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El Supremo rechaza que los padres puedan escoger el idioma en el que
estudian sus hijos

- El fallo considera "absurdo" permitir la libre elección en la
enseñanza, ya que abriría la puerta a que todos pudiesen "reivindicar
una instrucción impartida en cualquier idioma en cualquiera de los
territorios"


El Tribunal Supremo rechaza que los padres puedan elegir el idioma en
el que estudian sus hijos. Éste es uno de los argumentos que utiliza
este órgano judicial para no admitir el recurso interpuesto por el
padre de un alumno del colegio Los Sauces de Vigo que exigía que su
hijo recibiese las clases íntegramente en castellano. El juez alega
que reconocer a "toda persona dependiente de la jurisdicción de un
Estado el derecho a ser instruido en la lengua de su elección
conduciría a resultados absurdos, ya que todos podrían reivindicar así
una instrucción impartida en cualquier lengua, en cualquiera de los
territorios".

Este fallo judicial echa por tierra la demanda de algunos padres que
reivindican la libertad de elección del idioma en los centros, justo
en un momento en el que la Consellería de Educación se encuentra
además ultimando el borrador del nuevo decreto que regulará el uso del
gallego y el castellano en la enseñanza. La posibilidad de que las
familias pudiesen elegir el idioma en el que estudian sus hijos estuvo
en un principio entre las alternativas que barajó la Xunta cuando
decidió anular el decreto del Gobierno bipartito que fija que se deben
impartir en gallego al menos el 50 por ciento de las clases.
Para dar libertad de elección, sin embargo, habría que segregar a los
alumnos por lengua. Aunque la Consellería de Educación admitió en un
primer momento que esta opción estaba "sobre la mesa de trabajo", más
tarde se descartó al plantearse dudas legales al respecto.

Aún así desde el colectivo Galicia Bilingüe se sigue reivindicando que
se permita elegir a los padres el idioma de la enseñanza de sus hijos
y reclaman a la Xunta que cumpla sus compromisos electorales. En su
programa para las elecciones de marzo, el PP prometía "un bilingüismo
integrador basado en el conocimiento de ambas lenguas y en el derecho
de la libre opción lingüística". Precisamente para intentar ser fieles
a esta promesa la Consellería de Educación realizó una encuesta entre
los padres para preguntarles en qué lengua querían que estudiaran sus
hijos.

Para el Tribunal Supremo, sin embargo, en un sentencia emitida el 21
de octubre de 2009, ni la Constitución ni la Declaración Universal de
los Derechos del Hombre "garantizan a los padres el derecho de elegir
la lengua que regirá el proceso educativo de sus hijos".

Por esta razón declara la "inadmisibilidad" del recurso de casación
interpuesto por un padre de Vigo en contra de una sentencia dictada
por el Tribunal Superior de Xustiza de noviembre de 2007 en la que ya
se denegaba al demandante que su hijo recibiese las clases
íntegramente en castellano.

Proceso

El padre de este alumno de Los Sauces de Vigo recurrió primero a la
Consellería de Educación. El departamento dirigido en aquel entonces
por la socialista Laura Sánchez Piñón denegó, en un escrito remitido
el 30 de mayo de 2007, la solicitud de que este niño recibiera todas
las clases en castellano. Fue entonces cuando el padre optó por la vía
judicial.

El abogado del demandante utiliza como argumento el artículo 26 de la
Declaración de los Derechos Humanos que dice que "los padres tendrán
derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a
sus hijos". Sin embargo, la respuesta del Supremo es tajante: "tal
precepto no autoriza el diseño del currículo educativo de los hijos a
conveniencia de los padres".

La otra baza jurídica esgrimida por el padre del menor de Vigo es el
artículo 27 de la Constitución Española que reconoce la libertad de
enseñanza. El Supremo, sin embargo, cita al Tribunal Europeo de
Derechos Humanos para alegar que ese punto "no tiene por efecto
garantizar a los hijos o a sus padres el derecho a una instrucción
impartida en la lengua de su elección".

Por lo tanto, el Tribunal Supremo no admite el recurso presentado y
obliga al demandante además a pagar las costas cifradas en 600 euros.

Font: 
<http://www.farodevigo.es/galicia/2009/11/17/supremo-rechaza-padres-puedan-escoger-idioma-estudian-hijos/387123.html>


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El fallo niega que en el sistema educativo de Galicia se "discrimine"
al castellano


No existe "discriminación por razón de lengua" en el sistema educativo
gallego,según el fallo judicial. Uno de los argumentos esgrimidos por
el padre vigués ante el Tribunal Supremo es el derecho constitucional
de "usar el castellano". Sin embargo, la sentencia dictada el pasado
mes de octubre alega que sólo se infringiría la Constitución si un
sistema de enseñanza "hiciera inviable la obligación de conocer el
castellano". En este sentido, el Supremo recuerda que además de la
Constitución hay que respetar los Estatutos de Autonomía y recuerda
que"la enseñanza de la lengua en la comunidad autónoma" es competencia
de la Xunta. La sentencia cita así la Ley de Normalización Lingüística
que asegura que "la lengua gallega es materia de enseñanza obligatoria
en todos los niveles de estudio no universitarios". Según el
Supremo,"al coexistir dos lenguas en la comunidad autónoma exige su
conjunto tratamiento y exigencia"."La discriminación se produciría
precisamente en el caso de que la Administración autorizase lo
pretendido por el demandante, en el sentido de permitir que, a
criterio del peticionario, se pudiera cursar un determinado tipo de
estudio con olvido o marginación de una de las lenguas concurrentes",
afirma el magistrado Enrique Cancer, responsable del fallo judicial.


Font: 
<http://www.farodevigo.es/galicia/2009/11/17/fallo-niega-sistema-educativo-galicia-quotdiscriminequot-castellano/387165.html>



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