si es válido el art6 entonces tambien sería valido el 7 que exige
"publicidad de las excepciones"
pero antes de eso....
esta ordenanza está reglamentada?


El 25 de agosto de 2016, 23:15, Martin Jorge Bayo<[email protected]>
escribió:

> Hola Jorge, no tengo ninguna respuesta totalmente clara pero aporto algo
> para seguir analizando el tema.
> sobre el punto 2 , la Ley de 12360 y su modificación no alcanza la
> municipalidad, pero tiene la ordenanza 7787/04
> http://www.rosario.gov.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=34024 que en el
> art 16 según entiendo se puede seguir utilizando Soft Privativo si no
> existe equivalente libre
> El art6 es claro a nivel de excepciones, donde la UNR, UNT rosario u otra
> organizacion/empresa debe responder tu primer pregunta, para luego hacer la
> excepción con el informe de riesgos correspondiente
>
>
> 2016-08-25 20:26 GMT-03:00 Jorge Raúl Fernández <[email protected]>:
>
> > veo que la municipalidad esta en licitacion por Informix
> > <http://www.rosario.gov.ar/sitio/licitaciones/
> > detalleLicitacion.do?id=12771>
> > Me surgen varias preguntas que y quizas este foro pueda ayudarme
> > 1) qué alternativas de soft-libre habría equivalente a informix?
> > 2) Esta vigente la ley de soft-libre para santa fe y tal ley alcanza a la
> > municipalidad?
> >
> > quedo al aguardo de que algun colistero pueda despejar mis dudas....
> > sdos
> > jorge
> > _______________________________________________
> > Lugro mailing list
> > [email protected]
> > http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
> >
>
>
>
> --
> Saludos
> Martín
> _______________________________________________
> Lugro mailing list
> [email protected]
> http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
>
_______________________________________________
Lugro mailing list
[email protected]
http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro

Responder a