*DETECTADOS NUEVOS VICIOS EN EL “PROYECTO DE MARINAS”*

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*FRENTE AMPLIO Y OTRAS FRACCIONES PRESENTARON POR TERCERA VEZ LA CONSULTA
FACULTATIVA A LA SALA CONSTITUCIONAL*

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Por tercera ocasión, se consulta a la Sala IV sobre la constitucionalidad
del proyecto de Ley de Simplificación de Trámites para la Instalación de
Marinas y Atracaderos Turísticos, conocida como el Proyecto de Marinas.



El proyecto de ley pretende facilitar la instalación de marinas y
atracaderos turísticos en el país, mediante el que han pretendido
insistentemente evadir los controles ambientales, en detrimento del derecho
de todos los habitantes, consagrado en el artículo 50 de la Constitución
Política.



El pasado lunes 31 de mayo, el Plenario aprobó en primer debate un nuevo
texto propuesto por la Comisión de Consultas de Constitucionalidad, que de
manera engañosa, sin mediar una propuesta explícita, se excedió en sus
funciones he hizo modificaciones al texto, sin ninguna relación con las
inconstitucionalidades advertidas por la Sala Constitucional.



Dicha Comisión eliminó el último párrafo del artículo 9 bis, disposición que
establecía el plazo de un año al concesionario para iniciar la construcción
de las obras, de lo contrario, la municipalidad podría iniciar el proceso de
cancelación de la concesión.



La mutilación, genera que un vez que el particular solicita una concesión y
ésta se le concede, no importará si desarrolla o no el proyecto, ni el
tiempo que tarde para iniciarlo, la concesión está dada y el particular es
el titular de ella, dándole un plazo indefinido a los especuladores, y en
detrimento de los intereses de la colectividad, que verán restringido su
acceso.



Para el diputado José María Villalta del Frente Amplio, *“una vez más, se
legisla para beneficiar a los desarrolladores privados en detrimento de los
intereses de la colectividad, las concesiones para marinas turísticas
implican la utilización de la zona marítimo terrestre, implica una
limitación a la población para disfrutar de un bien que es de dominio
público, en beneficio de intereses particulares”.*


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