunidades fueron consultadas desde Tilali hasta desaguadero. 
Somos conocedores de que estos pueblos se han pronunciado en contra y nunca 
fueron consultados. De forma tal forma que el derecho a ser informado libre, 
previo y de “buena fe” conforme los ordena el artículo 6º y 15º de Convenio 169 
de la OIT nunca fue efectuada.  Mucho menos los involucrados han formado parte, 
peor aún los miembros de la comisión especial conformado por Supremo Nº. 
024-2005-AG. Nunca existió quórum y se existió en las dos primera reuniones en 
Puno, fue para pretender utilizarnos como objetos políticos para sus propósitos 
de confirmar la exclusión y discriminación todo al estilo criollo y colonial.
   
  Por los considerando:
   
  10,- Reiteramos y rechazamos la promulgación del DS 009-2006-AG. Por que  
sólo empodera reconfirmado el DS 185-78-AG, y es más una copia mejorada y 
adornada con palabras demagógicas para engañar mejor a los pueblos originarios. 
Nuestros Pueblos han pedido derogatoria y nos ratificamos en ello. Queremos 
“propiedad de la tierra” y no de posesión y uso como los pretenden, que es 
sinomino de inquilino. 
   
  11. Además de ellos, reiteramos que el contenido del referido DS 009-2006-AG 
es la repetición de DS 185.78-AG adornada con otras palabras  demagógicas 
confirmado el poder de los opresores que dice que las comunidades puede seguir 
viviendo allí, utilizando y cortando totora bajo las ordenes de INRENA y RNT 
–obviamente bajo la atenta mirada del INDEPA-, para los que es necesario pedir 
permiso, registrarse como ordena la LEY según ellos y su DS 009-2005-AG, de 
igual forma la resolución suprema 003-2006-AG merece igualmente nuestro rotundo 
rechazo el derecho la llamada ”documento de movilización”, al igual forma el 
cobro por tholares, plantas medicinales entre otras no han sido alterados, por  
tanto plausibles de cobro.
   
  12.- Pero el dueño sigue siendo el Estado, decir INRENA, RNT  ahora blindados 
por los traidores de INDEPA y de algunos dirigentes de RAMIS y Huancane. Por 
tanto la dación del DS 009-2005-AG es sólo una manipulación política y 
electorera del  INRENA e INDEPA para legitimar su invasión y exclusión de 
nuestros pueblos.
   
  13.- solicitados que la exclusión de nuestros territorios de la Reserva 
Nacional del Titicaca, si otros desean pertenecer a Reserva Nacional que los 
hagan. Nuestras bases quieren propiedad y titulo de propiedad y no el derecho 
uso y posesión. 
   
  14.- mañosa y hábilmente dicen que el PETT se encargará de titular los 
territorios ocupados, pero todo sabemos que PETT es creada por una LEY y no por 
Decreto Supremo de menor jerarquía, los funcionarios del PETT van a decir es 
Área protegida y está inscrita en los registros públicos de Puno y Juliaca. Por 
tanto no procede la titulación. Esta es la verdad, la titulación sólo es 
posible saliendo de la Reserva Nacional del Tititcaca, nada es posible dentro 
de ella.
   
  15.- Nuestros pueblos agrupados en FREDERNMAA, en amparo del derecho 
internacional sostenemos que tenemos derecho a la propiedad y a la soberanía 
permanente sobre nuestras tierras, territorios y recursos naturales, 
especialmente al lugar que actualmente estamos en posesión y que 
tradicionalmente hemos venido usado.  Somos como la paja (ichu) del altiplano 
que se arranca y vuelve a crecer, seguimos y seguiremos siendo dueños de 
nuestras tierras,  territorios y recursos naturales con o sin título de 
propiedad.
   
  --- Viva la resistencia de  27 años a la Reserva Nacional de Titicaca ---
  ---  No al TLC, fuera Reserva Nacional de Titicaca y el INDEPA de Puno ---
   
  Puno, 10 de marzo del 2006 
   
   

                
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