Monarkia parlamentarioaren egun honetan, erregetzaren existentzia
demokratikoa datorkit gogora.
Jakizue, demokraziaren sinonimotzat erabiltzen den Konstituzioaren
arabera Juankar ez dela bere ekintzen erantzule. Hau jakitun, beharbada
motz gelditu zen Chavezen aurrean; bere jardunaren erantzule, Koldo
Joseba Zapatari eta beharbada, katean beherantz etorrita, gu geu ere
izango gara eta (demokratak garelako). Gogoratzekoak hurrengo artikuluak:
*Artículo 56.*
1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia,
arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume
la más alta representación del Estado Español en las relaciones
internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad
histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la
Constitución y las Leyes.
2. Su título es el de Rey de España y podrá utilizar los demás que
correspondan a la Corona.
3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad.
Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el
artículo 64
<http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t2.html#a64>,
careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el
artículo 65,2
<http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t2.html#a65>.
*Artículo 62.*
Corresponde al Rey:
1.
Sancionar y promulgar las Leyes.
2.
Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones en
los términos previstos en la Constitución.
3.
Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.
4.
Proponer el candidato a Presidente del Gobierno, y en su caso,
nombrarlo, así como poner fin a sus funciones en los términos
previstos en la Constitución.
5.
Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su
Presidente.
6.
Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros,
conferir los empleos civiles y militares y conceder honores y
distinciones con arreglo a las Leyes.
7.
Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos
efectos, las sesiones del Consejo de Ministros, cuando lo estime
oportuno, a petición del Presidente de Gobierno.
8.
El mando supremo de las Fuerzas Armadas.
9.
Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la Ley, que no podrá
autorizar indultos generales.
10.
El Alto Patronazgo de las Reales Academias.
*
Artículo 64.*
1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y,
en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el
nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el
artículo 99
<http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/constitucion.t4.html#a99>,
serán refrendados por el Presidente del Congreso.
2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.
*Artículo 65.*
1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para
el sostenimiento de su familia y Casa, y distribuye libremente la misma.
2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares
de su Casa.
Eta orain....LANERA!!!!!!!!!!!!
Jai egiten duzuenoi...ONDO PASAU!
Asier Arregi
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