Fernando Carbajo participa en un ciclo de conferencias en el Círculo de Bellas Artes sobre el Conocimiento Libre:
http://cibersomosaguas.wordpress.com/ Lo mismo alguien puede ir a verle y rogarle que la escriba por el bien de todos. Javier David Maeztu wrote: > Miquel Vidal escribió: >> El vie, 25-01-2008 a las 16:26 +0100, David Maeztu escribió: >> >>> Pero en este tema hay poco que decir, o lo hacemos por la vía del Código >>> Civil o cambiamos la ley, o no hay nada que hacer. >>> >> Hace un par de meses pregunté al magistrado Fernando Carbajo(*) al >> respecto y me dijo que no veía ningún impedimento legal para poner una >> obra en el dominio público de forma anticipada ni de que, por supuesto, >> requiriese absolutamente ninguna clase de modificación legal. Vamos, que >> es algo perfectamente posible en el ordenamiento jurídico actual. Me >> gustaría ser capaz de reproducir sus argumentos, pero temo no ser lo >> suficientemente fiel: básicamente me vino a decir que el hecho de que no >> esté contemplado explícitamente como posibilidad en la LPI no implica >> que no pueda hacerse. Me puso ejemplos análogos de renuncias voluntarias >> del mismo estilo. > > Hola: > > Sería muy inetresante poder contar con esa opinión, si es posible obtenerla. > > Un saludo. > >> Lo cuento para no adoptar un punto de vista pesimista de partida y para >> que quien vaya a ocuparse del tema consulte al profesor Carbajo, que >> estoy seguro que lo fundamentará encantado con su rigor habitual. >> >> saludetes >> >> --m >> >> (*) >> http://universitas.usal.es/web/fundacion/postgrado/derecho20/cvitae/fernando_carbajo_cascon.htm >> >>> No hay muchas más opciones. >>> >>> un saludo. >>> >>> >>>> J >>>> >>>> David Maeztu wrote: >>>>> Hola: >>>>> >>>>> Hay dos iniciativas que se están desarrollando por parte de CC, en la >>>>> lista CC-Licenses se peude seguir y aprotar a la discusión. >>>>> >>>>> La primera CC0 trata de garantizar y ayudar al paso de las obras la >>>>> dominio público y la segunda de dar un modelo de contrato a los autores >>>>> para la explotación económica de sus obras, esto si no lo he entendido >>>>> mal. >>>>> >>>>> A quien pueda responder, ¿es eso así? ¿qué hay en este sentido desde >>>>> España? >>>>> >>>>> >>>>> Un saludo. >>>>> _______________________________________________ >>>>> Cc-es mailing list >>>>> [email protected] >>>>> http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es >>>>> >>> _______________________________________________ >>> Cc-es mailing list >>> [email protected] >>> http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es >> > > _______________________________________________ > Cc-es mailing list > [email protected] > http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es > _______________________________________________ Cc-es mailing list [email protected] http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es
