Si te contratan significa que la propiedad intelectual queda en manos del
contratante. El desarrollador conserva los derechos morales. Es decir, que
el contratante tiene pleno derecho sobre su producto, independientemente
del desarrollador.
Pero... El escenario que planteas indica una especie de cobro por regalías;
que debe estar pactado en el contrato de antemano.
Sin embargo, sospecho que el problema es el siguiente: Hago el software, el
cliente lo comercializa y los problemas de los usuarios terminan siendo
míos.
En ese caso, las 100 horas de desarrollo, así sean bien pagas, nunca van a
cubrir el tiempo necesario para cubrir la garantía.




El 2 de julio de 2016, 13:29, Pablo Marzullo <pmarzu...@iav-tech.com>
escribió:

> Estimados, quería consultarles sobre como cotizar lo siguiente:
>
>
>
> Cuando se hace un desarrollo por primera vez a un cliente, y se diseña de
> tal forma que sea reutilizable y funcionalmente aplicable a otros
> clientes….tiempo de desarrollo 100 hrs (por decir algo)
>
>
>
> Este cliente al que le hago el desarrollo, son consultores (ellos lo
> revenden a su cliente que es quien va usar la herramienta).
>
>
>
> Si mi cliente lo puede vender a otro de sus clientes, corresponde que le
> vuelva a cobrar x las 100hrs de desarrollo (que ya esta hecho)….? Como
> hacen ustedes, aplican un % de descuento por las reventas siguientes? Si se
> aplica hay forma de calcular ese % o entre que valores ronda?
>
>
>
>
>
> Si yo lo tuviera que vender a diferentes clientes no creo haya problema
> que lo venda por 100hrs a cada uno, el problema es que yo tengo un solo
> cliente y este lo revende…se entiende? Como seria?
>
>
>
>
>
>
>
> Desde ya agredeceria cualquier aporte, Saludos!
>

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