http://www.mendietabar.com.ar/manuel/lugro/DelitosInfo.pdf
vuelvo a repetir,,, alguien conoce el espíritu de la ley (yo no...),,, por si vamos a otro tipo de interpretación del artículo 153, la que haría un abogado o un juez (yo conozco uno/a del foro civil y comercial) no lo interpreta como vos lo hiciste... Más aún él/ella lo interpretó referente al espionaje de información similar a lo que ocurre en las líneas telefónicas... a menos que se asesore y ni aún así, puede entender el mecanismo tecnológico que hay detrás de todo esto... Como él/ella me dijo "A este nivel así como hay foro en lo civil y comercial, y foro penal. Ya habría que inventar un foro especializado en lo tecnológico penal ;)" ídem para el artículo 173 etc... _______________________________________________ Lugro mailing list [email protected] http://www.lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
