Mientras tanto un juez de Barcelona considera que el P2P en sí no
vulnera la Ley de Propiedad Intelectual. La novedad es, según el
abogado Carlos Sánchez-Almeida, que este decisorio no se refiere a los
enlaces, sino a la actividad misma del intercambio de archivos. "Es la
primera vez que se dice claramente que el P2P en sí mismo no vulnera
derecho alguno", comentó el letrado.

http://www.internautas.org/html/5638.html

Y luego se quejan las corporaciones de que en Argentina no hay
seguridad jurídica. ¡¡En el mundo no hay seguridad jurídica!! Y las
corporaciones tienen mucho que ver en ello.
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De Sarkozy se puede esperarlo todo (lo peor). La cuestión es como se
plante el Parlamento Europeo, que también se inclina a donde sopla el
viento...

-- 
MARÍA ELENA CASAÑAS
Buenos Aires - Argentina

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