Con respecto al tema del uso del espectro de radiofrecuencias, creo
particularmente que toda vez que se haga sobre medios libres (900mhz,
2.4Ghz, etc) no estas fuera de la ley. Existen varios dispositivos
electrodomésticos que usan frecuencias que no necesitan de una licencia de
conatel, tengo entendido gracias a convenciones internacionales.
Particularmente creo que si tengo acceso a internet puedo compartirlo
siempre y cuando no me salga de las frecuencias libres. Aca entra un tema
referente a la propiedad privada y cuestiones derivadas.

El karaku del tema pasa por el tipo de competencia que estarías ejerciendo
en desmedro de las ganancias de los PROVEEDORES DE INTERNET al cobrar por
"compartir" tu señal. Supongo que los juristas van a ver este tema
principalmente desde este punto de vista.

Particularmente creo que con el ordenamiento jurídico actual se pueden
implementar redes comunitarias, siempre y cuando no existan fines de
*LUCRO*(entiendo, en este caso, que existe lucro si la suma de lo que
cobras es
superior a lo que pagas a tu ISP)

En síntesis, considerando que el ancho de banda que compraste es de tu *
propiedad*:

Si no existe lucro y si compartis por medio de frecuencias libres, entonces
la actividad es lícita.

Atte,

Víctor Sachelaridi
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