che en el FB de IEEE Argentina se puede ver un link en el que se puede leer lo siguiente:
"Según una sentencia de la Corte de Apelación el propietario del terminal sólo adquiere una licencia de uso sobre el sistema operativo y los programas contenidos en el mismo por lo que resulta contrario al derecho de propiedad intelectual cualquier modificación del software, lo que incluye el código que impide que el dispositivo pueda funcionar bajo la red de otro operador diferente." o sea q pretenden que se trate al "soft" como si fuera un "hard" pero para que hacer soft si no lo podrás cambiar, ni podrás contratar alguien (un suponer, yo) que lo haga? que le quedará de "soft"? que barbaridad, propia de dinosaurios recalcitrantes, no entendieron nada... es como si quisieran apagar los meteoritos digitales con sifones de papel no merece un estentóreo prrt! a coro? http://www.theinquirer.es/2013/01/28/liberar-tu-movil-en-usa-multas-de-hasta-un-millon-de-dolares-y-diez-anos-de-carcel.html -- Gerardo Díaz email: [email protected] blog: http://QueHacemosConLasPilas.WordPress.com ________________________________________________ Solar-General es una lista abierta a toda la comunidad, sin ninguna moderación, por lo que se apela a la tolerancia y al respeto mutuo. Las opiniones expresadas son responsabilidad exclusiva de sus respectivos/as autores/as. La Asociación Solar no se hace responsable por los mensajes vertidos, ni representan necesariamente el punto de vista de la Asociación Solar. [email protected] https://lists.ourproject.org/cgi-bin/mailman/listinfo/solar-general
