Estimado Rosa,
Con fecha viernes, 07 de julio de 2006, 15:17:10, escribió:
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Una pregunta (bueno, tres) de un@ profan@ en la materia, ¿y el empleado está obligado a aceptar y firmar ese comunicado o puede negarse? ... ¿si es así, esto le puede perjudicar? ... ¿es suficiente para la empresa notificarlo? Un Saludo, Rosa M. Martínez Martín (mailto:[EMAIL PROTECTED]) |
A mi modo de ver, son condiciones laborales: o se aceptan con el empleo o no se acepta el empleo,
vendria a ser como una clausula de confidencialidad para proteccion de datos,
aunque esta ultima con el añadido del imperativo legal, claro.
Por poder perjudicarle, depende del uso que se haga de la red corporativa, aunque en general
se trata de clausulas de salvaguarda, para extralimitaciones de los empleados.
(repito en general, que de todo hay)
Yo creo q a nivel de tribunal constitucional no seria suficiente, pero es una apreciacion personal,
se deberia comunicar con aceptacion expresa del empleado para ser esquisitos en la aplicacion,
pero reitero que es una consideracion subjetiva.
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Saludos,
lh.zero (_en_) gmail.com
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