si es válido el art6 entonces tambien sería valido el 7 que exige "publicidad de las excepciones" pero antes de eso.... esta ordenanza está reglamentada?
El 25 de agosto de 2016, 23:15, Martin Jorge Bayo<[email protected]> escribió: > Hola Jorge, no tengo ninguna respuesta totalmente clara pero aporto algo > para seguir analizando el tema. > sobre el punto 2 , la Ley de 12360 y su modificación no alcanza la > municipalidad, pero tiene la ordenanza 7787/04 > http://www.rosario.gov.ar/normativa/verArchivo?tipo=pdf&id=34024 que en el > art 16 según entiendo se puede seguir utilizando Soft Privativo si no > existe equivalente libre > El art6 es claro a nivel de excepciones, donde la UNR, UNT rosario u otra > organizacion/empresa debe responder tu primer pregunta, para luego hacer la > excepción con el informe de riesgos correspondiente > > > 2016-08-25 20:26 GMT-03:00 Jorge Raúl Fernández <[email protected]>: > > > veo que la municipalidad esta en licitacion por Informix > > <http://www.rosario.gov.ar/sitio/licitaciones/ > > detalleLicitacion.do?id=12771> > > Me surgen varias preguntas que y quizas este foro pueda ayudarme > > 1) qué alternativas de soft-libre habría equivalente a informix? > > 2) Esta vigente la ley de soft-libre para santa fe y tal ley alcanza a la > > municipalidad? > > > > quedo al aguardo de que algun colistero pueda despejar mis dudas.... > > sdos > > jorge > > _______________________________________________ > > Lugro mailing list > > [email protected] > > http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro > > > > > > -- > Saludos > Martín > _______________________________________________ > Lugro mailing list > [email protected] > http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro > _______________________________________________ Lugro mailing list [email protected] http://lugro.org.ar/mailman/listinfo/lugro
