Monarkia parlamentarioaren egun honetan, erregetzaren existentzia demokratikoa datorkit gogora.

Jakizue, demokraziaren sinonimotzat erabiltzen den Konstituzioaren arabera Juankar ez dela bere ekintzen erantzule. Hau jakitun, beharbada motz gelditu zen Chavezen aurrean; bere jardunaren erantzule, Koldo Joseba Zapatari eta beharbada, katean beherantz etorrita, gu geu ere izango gara eta (demokratak garelako). Gogoratzekoak hurrengo artikuluak:


*Artículo 56.*

1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado Español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las Leyes.

2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona.

3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64 <http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t2.html#a64>, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65,2 <http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t2.html#a65>.


*Artículo 62.*

Corresponde al Rey:

  1.

     Sancionar y promulgar las Leyes.

  2.

     Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en
     los términos previstos en la Constitución.

  3.

     Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.

  4.

     Proponer el candidato a Presidente del Gobierno, y en su caso,
     nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos
     previstos en la Constitución.

  5.

     Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su
     Presidente.

  6.

     Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros,
     conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y
     distinciones con arreglo a las Leyes.

  7.

     Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos
     efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime
     oportuno, a petición del Presidente de Gobierno.

  8.

     El mando supremo de las Fuerzas Armadas.

  9.

     Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la Ley, que no podrá
     autorizar indultos generales.

 10.

     El Alto Patronazgo de las Reales Academias.

*
Artículo 64.*

1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99 <http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t4.html#a99>, serán refrendados por el Presidente del Congreso.

2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.


*Artículo 65.*

1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su familia y Casa, y distribuye libremente la misma.

2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.


Eta orain....LANERA!!!!!!!!!!!!

Jai egiten duzuenoi...ONDO PASAU!


Asier Arregi


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