Es más, el juez considera que *el sistema de 'links' o enlaces no
supone ni distribución, ni reproducción, ni comunicación pública* de
las obras protegidas, ya que lo único que creó el autor del sitio
demandado es un mero índice que facilita la búsqueda en redes de
intercambio de archivos.
"En sentido amplio", dice el juez, "*el sistema de enlaces constituye
la base misma de Internet* y multitud de páginas y buscadores (como
Google) permiten técnicamente hacer aquello que precisamente se
pretende prohibir en este procedimiento, que es enlazar a las llamadas
redes P2P".
Además, el titular "no percibe cantidad alguna directa o
indirectamente relacionada con el servicio que ofrece", ya que *el
sitio web era abierto a todos, gratuito y no tiene publicidad*. En
suma, *no hay ánimo de lucro, ni directo ni indirecto*.
El P2P es legal
Pero es que el juez va mucho más allá, al afirmar que *"las redes P2P,
como meras redes de transmisión de datos entre particulares usuarios
de Internet, no vulneran derecho alguno protegido por la Ley de
Propiedad Intelectual"*.
http://www.elmundo.es/elmundo/2010/03/13/navegante/1268472778.html
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