El 2/08/06, Alan Ortiz<[EMAIL PROTECTED]> escribió:
Un acuerdo corporativo cambia ese panorama. Cambia el costo de las licencias. El tipo de soporte. etc. Un proveedor (de cualquier tipo) hace cosas a las que inicialmente no se había comprometido sólo por el hecho de mantener la relación comercial intacta (o al menos en buenos términos). Eso claro, si la relación comercial vale la pena.
Asi es. Por ejemplo eso sucede en el caso de RedHat. Necesitas aceptar sus términos de licenciamiento en dondo comienzas a renunciar a algunos derechos con tal de poder contar con el soporte de ellos. Por ejemplo, tu puedes tener una suscripción al RHEL y tener 20 máquinas más con CentOS por ejemplo. Podrias aplicar los parches (que obtienes legalmente) a los CentOS porque son totalmente compatibles a nivel binario pero no tienes derecho a hacerlo porque en la EULA de RHEL renuncias a hacer ese tipo de cosas. Ahora, creo que el tema lo debemos dejar ahi. Tu comentario tiene sentido en el contexto de la gratuidad, si el derecho a uso es gratis o no es gratis, etc. Lo importante del software opensource no es la gratuitad sino el modelo de desarrollo que sigue, en donde lo más importante es que cualquier persona que quiera mejorar el software o adaptarlo va a poder obtener el código fuente y va a tener el permiso legal para hacer una obra derivada cumpliendo con algunas condiciones exigidas. En un próximo correo pienso tocar ese tema. Antonio _______________________________________________ Linux-plug mailing list [email protected] http://www.linux.org.pe/cgi-bin/mailman/listinfo/linux-plug
