La documentacion dice que cuando no cumplis ciertos requisitos es que se
pueden emitir comprobantes M y te autorizan hasta 100. No me parece que
sea una cuestión de tiempo en meses, mas bien que por alcanzar los
requisitos o alcanzar el limite de comprobantes (pero al ser webservice
no seria este caso). Dentro de las condiciones esta la presentación de
bienes personales o ganancias (que deberian haber estado) pero tambien
ser propietario de inmueble o automotor ¿Puede haber cambiado alguna
condición?
Coincido con Walter, en mi opinión debería consultar tu cliente con le
AFIP. A mi no me ha pasado y no encontre ninguna referencia un limite de
5 meses.
Personas físicas
Presentación de la última declaración jurada vencida del impuesto sobre
los bienes personales con un importe igual o superior a $ 305.000, ó la
presentación de la declaración jurada del impuesto a la ganancia mínima
presunta por un importe igual o superior a*$ 200.000*, según corresponda.
Titularidad exclusiva o compartida de inmuebles por un importe igual o
superior a*$150.000.*- (valuación fiscal al último 31 de diciembre o
valor de escritura, el mayor) y/o
Titularidad exclusiva o compartida de automotores por un importe igual
o superior a*$150.000*.- (último valor publicado por AFIP o valor del
contrato de seguro )
Demás Responsables
Presentación de la última declaración jurada vencida del impuesto sobre
los bienes personales con un importe igual o superior a $ 305.000.
Presentación de la última declaración jurada vencida del impuesto a
la*Ganancia Mínima Presunta*con un importe igual o superior a $ 200.000.- ó
Titularidad exclusiva o compartida de inmuebles por un importe igual o
superior a*$150.000.*- (valuación fiscal al último 31 de diciembre o
valor de escritura, el mayor) y/o
Titularidad exclusiva o compartida de automotores por un importe igual
o superior a*$150.000*.- (último valor publicado por AFIP o valor del
contrato de seguro).
*Los sujetos que NO acrediten las condiciones patrimoniales serán
autorizados a emitir comprobantes clase "M", salvo que ejerzan la opción
para emitir comprobantes clase "A" con la leyenda "PAGO EN C.B.U.
INFORMADA".*
En caso de ejercer esta opción, debe informar la C.B.U. correspondiente
a la cuenta corriente o caja de ahorro en la que deberá ser depositado
el monto total facturado.
La clave debe ser la del responsable inscrito que ejerce la opción de
emitir comprobantes clase "A" con leyenda. Si la cuenta bancaria
declarada fuera de titularidad compartida, la C.B.U. no podrá ser
utilizada por otros titulares. LaC.B.U
<http://www.afip.gob.ar/genericos/nuevosInscriptos/consultaCbu.asp>. que
debe utilizarse, se publica en la página de internet de AFIP.
En todos los casos, debe acompañarse la*documentación
respaldatoria*pertinente (título de propiedad, documentación que
acredite el valor fiscal, constancia de C.B.U. emitida por la entidad
bancaria, etc.), en original y copia para su cotejo.
Los comprobantes a emitir se limitarán a las cantidades que se indican a
continuación:
*Comprobantes clase "A":*sin límite de cantidad
*Comprobantes clase "A con la leyenda" :*100 comprobantes.
*Comprobantes clase "M":*100 comprobantes.
Cuando dicha cantidad resulte insuficiente, los sujetos podrán solicitar
autorización para imprimir nuevos comprobantes
El 02/11/2015 a las 11:32, Walter Comito escribió:
Yo también tenia ese problema. Era porque el cliente tenia un problema
de presentación de balances en la afip.
Le dieron para facturar con M hasta que solucionara ese problema.
Aparentemente es como que tiene un periodo de vcto. Estos tipos de
comprobantes.
Lo que te sugeriría es que el contador hable a la afip y vea en que
estado esta el tema o porque lo bloquearon nuevamente.
Gracias.
*Walter Cómito*
Analista de Sistemas
MP 0397 C.P.C.I.P.C.
*****[email protected] <mailto:[email protected]>*
***[email protected] <mailto:[email protected]>*
*'****+54 351 494.4667*
* 153.292.707*
**
*þ****www.softram.com.ar <http://www.softram.com.ar/>*
QSi no es necesario, no imprima este correo.
Todos somos responsables por el cuidado del medio ambiente.
*NOTA DE CONFIDENCIALIDAD*
Este mensaje (y sus anexos) es confidencial y puede contener
información de propiedad
exclusiva de Walter Cómito (SRS Sistemas). Si usted ha recibido este
mensaje por error,
por favor comuníquelo inmediatamente a _walter.comito
<mailto:[email protected]>[email protected] <http://gmail.com/>_ y
tenga la amabilidad
de eliminarlo; no deberá copiar el mensaje ni divulgar su contenido a
ninguna persona.
Muchas Gracias.
*De:*[email protected] [mailto:[email protected]] *En nombre de *Cristian
Conte
*Enviado el:* lunes, 02 de noviembre de 2015 9:41
*Para:* GUFA List Member
*Asunto:* [GUFA] CONSULTA
Buen dia, tengo un cliente, que comenzo a facturar con comprobante
tipo M con webservice desde el 01/07/2015, hoy 02 de noviembre quiere
comenzar a facturar, y el servcio de webservice me devuelve la
siguiente leyenda, NO AUTORIZADO A EMITIR COMPROBANTES LA CUIT
INFORMADA NO SE ENCUENTRA AUTORIZADA A EMITIR COMPROBANTES CLASE 'M',
la consulta sera que automaticamente en el 5 mes lo pasen a
comprobante clase 'A' , a alguien le ha sucedido esto.
Muchas GrACIAS.
Cristian Conte
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