Del regaño hasta ahora lo mas cercano que hay en el Reglamento es esto:

ARTÍCULO 50: En cada entidad se implementarán los controles y 
procedimientos para protegerse contra virus y otros programas dañinos 
que puedan afectar los sistemas en explotación, así como para impedir su 
generalización. Para la protección contra virus se utilizarán los 
programas antivirus de producción nacional u otros autorizados 
oficialmente para su uso en el país, debidamente actualizados.

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"50 Años de Educación en Revolución"

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Este mensaje ha sido analizado por MailScanner
en busca de virus y otros contenidos peligrosos,
y se considera que está limpio.


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