MANIFIESTO DE CONSTITUCIÓN

DEL FRENTE DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA CONTRA EL TLC



"Los grilletes de oro son mucho peores

que los de hierro".-

Mahatma Gandhi (1869-1948)



La Universidad Estatal a Distancia (UNED) es una 
universidad pública costarricense. Esto nos hace 
parte de una tradición universitaria de 
grandísima riqueza ética, espiritual e 
intelectual, a la que han contribuido nombres tan 
ilustres como los de Rodrigo Facio, Carlos Monge 
Alfaro, Emma Gamboa, Isaac Felipe Azofeifa y 
Joaquín Gutiérrez Mangel. Entre las figuras 
emblemáticas de la cultura y el pensamiento en 
Costa Rica, que hoy son portadoras de esa 
insignia universitaria de que somos herederos, 
descuellan María Eugenia Dengo, Hilda Chen Apuy, 
Eugenio Rodríguez y Alberto F. Cañas.



Esta tradición define un compromiso y marca un 
derrotero. La universidad pública en Costa Rica 
es una institución que cultiva el pensamiento 
crítico e independiente y que se compromete a 
profundidad con los valores de democracia, 
justicia social, participación ciudadana y 
libertad, que constituyen la base más positiva y 
avanzada de la nacionalidad costarricense y la 
más sentida aspiración en el alma de nuestro 
pueblo.



La riqueza de esta tradición universitaria ha 
quedado claramente plasmada en la normativa 
fundamental en que se asienta el funcionamiento 
de nuestra institución. En nuestras Misión y 
Visión Unedianas, asumimos compromisos explícitos 
con la más amplia democratización de la educación 
y el conocimiento, los valores de justicia, 
democracia, respeto, medio ambiente, género y 
diversidad cultural, y nos proponemos ser actores 
protagónicos en el desarrollo de nuestra sociedad 
y nuestro pueblo.



Desde esa tradición universitaria que nos infunde 
orgullo y coraje, en ejercicio de los derechos 
constitucionalmente consagrados (artículos 28 y 
29) y, a la vez, en cumplimiento de nuestra 
responsabilidad como ciudadanos y ciudadanas, 
queremos hacer pública nuestra oposición frente 
al Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos 
(TLC), por las siguientes razones:



1)      Este TLC constituye un acuerdo bilateral 
entre la primera potencia económica, política y 
militar del planeta y países pequeños, pobres y 
poco desarrollados. Además, es un acuerdo que se 
diseña exclusivamente con base en criterios 
mercantiles, ajeno por completo a cualquier 
consideración de justicia, equidad o democracia. 
Teniendo en cuenta lo anterior, el TLC implica, 
ya desde su misma concepción, una combinación 
sumamente peligrosa: por un lado, la asimetría 
radical entre los países signatarios y, por otro, 
la total primacía de lo económico-mercantil.

2)      Esas dos realidades fundamentales quedan 
recogidas en los contenidos del Tratado de una 
forma contundente. Es un acuerdo enteramente 
sesgado a favor de los intereses de Estados 
Unidos. Pero no los intereses de su pueblo sino 
los de las grandes empresas transnacionales. 
Además, es un Tratado que subordina toda 
consideración de desarrollo sobre bases de 
equidad, sostenibilidad ambiental y democracia, a 
la primacía de tales intereses económicos 
corporativos.





3)      Lo anterior podría ser demostrado con 
base en múltiples datos. Señalemos, para empezar, 
el abusivo régimen que se crea a favor de los 
inversores extranjeros. Este constituye una 
especie de sistema jurídico aparte, que 
permitiría a las compañías transnacionales 
estadounidenses demandar al Estado costarricense 
ante tribunales de arbitraje internacional, cuyo 
estatuto es privado y los cuales no tienen 
ninguna obligación de considerar las leyes 
costarricenses. Además, este capítulo incorpora 
la noción de "expropiación indirecta" como 
posible justificación para tales demandas. Este 
es un concepto jurídicamente impreciso que, en la 
experiencia práctica de otros tratados similares, 
ha dado lugar a múltiples arbitrariedades. Se 
ratifica así, con especial crudeza, la forma como 
el Tratado menoscaba el orden jurídico de Costa 
Rica y debilita las capacidades soberanas para la 
formulación y aplicación de las políticas 
públicas.

4)      En atención a los criterios estrictamente 
mercantiles que le sirven de base, el Tratado 
obliga a que el Estado costarricense conceda a 
los inversores extranjeros el mismo trato que ha 
de dar a las empresas nacionales. Un mínimo 
criterio de justicia permite entender la 
inconveniencia de ese tipo de obligaciones ya 
que, sin duda, la mejor forma de propiciar la 
injusticia es tratando igual a los desiguales. Lo 
cierto es que para promover el desarrollo de 
nuestro país, y hacerlo por vías que propicien la 
participación y la equidad, han de establecerse 
estímulos diferenciados, tomando en cuenta 
criterios apropiados. Por ejemplo: tamaño de las 
empresas; ubicación geográfica de estas; su 
capacidad para generar empleos, democratizar la 
propiedad, innovar tecnologías o proteger el 
ambiente. También deben tenerse en cuenta 
criterios de género, de cultura o de apoyo a 
minorías. Nada de esto es posible con este TLC, 
lo que, además, contradice flagrantemente 
experiencias históricas de desarrollo capitalista 
exitoso. Incluso Estados Unidos, en sus etapas 
iniciales de desarrollo, estableció políticas 
selectivas con base en las cuales incentivó su 
avance económico. De forma similar han procedido, 
hace muy pocos años, Japón o Corea del Sur, como 
también China, en el momento actual. Para nuestro 
país esto resultaría prácticamente imposible, ya 
que entonces entraríamos en contradicción con el 
Tratado, que, en virtud de nuestro ordenamiento 
constitucional, posee un estatus jurídicamente 
superior al de nuestras leyes.

5)      Paradójicamente, según quedó expresamente 
enunciado en la Ley de Implementación aprobada 
por el Congreso de los Estados Unidos, para este 
país el TLC tan solo posee la calidad de un 
agreement (acuerdo), no la de un treaty 
(tratado). Esto implica que es jurídicamente 
inferior a cualquier ley estadounidense, sea de 
nivel federal o estatal. Y para que no queden 
dudas al respecto, esa misma Ley de 
Implementación deja explícitamente enunciado que 
tal es la jerarquía jurídica que el Congreso 
estadounidense le reconoce y concede a este 
agreement. Con ello se viene a ratificar, una vez 
más, la tremenda asimetría de las condiciones 
bajo las cuales regiría este Tratado, 
incomparablemente más exigentes y restrictivas 
para nuestro pequeño país que para la 
superpotencia.

6)      El Tratado tan solo incorpora una 
protección débil y parcial a favor de los 
servicios públicos de educación, salud y 
acueductos. En estos casos, y en relación con 
otros servicios sociales importantes, sigue 
vigente, entre otras, una de las normas más 
preocupantes: aquella,   mencionada en el punto 3 
de este manifiesto, que permite demandar al 
Estado costarricense ante tribunales de arbitraje 
internacional. Esto constituye un preocupante 
elemento de presión a la hora de formular 
políticas públicas relativas a tales servicios, 
lo que sin duda limitará los espacios de maniobra 
de que disponga el Estado costarricense. Pero, 
además, el Tratado establece un régimen de 
irrestricta liberalización en relación con la 
oferta privada de tales servicios. Ello provoca, 
sin control posible, que se agudicen varias 
tendencias problemáticas que ya estamos 
presenciando: el desarrollo de servicios privados 
de elite de altísimo costo, la proliferación 
desordenada de ofertas privadas y el 
desmantelamiento de los servicios públicos. En el 
caso del agua, además, se desregula por completo 
su comercio en forma envasada, incluyendo su 
exportación, lo que pone en grave peligro la 
disponibilidad futura de este elemento esencial 
para la vida.



7)      El Tratado liberaliza la importación de 
la mayoría de los productos agrícolas 
alimenticios, y lo hace a pesar de la enorme 
desventaja que representa para nuestros 
productores, en virtud del masivo subsidio que 
sus contrapartes estadounidenses reciben de su 
gobierno. Esto implica la segura desaparición de 
nuestra agricultura de producción de alimentos 
para el mercado nacional, la ruina, por lo tanto, 
de quienes la producen. Pero, además, nos hará 
definitivamente dependientes de la importación de 
alimentos, con todas las consecuencias que esto 
tendrá para la soberanía política de nuestra 
nación.

8)      La apertura-privatización de las 
telecomunicaciones crean las condiciones que a 
futuro destruirán el exitoso modelo solidario del 
ICE. No se propiciará la competencia por la 
sencilla razón de que las telecomunicaciones 
constituyen, por sus condiciones tecnológicas y 
de inversión, un monopolio natural. Únicamente se 
sustituirá un monopolio público construido sobre 
bases de solidaridad, por uno privado que tan 
solo atiende a criterios de ganancia, hecho que 
inevitablemente impactará sobre las tarifas, hoy 
día entre las más bajas del mundo. En el caso de 
los seguros, se propiciará que grandes masas de 
capitales, que deberíamos aprovechar a favor de 
nuestro desarrollo, fluyan hacia fuera del país 
como ganancias de aseguradoras extranjeras.

9)      Este TLC no introduce ninguna mejora 
significativa en las condiciones de acceso al 
mercado estadounidense, en comparación con las 
actualmente existentes. Tampoco propicia ninguna 
modificación que pueda favorecer la atracción de 
más inversión extranjera, ya que esto sobre todo 
depende de aspectos como la estabilidad social y 
política, la calificación de la mano de obra y la 
disponibilidad de adecuada infraestructura. Por 
lo tanto, nada en el TLC permite creer que este 
vaya a generar en el   corto plazo más empleo. 
Como sus efectos en el mediano y largo plazos 
serán los de un ahondamiento de las desigualdades 
sociales, es muy posible que este Tratado 
contribuya a deteriorar aún más las condiciones 
de estabilidad social y deslegitimación del 
sistema político, lo que resulta un desestímulo 
para la inversión privada. Además este Tratado 
limita la posibilidad de desarrollar políticas de 
promoción del desarrollo que estimulen la 
generación de empleo abundante y de calidad. En 
todo caso, hay que recordar que el país ha 
seguido una estrategia que enfatiza la inversión 
extranjera por sobre la nacional, con el 
agravante de que la primera se mueve entre dos 
extremos: o genera muchos empleos de muy baja 
calidad (las maquilas textiles, por ejemplo), o 
genera empleos de alta calidad pero en cuantía 
ínfima, por comparación con las necesidades 
nacionales (por ejemplo, Intel). En vista de los 
problemas de empleo que sufre Costa Rica, ninguna 
de estas dos opciones resulta deseable, con el 
agravante de que bajo las condiciones del TLC es 
improbable, sino imposible, que tales 
características del modelo de desarrollo vigente 
puedan corregirse .

10)  Las regulaciones en materia de propiedad 
intelectual tiene n múltiples y muy preocupantes 
repercusiones. Primero, en lo que respecta a 
medicinas y agroquímicos, claramente puede 
observarse que están diseñadas en función de los 
intereses de las respectivas corporaciones 
transnacionales. No solo se amplía, de forma 
subrepticia , pero muy efectiva, el plazo de las 
patentes (que llegarán hasta 25 años o más), sino 
que se impide, hasta por 10 años, el acceso a los 
"datos de prueba" o "información no divulgada", 
en relación con la cual se impone, además, una 
forma de protección excesivamente amplia en sus 
alcances. Esto inevitablemente afectará la 
disponibilidad de productos genéricos, tanto 
fármacos como agroquímicos, lo que elevará 
sustancialmente los precios. Así, se dañarán 
gravemente las finanzas de la Caja Costarricense 
del Seguro Social y, por esa vía, la salud de 
nuestro pueblo. Y, además, se hará más férreo el 
decreto de muerte contra nuestra agricultura.

11)  Como universitarios y universitarias, nos 
preocupan, además, las consecuencias que estas 
regulaciones sobre propiedad intelectual tendrán 
para la educación y el avance 
científico-tecnológico de nuestro país. Esa 
normativa simplemente dificulta y hace 
extremadamente oneroso   el  acceso  al  nuevo 
conocimiento.   Esto sin duda conviene a los 
países muy desarro-



llados, como Estados Unidos, que son los 
principales centros de generación de ciencia   y 
tecnología, pero constituye un obstáculo tremendo 
para nuestro desarrollo. La historia demuestra 
-por ejemplo, en el caso de Japón o Corea y, en 
la actualidad, el de China- que la flexibilidad 
para importar, copiar y adaptar tecnologías es 
requisito importantísimo en los procesos de 
desarrollo. Sabemos muy bien que las experiencias 
de tales países no pueden ser trasladadas a Costa 
Rica, ya que se trata de condiciones históricas y 
momentos distintos, como también es verdad que 
son casos históricos que registran muchos 
elementos contradictorios y problemáticos, por 
ejemplo, en el caso de China, los tremendos 
costos ambientales de su actual desarrollo. Sin 
embargo, debemos resaltar que la modernización de 
sus economías habría resultado mucho más difícil, 
quizá imposible, de haber estado sujetas a 
exigencias como las contenidas en este TLC, 
incluidas las aquí mencionadas sobre propiedad 
intelectual.

12)  Además, debemos tomar en cuenta que estas 
normativas sobre propiedad intelectual propician 
algo éticamente inaceptable: la apropiación 
privada de la vida. Ello incluye nuestra 
biodiversidad, que, por medio de la 
liberalización de los servicios de 
bioprospección, queda abierta a la explotación 
comercial por parte de las corporaciones 
transnacionales.

13)  En materia ambiental y laboral, el Tratado 
es omiso, ya que deja por fuera partes esenciales 
de nuestra legislación interna, y, además, y en 
virtud de ese carácter parcial, propicia que los 
estándares laborales y ambientales sean empujados 
hacia abajo, como instrumento para propiciar la 
competitividad comercial.

14)  El TLC no aporta ninguna mejora 
significativa en materia de acceso al mercado 
estadounidense. En cambio, abre 
indiscriminadamente nuestro mercado nacional a 
las importaciones provenientes de ese país, 
incluso las de su agricultura altamente 
subsidiada. Por lo demás, como se ha demostrado 
de forma contundente, la no aprobación de este 
Tratado no representa riesgo alguno desde el 
punto de vista del acceso de nuestras 
exportaciones al mercado estadounidense. En el 
marco de la Iniciativa de la Cuenca del Caribe, 
seguiremos gozando de las mismas condiciones de 
acceso que tenemos hoy día. Tal es una discusión 
por completo innecesaria ya que se basa en 
supuestos que han sido deliberadamente 
retorcidos. En cambio, al país le conviene entrar 
en un proceso de redefinición de sus nexos 
internacionales. Debemos mantener con Estados 
Unidos una relación cordial y de mutuo respeto, 
mientras trabajamos seriamente por diversificar 
relaciones comerciales y económicas, creando 
nuevas formas de integración y cooperación con 
países de todo el mundo y, en especial, con los 
de América Latina.



El anterior es apenas un listado parcial de los 
múltiples aspectos problemáticos que deben ser 
tenidos en cuenta en relación con este Tratado, y 
que desaconsejan muy seriamente su aprobación.



Por lo tanto, y con plena convicción de lo que 
decimos, formulamos un llamado vehemente a la 
Asamblea Legislativa de Costa Rica para que NO 
ratifique este Tratado y convocamos a los 
ciudadanos y las ciudadanas costarricenses a 
hacer manifiesto su desacuerdo y exigir de sus 
representantes en la Asamblea Legislativa el voto 
contra este TLC.



Este es un momento histórico decisivo. Mucho de 
la patria que se heredará a las generaciones 
futuras está en juego. Es un deber patriótico 
manifestarnos y un derecho ciudadano exigir que 
se nos escuche.







UNED, Mercedes de Montes de Oca, 6 de febrero de 2007

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