El Friday 06 June 2008 12:11:06 Iñaki Silanes escribió:
> On Friday 06 June 2008, Unai Martinez wrote:
> > Kaixo!
> >
> > Y por mi parte he preguntado a la Subdirectora de Ordenación Académica y
> > Profesorado de mi centro, Itziar Martija, EUITI Bilbo, y me ha comentado
> > normativa en pantalla que, como ya ha aparecido por aquí, en cualquier
> > caso la autoría corresponde al alumno. Pero que, a la hora de licenciarlo
> > sería necesario tener en cuenta quienes han participado en el proyecto.

Lo dice bastante claro la normativa sobre Régimen de la
Propiedad Intelectual e Industrial de la UPV,
que está en 
http://www.ikerkuntza.ehu.es/p083-8991/es/contenidos/informacion/vri_patentes_indice/es_vri_pain/adjuntos/normativa2007.pdf

"Artículo 6.– Trabajos universitarios desarrollados
por estudiantes.
   1.– Salvo que previamente a su realización se pacte
por escrito la titularidad compartida, determinando los
porcentajes aplicables, la titularidad de los derechos de
propiedad intelectual procedentes de trabajos desarro-
llados en el ámbito universitario por estudiantes corres-
ponderá al interesado.
   2.– En el supuesto de que dichas actividades dieran
lugar a programas de ordenador, bases de datos o in-
venciones patentables, el alumno deberá firmar, con an-
terioridad al desarrollo del proyecto, un documento de
cesión de los derechos de explotación derivados de aqué-
llos, a favor de la Universidad.
   3.– En el supuesto de personal becario investigador
en formación la propiedad industrial corresponde a la
Universidad, debiendo figurar dicha previsión en la co-
rrespondiente convocatoria."



-- 
Ignacio Diaz-Emparanza  
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA APLICADA III (ECONOMETRÍA Y ESTADÍSTICA)               
                         
UPV/EHU
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