Saludos a todos,

En respuesta a tendencias y casos puntuales registrados en los últimos
meses incluyendo episodios en fechas recientes la Coordinación del
PLUG cumple con comunicar que las reglas de la lista han sido
revisadas y actualizadas:

http://www.linux.org.pe/listas/reglas.php

Los cambios se encuentran en los puntos 5 y 6:

== INICIO ==

05. Son aceptados como mensajes fuera de tópico exclusivamente
aquellos que se encuentren dentro de los siguientes grupos:

a. Consultas sobre otros temas relacionados con la informática y las
telecomunicaciones, pero que obviamente tengan relación con Linux.

b. Ofertas de trabajo que soliciten profesionales informáticos y/o de
cualquier otra especialidad para cubrir puestos que requieren
conocimientos y familiaridad con Linux y/o software libre/opensource
siempre y cuando se ajusten a las normas laborales vigentes.

c. Ofertas de productos y servicios relacionados con Linux y/o
software libre/opensource previa autorización expresa de la
Coordinación del PLUG.

d. Anuncios de eventos del tipo de charlas, congresos, seminarios,
conferencias, talleres y similares relacionados a Linux o y/o software
libre/opensource que se ofrezcan gratuitamente al público en general.

06. Todo mensaje deberá tener un propósito dentro de la temática de la
lista y los temas fuera de tópico mencionados. Quedan prohibidos de
manera explícita los siguientes tipos de mensajes:

a. Mensajes de prueba a la lista incluyendo respuestas en púlico a
dichos menajes. Si el participante desea estar seguro de que sus
mensajes llegan a la lista deberá esperar una oportunidad legítima de
enviar una consulta ó participar respondiendo a un tema ya planteado.
b. Mensajes que soliciten u ofrezcan información acerca de cracks o
serial keys de productos comerciales sean de la plataforma Linux o
cualquier otra.
c. Mensajes que incluyan información confidencial de terceras personas
naturales y/o jurídicas cuando el remitente no cuenta con autorización
expresa para compartirla en público.
d. Mensajes de respuesta a ofertas laborales. Cualquier consulta o
comentario a este tipo de mensajes deberá hacerse en privado.
Solamente el remitente del mensaje original podrá contestar al mismo
con la finalidad a aclarar o precisar cualquier información
relacionada con la oferta labora en cuestión.

En circunstancias excepcionales como el ingreso a la lista el
participante podrá escribir en forma completamente opcional y
voluntaria un correo de presentación incluyendo a su criterio
información acerca de su persona, su experiencia con GNU/Linux, los
temas que son de su interés y cualquier otra información que considere
relevante y que no incumpla ninguna de las otras reglas. Este mensaje
deberá incluir obligatoriamente la cadena "NUEVO MIEMBRO:" o "NM:" al
inicio del asunto del mensaje y podrá servir para que el nuevo
participante esté seguro de que sus mensajes llegan a la lista.

== FIN ==

Los cambios respecto a la versión anterior son los siguientes:

En el punto "5b" se ha agregado esto al final "siempre y cuando se
ajusten a las normas laborales vigentes."

El punto 06 si ha sido re-escrito para que sea bastante más claro pero
los dos puntos NUEVOS son los siguientes:

c. Mensajes que incluyan información confidencial de terceras personas
naturales y/o jurídicas cuando el remitente no cuenta con autorización
expresa para compartirla en público.

d. Mensajes de respuesta a ofertas laborales. Cualquier consulta o
comentario a este tipo de mensajes deberá hacerse en privado.
Solamente el remitente del mensaje original podrá contestar al mismo
con la finalidad de aclarar o precisar cualquier información
relacionada con la oferta labora en cuestión.

De la misma forma en que se trató el tema de los correos de prueba y
las respuestas a los mismos se está tratando el tema de los correos
sobre ofertas laborales. Históricamente han sido parte importante del
contenido de la lista y no es exageración decir que decenas de
personas han encontrado trabajos que fueron un paso importante en su
carrera profesional en esta lista.

Sobre el tema de las opiniones sobre los empleos ofrecidos solo quiero
comentar dos puntos:

a) Queda claro que el indicar que un determinado nivel de remuneración
es mucho o poco para los conocimientos exigidos es algo totalmente
subjetivo y un punto en el que ni siquiera el Ministerio de Trabajo
entra a emitir normas. Ese es un tema privado y asunto de las partes
involucradas. Dado que las propias ofertas laborales son un tema fuera
del tópico de la lista, comentar sobre las mismas se aleja aún más de
la temática de la lista por eso queremos "cortar por lo sano" y dejar
todas esas discusiones, cargadas de subjetividad fuera del contenido
de la lista.

b) En relación al sueldo mínimo, hice la consulta del caso a abogados
y es obligatorio pagar al menos dicho monto (actualmente S/. 750) en
el caso que el empleado labora 48 horas semanales. Si las horas de
labor por semanas son menores a 48 horas el sueldo debe ser
correspondiente. Así por ejemplo, si un practicante laborara a medio
tiempo, 4 horas al día, de lunes a viernes, acumularía 20 horas
semanales y mientras que la empresa que emplea sus servicios le pague
S/. 312.50 la situación se ajusta a la normatividad vigente. Si hacen
la aritmética, trabajar 8 horas de lunes a viernes se corresponde con
un sueldo mínimo de S/. 625.0 soles de acuerdo a ley así que incluso
aquellas ofertas laborales recientes que ofrecían un sueldo partiendo
en S/. 700 estaban sujetas a la ley.

Un tema más. Dos personas han sido amonestadas en privado por haberse
excedido verbalmente en los hilos que se crearon sobre dos ofertas
laborales distintas. No pierdan de vista que calificar a terceras
personas como "imbéciles", "sinvergüenzas", "malnacidos",
"desgraciados", etc va directamente en contra del punto "02" de las
reglas de la lista:

"02. Toda participación debe ser amable y productiva. Queda
terminantemente prohibido dirigirse en forma ofensiva, insultante,
peyorativa y/o discriminatoria a cualquier otro miembro de la lista,
terceras personas y/o organizaciones sean o no sean estas miembros de
la lista."

El incumplimiento de las reglas de la lista está regulado en el punto "07":

07. Cualquier miembro que incumpla cualquiera de las reglas de la
lista será amonestado de la siguiente manera:

a. Amonestación en privado que cuenta como primera advertencia de
falta al reglamento.

b. Amonestación en público que cuenta como segunda advertencia de
falta al reglamento.

c. Separación temporal por 03 meses que cuenta como tercera
advertencia de falta al reglamento.

d. Separación definitiva de la lista

Agradecemos su comprensión y tenemos la confianza de que los miembros
de esta lista entenderán que la razón de estos cambios no es otra sino
la de buscan continuar con el servicio prestado sin mayores
interrupciones ni contratiempos.

Antonio Ognio
Coordinador
_______________________________________________
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Temática: Discusión general sobre Linux
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