Mientras tanto un juez de Barcelona considera que el P2P en sí no vulnera la Ley de Propiedad Intelectual. La novedad es, según el abogado Carlos Sánchez-Almeida, que este decisorio no se refiere a los enlaces, sino a la actividad misma del intercambio de archivos. "Es la primera vez que se dice claramente que el P2P en sí mismo no vulnera derecho alguno", comentó el letrado.
http://www.internautas.org/html/5638.html Y luego se quejan las corporaciones de que en Argentina no hay seguridad jurídica. ¡¡En el mundo no hay seguridad jurídica!! Y las corporaciones tienen mucho que ver en ello. _____________ De Sarkozy se puede esperarlo todo (lo peor). La cuestión es como se plante el Parlamento Europeo, que también se inclina a donde sopla el viento... -- MARÍA ELENA CASAÑAS Buenos Aires - Argentina [email protected] [email protected] www.casanas.com.ar www.casañas.com.ar _______________________________________________ Para ver los mensajes anteriores: http://news.gmane.org/gmane.linux.edu.gleducar Para enviar mensajes: [email protected] Para desuscribirse o cambiar opciones: http://gleducar.org.ar/cgi-bin/mailman/listinfo/gleducar
