Que opinan del siguiente mail que envía Microsoft a estudiantes de
Universidades?
Estimado Pedro:

Te adjunto un mail, el cual un funcionario de Microsoft llamado Juan
Jose
Mena envio a uno mis estudiantes de la ESPOCH y este su vez lo envio a
sus
compañeros.

Quisiera los comentarios de toda la comunidad.

Saludos

Atte.

Danilo Pástor
DOCENTE - ESPOCH

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Hola Team,

Me han enviado un documento comentando una sugerencia del CONESUP para
que
las universidades públicas analicen el decreto 1014 sobre el Open Source
y
que tomen las acciones que estimen conveniente.

En algunas universidades están tomando la decisión de migrar todo a Open
Source incluyendo la currícula académica,  sin ver en profundidad el
perjuicio que esto puede tener en la universidad y en los estudiantes.
Les
envío este análisis del decreto y mis sugerencias, porque creo que los
únicos perjudicados van a ser los estudiantes de la universidad, los
desarrolladores y el país, indistinto de cualquier preferencia de
tecnología que tengan.

1. El decreto 1014 firmado por el gobierno, es un documento que no está
a
nivel de ley, está en 6to  lugar de importancia bajo la Constitución de
la
república.

  a. La Constitución;
  b. Los tratados y convenios internacionales;
  c. Leyes ORGANICAS (en este nivel está la Ley referida);
  d. Leyes ordinarias;
  e. Las normas regionales y ordenanzas distritales;
  f. Los decretos y reglamentos (en este nivel está el Decreto
     Ejecutivo referido);
  g. Ordenanzas;
  h. Acuerdos y resoluciones;
  i. Los demás actos y decisiones de los poderes públicos.

2. El decreto fue emitido únicamente para las organizaciones del
gobierno
central. No se extiende a las universidades de ningún tipo

  a. El artículo 1 del Decreto referido establece el siguiente mandato:
se
     fija una Política Pública para las entidades de la Administración
     Pública Central la utilización de Software Libre en sus sistemas y
     equipamientos informáticos.

  1. El artículo 1 en detalle dice lo siguiente:

     - Se ha establecido una política pública, y no una obligación de
       hacer o no hacer algo. Entiéndase por Política Pública  una
       posición básica o curso de acción seleccionado por el gobierno
para
       orientar las decisiones respecto a una necesidad o situación de
       interés público.

     - El Decreto 1014 se aplica únicamente a las entidades de la
       Administración Pública Central (ver listado adjunto).

     - La política pública anterior aplica a la UTILIZACIÓN de SOFTWARE
       LIBRE, en los sistemas y equipamientos informáticos ÚNICAMENTE de
       las entidades antes señaladas (“… en sus sistemas y equipamientos
       informáticos”.

     - Conclusión: El Decreto 1014 fija un lineamiento que deben seguir
       únicamente las entidades de la Administración Pública central
para
       el uso de software libre únicamente en SUS PROPIOS sistemas y
       equipamientos informáticos. Ello significa que hay un límite muy
       claro de aplicación del Decreto antes referido que no se debe
       sobrepasar.

3. El decreto es una directriz mas no una imposición.

  a. En el Artículo 4, el Decreto antes referido FACULTA la utilización
de
     software propietario en los siguientes casos:

     - Cuando no exista software libre que supla las necesidades
       requeridas.
     - Cuando esté en riesgo la seguridad nacional.
     - Cuando el proyecto informático se encuentre en un punto de no
       retorno. Se entiende por PUNTO DE NO RETORNO:
       o Sistema en producción funcionando satisfactoriamente y que un
       análisis de costo-beneficio muestre que no es razonable ni
       conveniente una migración a Software Libre;
       o Proyecto en estado de desarrollo y que un análisis de costo-
       beneficio muestre que no es conveniente modificar el proyecto y
       utilizar Software Libre.

     - Cuando no exista capacidad técnica que brinde el soporte
necesario
       para el uso de software libre.

  b. Conclusión:  Si cualquiera de los cuatro escenarios antes señalados
     suceden, existen, se evidencian, las entidades de la Administración
     Pública Central están en plena facultad de adquirir software
     propietario SIN LA NECESIDAD DE SOLICITAR PERMISO O AUTORIZACIÓN A
     ENTIDAD ALGUNA.

Hagan un análisis con sus decanos y profesores dirigentes respecto a los
problemas que tendrán los estudiantes de la carrera al eliminar materias
y
equipamientos con software propietario. En el ámbito profesional, el
Open
Source, de los cuales Microsoft es parte también de la comunidad,  es
una
de las alternativas para las empresas, pero no es la única, y en el
mundo
competitivo ahora se habla de Interoperabilidad y conectividad, es decir
la unión de varias tecnologías para llegar a un objetivo productivo.

Qué pasa cuando ustedes como empresarios o profesionales enfrentan
requerimientos de elaborar productos con tecnologías de Microsoft, IBM,
Oracle, Cisco, Adobe.. entre otras??... van a tener que rechazar la
oportunidad de empleo o de negocio por desconocer  esas tecnologías???,
o
van a tener que hacer estudios adicionales, eliminando la posibilidad de
ser competitivos apenas salgan de la universidad???

Si les limitan al conocimiento de una sola tendencia en lugar de tener
una
apertura académica, estarán en desventaja con los estudiantes de otras
universidades públicas y privadas del país y con profesionales de otros
lugares del mundo, en este mundo tan comunicado la competencia es más
fuerte que antes.. La universidad debe abrir su enseñanza para que el
nuevo profesional tenga la libertad de utilizar la mejor alternativa
tecnológica dependiendo de sus necesidades.

Analicen esto con sus dirigentes y autoridades y cuenten conmigo siempre
para trabajar en equipo para que las universidades apoyen y promuevan la
interoperabilidad y trabajo en equipo entre todos a quienes nos apasiona
la tecnología.

Saludos / Regards

Juan José Mena | Adoption Program Manager | Microsoft del Ecuador

teléfono: 02 396-9000 ext.280  | celular: 08 705-2080 | e-mail:
jjm...@microsoft.com

www.microsoft.com/ecuador 


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