Hola Ariel,

Muchas gracias por tu data. Osea, vos colocas los productos como IVA exento 
(%0.00) en la tabla de articulos simplemente. Harias las Facturas A, pero si 
todos los productos son exentos, seria IVA $0.00 y colocas en IVA ventas el 
importe en la columna EXENTO.
Disculpa mis desconocimientos...

Pregunta:
¿Vos tenes sistemas hechos para Droguerías? Si es asi, me gustaria contactarte 
a tu privado...si no te molesta, por supuesto...

Saludos,
Sergio Castellari



  ----- Original Message ----- 
  From: Ariel Arrebola 
  To: GUFA List Member 
  Sent: Monday, February 28, 2011 1:02 PM
  Subject: [GUFA] Sistemas de Importacion y Droguerias...


  Sergio, con respecto a las droguerías, ellas pagan IVA, pero lo asumen como 
costo de producto y venden a sin IVA, por lo cual yo marque en la tabla 
"Artículos" (por así llamarla), si el producto lleva IVA o no. De esa manera 
solo le coloco IVA a los productos que lleva (accesorios) y a los que no se 
coloca 0.


  Espero me aya explicado bien, de no ser así no tengo problema y volver a 
tratar de sacar tus dudas.


  Saludos.


  Ariel Arrebola




  El 28 de febrero de 2011 12:34, Sergio D.Castellari 
<sergio197...@yahoo.com.ar> escribió:

    Hola Luis,

    Gracias por tu información. Pero, como puede ser que en un comprobante A, 
no se discrimine el IVA?...y en cuyo caso, como se almacena en IVA Ventas?
    Si sabes cual es la reglamentación de la AFIP, podrias pasarmela?

    Te agradecería mucho!

    Saludos,
    Sergio Castellari


      ----- Original Message ----- 
      From: Luis Dalmasso 
      To: GUFA List Member 
      Sent: Saturday, February 26, 2011 5:51 PM
      Subject: [GUFA] Sistemas de Importacion y Droguerias...


      no es por la condicion del que la emite sino por el producto que  las 
droguerias venden y son de dos tipos de productos:
      producto con iva de medicamentos ( que no se discrimina ni para la compra 
ni para la venta y se calcula la posicion fiscal por un mecanismo de prorrateo 
que no incide en tus sistemas)
      productos con iva no medicamentos ( muy comun en los suplementos 
dietarios y otros productos que pueden fabricar los laboratorios y comecializar 
las droguerias y no esta alcanzado por el regimen de iva para medicamentos) 
esto se dicriminan y llevan una tasa del 21

      saludos
      Luis Dalmasso


      El 26 de febrero de 2011 00:14, Sergio D.Castellari 
<sergio197...@yahoo.com.ar> escribió:

        Hola gente,

        Tengo las siguientes dudas:

        1.- Que tipo de campo y tamaño utilizan para guardar los N° de 
despachos de Aduanas (Argentina)
        2.- Me consultaron para un sistema de una Droguería, y entre otros 
temas hay uno que me confundió y necesitaria alguna explicación de algun 
conocedor:
        Resulta que hacen Facturas 'A' SIN IVA discriminado!!!..segun sus 
dueños por que son emisores EXENTOS de IVA...o algo asi...!!!???...osea los 
medicamentos tienen IVA incluido pero no pueden Discriminarlos al venderlos, 
aun siendo Resp.Inscrito a Resp.Inscripto.  ¿Esto es correcto? ¿alguien me 
puede orientar? ¿Como debo tratarlos en el libro Iva Ventas?

        Saludos,
        Sergio Castellari 

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