El 15/06/07, Martin <[EMAIL PROTECTED]> escribió:
El 15/06/07, Carlos Aguirre (Sec. Informatica Rosario - Poder
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Entonces podemos decir que poner un servidor LAMP no requiere un titulo en informatica? o que Programar un motor de base de datos no lo requiere? hasta decir que realizar un Sistema operativo o un Compilador no requiere un titulo? [...]
Martin, me haces caer en que con el nuevo docuento que la APPEI presenta a los legisladores (primer parche de la ley??) por el que los progamadores no estarian obligados a matricularse se daria la situacion de que quien programa el motor de base de datos no necesita un titulo, mas el que implementa una base sobre el si. Todo depende, seguramente, como se interprete la ley y que sentido le demos a las palabras programador, consultor, analista... Ya que toco el tema, una de las ultimas preguntas en mi lista de no responder es: ¿Que validez tienen los documentos presentados por la APPEI a los legisladores? Va a se un documento que informe a los lesgisladores del espiritu de la ley y muera con ellos o va a quedar registrado en la ley? De todas formas comparandolo con el articulo 44 del proyecto de ley: "ARTÍCULO 44.- Derógase toda norma legal, convencional o reglamentaria que se opusiere a lo establecido en esta ley." Creo que es un detalle menor. saludos. -- Sebastian Dominguez _______________________________________________ Lugro mailing list [email protected] http://www.lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
