Todo esto me recuerda a una discusion que se dio  hace unos a�os acerca de la 
propiedad intelectual de los desarrollos de software bajo relacion de 
dependencia y/o contrato. Se estableci� que la propiedad intelectual no es de 
quien pag� por el desarrollo sino de quien efectivamente lo realiz�. Por lo 
tanto, es potestad de �ste �ltimo decidir si su trabajo pertenece o no a la 
comunidad de software libre o si queda bajo t�tulo privativo.  Por mi parte 
si me contratan para desarrollar un software bajo determinadas reglas y/o 
condiciones, quien me contrata tiene el derecho de exigirme el codigo fuente 
pero yo tambien tengo el derecho de utilizar dicho codigo fuente a my 
completa y total discrecion.

Daniel

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