Para el caso del pdf a guardar tiene que ser una sola copia o el pdf debe contener el original y duplicado Muchas gracias El jun. 28, 2015 9:03 PM, "francisco prieto" <fajpri...@gmail.com> escribió:
> En la facturación electrónica podes declarar los remotos, pero no estas > obligado a hacerlo, pero en el caso de lo comprobantes electrónicos lo > único que sirve es el formato pdf, es más la resolución también aclara que > ante una inspección el impreso no es un documento válido. De modo que estas > obligado a tener a mano una copia pdf, con lo cual en todo caso co una sola > impresora te alcanza. > Saludos > Pancho > Córdoba > Argentina > > El dom, 28 de junio de 2015 11:11, Nicolas Arnaldo < > arnaldonico...@gmail.com> escribió: > >> Me refiero a tener dos impresoras por una cuestión de practicidad, para >> no tener que cambiar el papel cada vez que se imprima una factura, o como >> lo manejan ustedes? >> >> El 28 de junio de 2015, 10:54, Nicolas Arnaldo <arnaldonico...@gmail.com> >> escribió: >> >>> Saludos, tengo la siguiente duda: Que pasa con los remitos y la >>> facturacion electronica? Es decir, tengo varios clientes que tienen en sus >>> remitos un numero de CAI, a partir de la implementacion de la facturacion >>> electronica, las facturas serán impresas directamente por el sistema, >>> obteniendo el numero de CAE en forma on-line, pero los remitos poseen el >>> viejo numero CAI. Ña resolucion, si no me equivoco, dice que el original de >>> la factura debe estar impreso en soporte de papel, o sea que el cliente >>> debera tener dos impresoras, una para las facturas y otra para los remitos >>> preimpresos con CAI ? >>> >>> >>> >>