Hola Raúl,
me encontré con la gente de la Asociación de Usuarios de Intermet y les
pregunte de esto y me dice que de hecho esta asi.. art 24 y 25
Ahora.. lo que si tiene que pasar es que el contrato con la prestadora (tigo,
personal, copaco, multicanal, etc.) permita eso (probablemente no puedas usar
un plan home para el efecto). en el caso de que obtengas la señal en forma
internacional deberias registrarte como isp en la conatel (entiendo que el
procedimiento se facilitara para el efecto)
Por otra parte la ley permite el uso de la frecuencia wifi libremente hasta
cierta potencia (muy poca).. y ese es el mayor problema... no se como se hace
para obtener permiso para tener mayor potencia.
Tambien esta interesante el art 33 que habla que un isp de mas de 100 users,
"debe poner a disposición de la CONATEL, sin costo alguno, un 1% (uno
por ciento) del total de cuentas de usuario, o su equivalente en ancho de
banda, a efectos de ser utilizadas, dentro de su área efectiva de servicio, en
ámbitos educativos y de salud pública, para el acceso a Internet." como
compromiso social
La verdad que esta linda la propuesta..
Saludos,
Iván.-
________________________________
De: Raul A. Jager W. <[email protected]>
Para: Lista de discusion de grupos de Software Libre en Paraguay
<[email protected]>
Enviado: miércoles, 21 de enero, 2009 10:02:13
Asunto: Re: [lista-sl] Sobre redes inalambricas comunitarias
El permiso de compartir debe ser parte del contrato, o de la ley que lo
regula.
Si compro un kilo de helado lo puedo compartir libremente con quien
quiera, si compro un libro no tengo el derecho a repartir copias, salvo
que lo contrate explicitamente con el autor.
Seria bueno que la ley sobre Internet diga en forma explicita que la
señal puede ser compartida. Esto podria ser fijo, o sujeto a clausula
del contrato. De esa manera, si el contrato no dice nada, eres libre
de compartir, si tu contrato especifico te lo limita, entonces no.
Pero, un contrato limitante deberia ser mas barato.
Raul
Víctor SACHELARIDI G. wrote:
Con respecto al tema del uso del espectro de
radiofrecuencias, creo particularmente que toda vez que se haga sobre
medios libres (900mhz, 2.4Ghz, etc) no estas fuera de la ley. Existen
varios dispositivos electrodomésticos que usan frecuencias que no
necesitan de una licencia de conatel, tengo entendido gracias a
convenciones internacionales. Particularmente creo que si tengo acceso
a internet puedo compartirlo siempre y cuando no me salga de las
frecuencias libres. Aca entra un tema referente a la propiedad privada
y cuestiones derivadas.
El karaku del tema pasa por el tipo de competencia que estarías
ejerciendo en desmedro de las ganancias de los PROVEEDORES DE INTERNET
al cobrar por "compartir" tu señal. Supongo que los juristas van a ver
este tema principalmente desde este punto de vista.
Particularmente creo que con el ordenamiento jurídico actual se pueden
implementar redes comunitarias, siempre y cuando no existan fines de LUCRO
(entiendo, en este caso, que existe lucro si la suma de lo que cobras
es superior a lo que pagas a tu ISP)
En síntesis, considerando que el ancho de banda que compraste es de tu
propiedad:
Si no existe lucro y si compartis por medio de frecuencias libres,
entonces la actividad es lícita.
Atte,
Víctor Sachelaridi
________________________________
___________________________________________________________________
lista : Lista-sl
direccion : [email protected]
preferencias: http://www.linux.org.py/mailman/listinfo/lista-sl
¡Todo sobre la Liga Mexicana de fútbol! Estadisticas, resultados,
calendario, fotos y más:<
http://espanol.sports.yahoo.com/___________________________________________________________________
lista : Lista-sl
direccion : [email protected]
preferencias: http://www.linux.org.py/mailman/listinfo/lista-sl