Para el caso del pdf a guardar tiene que ser una sola copia o el pdf debe
contener el original y duplicado
Muchas gracias
El jun. 28, 2015 9:03 PM, francisco prieto fajpri...@gmail.com escribió:
En la facturación electrónica podes declarar los remotos, pero no estas
obligado a hacerlo, pero en el caso de lo comprobantes electrónicos lo
único que sirve es el formato pdf, es más la resolución también aclara que
ante una inspección el impreso no es un documento válido. De modo que estas
obligado a tener a mano una copia pdf, con lo cual en todo caso co una sola
impresora te alcanza.
Saludos
Pancho
Córdoba
Argentina
El dom, 28 de junio de 2015 11:11, Nicolas Arnaldo
arnaldonico...@gmail.com escribió:
Me refiero a tener dos impresoras por una cuestión de practicidad, para
no tener que cambiar el papel cada vez que se imprima una factura, o como
lo manejan ustedes?
El 28 de junio de 2015, 10:54, Nicolas Arnaldo arnaldonico...@gmail.com
escribió:
Saludos, tengo la siguiente duda: Que pasa con los remitos y la
facturacion electronica? Es decir, tengo varios clientes que tienen en sus
remitos un numero de CAI, a partir de la implementacion de la facturacion
electronica, las facturas serán impresas directamente por el sistema,
obteniendo el numero de CAE en forma on-line, pero los remitos poseen el
viejo numero CAI. Ña resolucion, si no me equivoco, dice que el original de
la factura debe estar impreso en soporte de papel, o sea que el cliente
debera tener dos impresoras, una para las facturas y otra para los remitos
preimpresos con CAI ?