EDITORIAL El Páis

Garzón y la memoria
El juez intenta forzar la identificación oficial de los desaparecidos bajo el 
franquismo 
02/09/2008 

El juez Garzón ha dictado una providencia para que los ayuntamientos de Madrid, 
Granada, Córdoba y Sevilla, además de otros organismos e instituciones como la 
Conferencia Episcopal, la Abadía del Valle de los Caídos o varios archivos y 
registros estatales, identifiquen a los desaparecidos y enterrados en fosas 
comunes durante el franquismo. Con esta iniciativa, Garzón parece haber 
encontrado una vía para no desestimar las denuncias presentadas por ocho 
asociaciones de memoria histórica y, al mismo tiempo, no ignorar los argumentos 
de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que el pasado febrero aconsejó su 
archivo.
Además de alegar la prescripción en virtud de la amnistía de 1977, la fiscalía 
señalaba que las muertes denunciadas ante Garzón fueron consecuencia de delitos 
comunes, sobre los que la Audiencia Nacional no tiene competencia. Como tampoco 
la tiene sobre los crímenes contra la humanidad, que deben ser juzgados en los 
lugares donde se cometieron los hechos. La vía emprendida por Garzón concede 
cierta validez a estos dos últimos argumentos, al enmarcar la providencia 
dentro de la decisión sobre su competencia. Pero sólo para forzar que el Estado 
realice a instancias de la Audiencia Nacional lo que, incomprensiblemente, no 
ha hecho hasta ahora por impulso político: elaborar un censo de desaparecidos 
bajo el franquismo.
Con ese censo en la mano, Garzón podría decidir que, como apuntó la fiscalía, 
no tiene competencia para tramitar las denuncias. En realidad, la providencia 
habría servido para alcanzar un objetivo distinto, y es el de que sea el Estado 
-y no los familiares u organizaciones privadas- quien asuma la búsqueda y la 
identificación de las personas desaparecidas o sepultadas en fosas comunes 
desde el inicio de la Guerra Civil. Además, Garzón ha requerido a las partes 
para que identifiquen a quienes han participado en la apertura de las fosas, a 
fin de extender el control judicial sobre esas iniciativas. Es decir, ha 
tratado de recuperar para las instituciones, y sólo para ellas, unas acciones 
que la Ley de Memoria Histórica dejaba en gran parte en manos de particulares, 
haciendo que el Estado abdicara de tareas que le corresponden en exclusiva.

La providencia de Garzón viene a deshacer la contradicción en la que se había 
colocado la Audiencia Nacional al investigar desapariciones en América Latina 
mientras que, en España, parecía ignorar la represión llevada a cabo por el 
franquismo. Paradójicamente, Garzón no se ha apoyado en la Ley de Memoria 
Histórica, sino que ha partido de sus incongruencias jurídicas y sus 
insuficiencias. Falta por saber si el sobrecargado aparato judicial español 
estará en condiciones de asumir el ingente trabajo que Garzón ha echado sobre 
sus hombros. Pero, en cualquier caso, la providencia habrá contribuido a abrir 
archivos que estaban cerrados y que, si no en el ámbito de la justicia, serán 
útiles en el de la historia.


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