[EMAIL PROTECTED] writes:
 > [...]
 > En Europa rige el principio de que no son patentables las f=F3rmulas=

 > matem=E1ticas (como las utilizadas en un m=E9todo de compresi=F3n).

=09En EEUU tampoco, hasta donde yo s=E9, s=F3lo son patentables cosas=20=

"de utilidad directa". Por ejemplo, la aplicaci=F3n de un algoritmo par=
a=20
una transformaci=F3n industrial.

 >=20
 > =09=09=09    --- <cita> ---
 >=20
 > Art. 4 Ley de Patentes:
 >=20
 > 1.  Son patentables las invenciones nuevas que impliquen una activid=
ad=20
 > inventiva y sean susceptibles de aplicaci=F3n industrial.
 >=20
 > 2.  No se considerar=E1n invenciones en el sentido del apartado
 > anterior, en particular:
 >=20
 > a)  Los descubrimientos, las teor=EDas cient=EDficas y los m=E9todos=

 > matem=E1ticos.
 >=20
 > [...]
 >=20
 > c)  Los planes, reglas y m=E9todos para el ejercicio de actividades
 > intelectuales, para juegos o para actividades econ=F3mico-comerciale=
s,
 > as=ED como los programas de ordenadores.
 >=20
 > [...]

=09Justamente el punto 4 es donde radica la diferencia
fundamental entre el sistema de patentes de EEUU y la mayor=EDa de los
europeos. Nosotros no permitimos (y habitualmente de forma expl=EDcita)=

patentes sobre programas. EEUU tampoco lo ha hecho, hasta hace unos
a=F1os. Pero ahora EEUU lo hace, Jap=F3n tambi=E9n, y se est=E1 presion=
ando
mucho a la UE para que lo haga tambi=E9n.

 > La normativa estadounidense es mucho m=E1s amplia en este sentido, y=

 > ahora tambi=E9n la japonesa.  Y es posible que la europea llegue a s=
erlo=20
 > tambi=E9n, si la presi=F3n de las grandes compa=F1=EDas de Estados U=
nidos
 > tiene =E9xito.

=09Exacto (no s=F3lo presionan los grande de EEUU, tambi=E9n hay
presiones de algunos "grandes europeos")

 >     :: El problema es que el algoritmo de compresi=F3n LZW (que util=
izan
 >     :: esos formatos) est=E1 patentado en Estados Unidos, de modo qu=
e la
 >     :: redistribuci=F3n de herramientas que traten con esos formatos=

 >     :: puede ser en cualquier momento restringida por el titular de =
la
 >     :: patente (aunque de hecho no est=E9 poniendo obst=E1culos, tie=
ne la
 >     :: facultad legal para hacerlo).
 >=20
 >     Tejada:: =09Bueno, supongo que ya lo sabr=E1s, pero en la actual=
idad
 >     Tejada:: la =FAnica parte "patentada" es la codificaci=F3n LZW, =
si t=FA
 >     Tejada:: haces un programa que s=F3lo decodifique, no es necesar=
io
 >     Tejada:: permiso de UniSys. Claro que la pueden cambiar cuando
 >     Tejada:: quieran, pero
 >=20
 > La verdad es que eso no lo sab=EDa :)  Hasta donde yo tengo entendid=
o,
 > el algoritmo est=E1 patentado para ambos tipos de operaciones
 > (compresi=F3n/descompresi=F3n).  Lo que sucede es que Unisys autoriz=
a a
 > realizar esas operaciones de descompresi=F3n si el programa se
 > distribuye a t=EDtulo gratuito, y exige cobrar si se trata de un
 > programa comercial.  En todo caso, lo comprobar=E9.

=09Lo que est=E1 patnetado exactamente (hasta donde yo s=E9) es la
aplicaci=F3n de un programa que sigue el algoritmo LZW para reducir el
tama=F1o de un fichero (o algo por el estilo). El mecanismo patentado
incluye un algoritmo de compresi=F3n y otro de descompresi=F3n. Lo que
ocurre es que pueden utilziarse otros algoritmos para la
descompresi=F3n... (creo que no para la compresi=F3n). Algo similar ocu=
rre=20
con MP3.

 > [...]
 >     :: La BSDL es incompatible con la GPL debido a que exige que hay=
a
 >     :: un reconocimiento de autor=EDa del programa, mientras que la =
GPL
 >     :: no recoge este reconocimiento y proh=EDbe, al mismo tiempo,
 >     :: establecer sobre el programa otras restricciones que las de l=
a
 >     :: propia GPL, por lo que un programa bajo BSDL no podr=E1
 >     :: convertirse en GPL.
 >=20
 >     Tejada:: =09.. pero extraigo de lo que cuentas, que aqu=ED en Eu=
ropa
 >     Tejada:: la GPL y BSDL s=ED ser=EDan compatibles (en el sentido =
de la
 >     Tejada:: autor=EDa), ya que la GPL espa=F1ola ser=EDa 'GPL sujet=
a a las
 >     Tejada:: leyes vigentes', con lo que incluir=EDa la cl=E1usula d=
e
 >     Tejada:: autor=EDa del programa.
 >=20
 > No exactamente.  La cuesti=F3n es que si un programador aplica la BS=
DL a=20
 > sus programas, y el que los modifica o redistribuye no incluye el
 > aviso de autor=EDa, puede demandarlo y obligarle a rescarcirle (en e=
l
 > sentido de anunciar en medios apropiados de comunicaci=F3n, por
 > ejemplo).

=09Tanto la GPL como la BSDL incluyen el reconocimeinto de
autor=EDa de un programa. O m=E1s bien, el reconocimeinto del due=F1o d=
e la
propiedad intelectual. Por eso ambas incluyen la l=EDnea habitual=20
Copyright 19xx, Fulanito de tal y tal.

=09Eso es preciso (al menos en EEUU) para que quede claro que no
renuncias a tus derechos de propiedad intelectual, y no pones tu obra
en el dominio p=FAblico (o en el com=FAn, que creo que es una traducci=F3=
n
mejor al espa=F1ol).

=09Pero la licencia BSD adem=E1s incluye una cl=E1usula de
*publicidad* del propietario de la propiedad intelectual. Es esa la
que hace que sea incompatible con la GPL:

----
    All advertising materials mentioning features or use of this softwa=
re
    must display the following acknowledgement:
    ``This product includes software developed by the University of
    California, Berkeley and its contributors''.

=09=09(extracto de la lciencia BSD)
----

=09Mientras que la GPL dice que no se pueden imponer m=E1s
condiciones adem=E1s de las que introduce al propia GPL:

----
    [...] condiciones. No puede imponer al receptor ninguna
    restricci=F3n m=E1s sobre el ejercicio de los derechos aqu=ED
    garantizados.

=09=09(extracto de una traducci=F3n de la GPL en la que he colaborado)
----

=09Hay un art=EDculo de Richard Stallman donded explica por qu=E9 la
FSF considera esa cl=E1usula de la licencia BSD como muy peligrosa:

http://www.openresources.com/documents/bsd-license-problem/index.html

 >     Tejada:: =09... personalmente, creo que el valor de el uso de al=
go
 >     Tejada:: como aceptaci=F3n de las condiciones que implica, s=ED =
es
 >     Tejada:: vinculante, ya que es justamente el ejemplo de la
 >     Tejada:: Cocacola: el usar la m=E1quina implica aceptaci=F3n, el=
 usar
 >     Tejada:: el software implica aceptaci=F3n. O ambos implican
 >     Tejada:: aceptaci=F3n o ninguno lo implica.
 >=20
 > Pero estar=E1s tambi=E9n de acuerdo en que tienes que conocer las
 > condiciones.  Imag=EDnate que metes la moneda, te bebes la Coca-cola=
 y
 > aparece un abogado de la compa=F1=EDa con un ejemplar del contrato
 > aplicable a las m=E1quinas expendedoras en el que se dice que el
 > consumidor, si mete la moneda, acepta ceder todos sus bienes a
 > Coca-cola Espa=F1a por un per=EDodo de tres a=F1os.

=09Creo que es m=E1s sencillo que eso (al menos con el software
libre). Como ninguna licencia te prohibe usar el software, lo puedes
usar haya o no leido algo. Pero si quieres modificarlo o
redistribuirlo, por defecto no tienes permiso. Igual que por defecto
no tienes permiso para fotocopiar un libro, o planchar un CD de
m=FAsica. Si quiees hacer algo de esto, es tu problema buscar mecanismo=
s=20
(legales) que te permitan hacerlo. Puedes tratar de contactar con el
autor, o leer la licencia y ver si eso te lo permite. Por eso Debian
hace tanto hincapi=E9 en que las licencias de los programas est=E9n
f=E1cilmente disponibles para el usuario.

=09Quien te prohibe que por defecto puedas hacer una copia de un
programa, un libro o un disco es la legislaci=F3n internacional de
copyright, que est=E1 incorporada en el derecho de tu pais.

> [...]

=09Buff. Ahora no tengo un rato para seguir comentando el resto
del mensaje... Otro d=EDa, que seguro que ya os tengo aburridos... ;-)

=09Que sea leve,

=09=09Jesus.

--=20
Jesus M. Gonzalez Barahona             | Departamento de Informatica
tel +3491 624 9458, fax +3491 624 9129 | Universidad Carlos III de Madr=
id
[EMAIL PROTECTED], [EMAIL PROTECTED] | avd. Universidad, 30
Grupo de Sistemas y Comunicaciones     | 28911 Leganes, Spain

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