Quin fil� pels advocats !!

I si somnio en la veina i em corro, tamb� es castigable?

De moment no corro perill veient les meves veines, per� estan fent un nou
edifici al costat i qui sap qui vindr�.

Far� guardiola per si de cas.

Llu�s

-----Mensaje original-----
De: [EMAIL PROTECTED]
[mailto:[EMAIL PROTECTED] nombre de ALBERT.FA
Enviado el: viernes, 13 de mayo de 2005 17:08
Para: [email protected]
Asunto: [Internauta] Absurd diari secci� especial


No he contrastat si �s cert o no, per� si ho es em sembla que es mereix
estar en el "HALL OF FAME".... Per cert 3500 entre 150 = 23.3333 :-)

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UN JUEZ DE CARTAGENA CONDENA A UN HOMBRE POR "MANIPULAR MENTALMENTE LA
IMAGEN"
DE UNA VECINA
Cartagena, 25 Abril (EP)- Un hombre de 39 a�os ha sido condenado por un
juez del partido judicial n� 2 de Murcia a indemnizar a una mujer de
32, vecina de su inmueble, por "manipular mentalmente su imagen con una
grave erosi�n de su dignidad sexual". La sentencia, que ha sido
recurrida por la defensa, ha causado un gran impacto en el mundo de la
abogac�a, pues es el primero que deduce responsabilidad penal de un
acto de pensamiento.
Seg�n el auto, el acusado advirti� a su v�ctima en reiteradas ocasiones
de que "si no bajaba la m�sica y dejaba de traerse amiguitos a su casa,
se har�a dos pajas pensando en ella a cuatro patas". El propio acusado
reconoci� ante el juez haber cumplido su advertencia, "incurriendo en
una grave manipulaci�n de la identidad de otra persona" sin su
consentimiento. Al parecer, ambos manten�an reiterados litigios
relacionados con las costumbres de la demandante, que compart�a su
vivienda con estudiantes. Durante el juicio, el abogado defensor le
espet� al juez que "todo el mundo se ha imaginado alguna vez a otra
persona en actitud sexual", e incluso le conmin� a afirmar si �l no lo
hab�a hecho nunca, lo que condujo a su recusaci�n inmediata y
sustituci�n por un abogado de oficio, lo cual ha sido objeto de recurso
por crear indefensi�n al acusado. Seg�n el Fiscal, "el problema no es
tanto el hecho de tener esos pensamientos, sino el de haberlo
comunicado". De otra forma, "no hubiera sido posible denunciarlo". El
acusado tendr� que pagar 150 euros por cada "acto", lo que suma 3.500
seg�n la sentencia. Adem�s, "no podr� volver a comunicar a la
demandante sus intenciones ni repetir sus actuaciones".
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Salutacions
Albert F.



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