Kaixo!

El año pasado hice una
consulta<http://list.ehu.es/pipermail/itsas/2008-May/000950.html>sobre
cómo licenciar los PFC a partir de una conversación que tuve en la
Moodlemoot Euskadi 08 organizada por la Universidad de Mondragón y aclaramos
hasta qué punto tenía un alumno libertad de poner la licencia que quisiera
en función de las circunstancias en que hubiera desarrollado el proyecto
(autoría compartida, uso de recursos, colaboración con algún departamento,
etc.). Sin embargo, ayer estuve viendo el vídeo de la
charla<http://cvb.ehu.es/ocw/hitzaldiak/jabetza_intelektuala/kareta.htm>que
impartió Txopi en el marco del proyecto OpenCourseWare, más
concretamente en el ciclo de "Conferencias sobre Conocimiento
Libre<http://cvb.ehu.es/conferencias_ocw.htm>",
y me surgieron ciertas dudas en lo que a los trabajitos se refiere. Con
trabajitos me refiero a las memorias de prácticas, pequeños ejercicios a ser
entregados como informe,  proyectos desarrollados en una asignatura en
concreto, etc. Sé que aquí la mayoría no somos abogados, pero supongo que
habrá tanto profesores como alumnos con experiencia y creo que, siendo
simples las dudas, podrían solventarse.

Antes de nada he de aclarar que yo suelo licenciar mis trabajos con
CC-by-sa. Hay algunos trabajos, por ejemplo la resolución de un ejercicio
planteado por un profesor, en que todo el material contenido en el informe
es de creación propia -tanto el texto en sí como los diagramas e
ilustraciones-. En este caso, supongo que no necesito permiso de ningún
tipo, pues no hago uso de los recursos de la universidad debido a que lo
desarrollo en mi casa, en mi tiempo y con mis recursos. Sin embargo, es
cierto que lo estoy creando como fruto de actividades académicas y para
obtener una parte de la nota, luego no sé hasta qué punto eso que estoy
haciendo se puede tomar como el trabajo que una persona lleva a cabo dentro
de la universidad.

Por otra parte, como segundo supuesto, en algunos trabajos hago uso de
diagramas o circuitos cuya autoría corresponde al profesor y se encuentran,
en principio, bajo copyright. Pese a no tener permiso por escrito para
hacerlo, indico explícitamente en las atribuciones a quién corresponden los
derechos de ese contenido en concreto, y es así como presento mi memoria.
Por lo que el profesor tiene constancia del uso que estoy haciendo de ello,
y hasta ahora no me han puesto ninguna pega. Estoy practicando, en cierta
manera, un anti-copyright consentido. Del mismo modo, si preparo alguna
presentación para dar una charla sin que el profesor tenga constancia de
ello, pido permiso con anterioridad para usar su material y acuerdo cómo
reconocer su autoría. Lo que no sé es hasta qué punto es compatible mi
licencia con la de ese contenido que incluyo. Me explico: si yo realizo un
desarrollo completo sobre el análisis de un circuito -estudio electrónica- y
parto de un circuito creado por un profesor, ¿la persona que encuentre mi
trabajo hasta dónde puede usarlo tan libremente como yo quería?. Yo le estoy
dando la libertad de distribuirlo, modificarlo, etc. pero no puedo hacer lo
mismo con esas imágenes en concreto. ¿La persona que distribuya mi trabajo
está infringiendo el copyright? Yo tengo permiso para hacerlo, pero ¿es
extensible?

Por último, y relacionada con el caso anterior, está la utilización de
imágenes con CC-by-sa y CC-by-nc-sa en un mismo trabajo. ¿Cómo puedo
distribuir yo eso? las dos tienen la cláusula "sa", pero claro, son
licencias diferentes. Si yo utilizo CC-by-sa me estoy cargando el "nc" de la
segunda. Y al revés sucede si utilizo CC-by-nc-sa. ¿Hay alguna forma de
hacerlo? Si yo no hago un uso comercial de las obras, en principio puedo
usar las dos imágenes, y distribuirlas a mi antojo. Normalmente lo que hago
es indicar en las atribuciones de dónde las he extraído y cuál es la
licencia que sus autores han decidido utilizar. Pero estamos en el mismo
caso que con las imágenes con copyright. Es eso suficiente para que una
persona pueda distribuir mi trabajo y hacer un uso comercial de él, por
ejemplo, a pesar de que estén contenidas imágenes con la cláusula "nc". ¿Es
tan simple como que la persona que quiera hacer un uso comercial sustituya
esas imágenes por otras que sí lo permitan?

Creo que esto es suficiente chapa por hoy. Os agradezco de antemano el
tiempo que dediquéis a la lectura y la luz que podáis aportar.

Aio!
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