Vlex Not�cias - 03.jul.2001 -
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3 de julio de 2001
 
PRIVACIDAD DEL E-MAIL

La sentencia considera probado que el empleado utilizaba el correo electr�nico para fines personales en horario laboral, cuando la empresa hab�a establecido claras directrices en contra de esta habitual pr�ctica. Es por ello que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ve un acreditado incumplimiento laboral del trabajador sancionado y que su utilizaci�n del e-mail supone una p�rdida de tiempo de trabajo efectivo, como hab�a alegado la propia empresa.

El contenido de los mensajes remitidos por el trabajador de Deutsche Bank eran de contenido humor�stico, sexista y, en determinados casos, obscenos. Incluso queda probado que Gregorio Gim�nez utiliz� esta v�a de comunicaci�n para la promoci�n del negocio de su esposa, como constata en la sentencia del 14 de noviembre de 2000.

Reacci�n por parte de los sindicatos

La sentencia de la corte catalana ha creado un gran revuelo sobre todo en el seno de las organizaciones de defensa de los trabajadores, que consideran que la resoluci�n emitida en el caso Deutsche Bank deja en clara posici�n de desventaja al empleado frente al empresario.

Las principales organizaciones sindicales del pa�s, CCOO y UGT, acogieron la sentencia con recelo ya que consideran que se vulnera el derecho a la privacidad de las comunicaciones de los empleados, amparado por la Constituci�n y sancionado por el C�digo Penal, en su art�culo 197.

Pero lo cierto es que el actual Estatuto de los Trabajadores de 1980 no establece una protecci�n especial para las comunicaciones realizadas mediante el correo electr�nico. De hecho, no enumera esta herramienta de intercambio de informaci�n, con lo que su utilizaci�n en el seno de las empresas no queda claramente determinado.

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