2008/11/17 Maykel Moya <[EMAIL PROTECTED]>: > El lun, 17-11-2008 a las 11:35 -0500, [Webmaster]_Yoel_Villarreal > escribió: > >> A lo mejor con las redes pasa lo mismo que esto: >> >> ARTÍCULO 76: Se prohíbe el establecimiento de cuentas de correo >> electrónico desde entidades estatales en servidores que se encuentran en >> el exterior del país, considerando la inseguridad que el empleo de los >> mismos implica para la entidad *por hallarse fuera del control del >> Estado Cubano*. Si de manera excepcional por no haber otra alternativa, >> surgiera esta necesidad de forma puntual, tiene que ser aprobada >> previamente y por escrito por la dirección de la entidad, a partir de la >> valoración de las razones existentes, especificando claramente el tipo >> de información que se va a transmitir y el plazo de vigencia de esta >> modalidad. > > No, no tiene nada que ver. Se puede potenciar una red wifi no conectada > directamente a Internet, si no hay conexión directa a Internet entonces > no hay riesgo de que establescan cuentas en servidores en el exterior > del país. >
Que de hecho es una cosa absurda y de las más absurdas que hay en esa ley que es la primera que hay que quitar de raíz... y que me alegro que haya más que se la hayan leído y se la sepan y se la transmitan a los demás ;) -- Regards, Olemis. ------------------- Embrace change today, the Global Day against Olemofobics... Even if you've ever seen'im, Olemis exists, and he loves you All you need is a little bit of faith ... ;) (¤)(o) D'u c what I c ? >E >E >E >E >E _______________________________________________ Cancelar suscripción https://listas.softwarelibre.cu/mailman/listinfo/linux-l Buscar en el archivo http://listas.softwarelibre.cu/buscar/linux-l
