*Exoneraciones para promover ahorro * *y uso eficiente de la energía* * * *Aprobado proyecto de ley del Frente Amplio* * *
La Asamblea Legislativa aprobó la Ley para incentivar el desarrollo y la utilización sostenible de fuentes renovables de energía, iniciativa del Diputado José Merino del Río, del Partido Frente Amplio. El objetivo de la Ley es revertir el grave error cometido por la Asamblea Legislativa durante la aprobación de la Ley de simplificación y eficiencia tributarias, que en su artículo 17, inciso j), derogó la exención del pago del impuesto de ventas para equipos y materiales que promuevan el ahorro y el uso eficiente de la energía y el desarrollo de fuentes de energía renovables. A partir de dicha derogatoria la adquisición de los equipos mencionados pasó a estar gravada con el impuesto de ventas, lo que, sin duda alguna, dificultó una mayor utilización de los mismos y, como consecuencia, retardó la difusión de fuentes renovables de energía en el país. La modificación aprobada al artículo 38 de la Ley N.º 7447, reestablece la exención del pago del impuesto de ventas que fue derogada por la Ley N.º 8114, para la adquisición de materiales y equipos que promuevan el ahorro y el uso eficiente de la energía y el desarrollo de fuentes energéticas renovables. Asimismo, se establece que el Ministerio de Ambiente y Energía y el Ministerio de Hacienda estarán facultados para modificar, de común acuerdo y con base en estudios técnicos, la lista de equipos exonerados a fin de adaptar este incentivo al constante avance del conocimiento científico y tecnológico. Como parte de tales modificaciones, se contempla la posibilidad de incluir otros bienes que cumplan con los objetivos perseguidos mediante dicha medida. Entre los productos, tanto nacionales como importados, que se eximen de impuestos se encuentran: los calentadores solares de agua para todo uso, los tanques de almacenamiento de agua para sistemas de calentamiento solar del tipo termosifón, los paneles de generación eléctrica fotovoltaica, de cualquier capacidad, los sistemas de control para paneles fotovoltaicos, generadores eólicos e hidroeléctricos de corriente directa, y los convertidores estáticos de corriente directa en alterna para sistemas fotovoltaicos, eólicos y generadores hidroeléctricos de corriente directa, luminarias fluorescentes y halógenos eficientes, y generadores eólicos e hidroeléctricos para uso no relacionado con la generación privada de electricidad. -- Visite: http://www.frenteamplio.org http://www.twitter.com/FrenteAmplio
