Marcelo: respeto tu opinión, que obviamente no comparto. Es evidente que la resolución de la Sala IV despeja una serie de temas. Por supuesto uno puede estar en desacuerdo con esa resolución, pero al plantear la armonía, por ejemplo, del TLC con el ordenamiento jurídico en materia ambiental, quedan sin base temas como la territorialidad, agua, recursos naturales y otros argumentos alejados del contenido del TLC. Digo esto por tu referencia sobre las implicaciones del TLC. Igualmente me parece inconsistente este planteamiento en la medida que ya existían otros tratados muy parecidos que permitían visualizar que sería el TLC.
Es curioso (sin intención de sospechismo, según Varguitas en su columna de hoy) que la oposición no haya asumido una actitud constructiva sobre las opciones para aprovechar las oportunidades y neutralizar los riesgos. Eso habría sido una buena contribución para el país, especialmente si se considera que los indicadores existentes (encuestas también cuestionadas por la oposición, pero a mi juicio un buen instrumento de medición) siempre han mostrado una muy buena posibilidad de que el TLC será aprobado por clara mayoría. Me parece que el Gobierno ha tomado algunas medidas bien orientadas (a pesar el inmovilismo legislativo), ha cambiado la tendencia reciente de reducir el gasto social y tiene un Plan de Desarrollo que señala el camino a seguir hasta el 2010. Vos preguntás dónde están las políticas y programas, pero, en ámbito nacional y en nuestro propio foro hemos ignorado esos temas. Yo hice varias invitaciones para discutir el PND, pero no recibí respuestas de nadie. Creo que, además, como buen demócrata vos seguro valorás la opinión de la población (sin tener que compartirla, a lo mejor estamos mal informados), que en la última encuesta sólo un 12 o 13% calificaba de mala o muy mala la administración Arias. Respeto mucho tu opinión, la de Luis Fernando, Luis Gmo Solís y muchos otros excelentes profesionales y buenos costarricenses, pero igualmente es respetable la de los demás. Debe haber algún mérito en ella, en el mejor de los casos para admitir que hay algún curso social que muchos consideramos como saludable y positivo para el país. Podría incluso ser el correcto (poco probable, porque todo es perfectible). Repito lo que he dicho antes. Deberíamos hacer una tregua, esperar el resultado y luego trabajar en función de este. Saludos. Eduardo Simplemente para ilustración de todos incluyo lo siguiente: La constitucionalidad del TLC Por mayoría de 5 a 2 la Sala decidió lo siguiente: * El mecanismo arbitral inversionista-Estado y la Comisión de Libre Comercio son conformes con la Constitución, incluyendo la facultad de dicha Comisión de adoptar por consenso interpretaciones del Tratado obligatorias para los tribunales arbitrales. La Sala considera esa facultad como una garantía de que se respeten los intereses, las leyes y la Constitución de nuestro país y que esto se refleje en el mecanismo de solución de controversias, ya que el representante de Costa Rica intervendrá en cualquier interpretación del Tratado que haga la Comisión de Libre Comercio. * El Tratado preserva la facultad de los Estados de dictar medidas justificadas y no discriminatorias tendientes a proteger la salud y la vida humana, animal y vegetal. No hay inconstitucionalidad alguna en los artículos 9.14 y 10.9.3. * El capítulo 15 sobre propiedad intelectual no viola el derecho a la vida y a la salud en relación con el acceso a los medicamentos. Se reafirma el respeto a la Declaración de Doha sobre salud pública. No se impiden las licencias obligatorias ni las importaciones paralelas conforme al Acuerdo ADPIC de la OMC. El Tratado no cambia la obligación del Estado de garantizar el efectivo acceso a un sistema de seguridad social universal y solidario. * El anexo 13 sobre telecomunicaciones no se aplica retroactivamente en perjuicio del ICE. * Las normas sobre expropiación del capítulo 10, incluyendo el concepto de expropiación indirecta, son conformes con la Constitución. * El capítulo ambiental del Tratado es plenamente compatible con la Constitución, quedan a salvo todas las leyes ambientales que ya rigen en el país, y el Estado no pierde su poder regulatorio en esta materia. * Es irrelevante constitucionalmente para Costa Rica lo que disponga la ley interna de Estados Unidos relativa al proceso de certificación del Tratado. * Es improcedente entrar a conocer sobre supuestos vicios en el trámite legislativo del TLC en virtud de que el proyecto fue convocado a referéndum. Las cuestiones de trámite relativas al referéndum son competencia del TSE. Por mayoría de 6 a 1 la Sala decidió lo siguiente: * La reserva II-CR-3 hecha por Costa Rica en el anexo II del Tratado permite proteger a los grupos menos favorecidos, incluyendo los grupos indígenas, por lo que se respeta la Constitución. * No hay inconstitucionalidad alguna en la definición de territorio contenida en el Tratado, ni el Tratado implica una modificación de los límites territoriales del país. * y da, previamente al referéndo, la tranquilidad de que el Tratado fue revisado por la instancia competente y considerado acorde con la Constitución. * No es inconstitucional la posibilidad de que el Estado incorpore reglamentos técnicos de otros países cumpliendo con los procedimientos jurídicos internos. Por unanimidad la Sala decidió lo siguiente: * El artículo 22.7 relativo a la denuncia es constitucional. Costa Rica puede denunciar el Tratado en cualquier momento, la denuncia regiría 6 meses después y para modificar ese plazo se requeriría acuerdo de todas las partes, incluyendo Costa Rica. * El anexo 13 de telecomunicaciones no es discriminatorio en materia de costos contra el ICE ni permite evadir los procedimientos de licitación en la asignación de licencias para el uso del espectro. * El Consejo de Asuntos Ambientales creado en el Tratado contempla canales de participación ciudadana y no excluye los existentes en la legislación nacional, por lo cual no presenta ningún roce constitucional. * No hay inconstitucionalidad alguna en el capítulo laboral del Tratado, el cual permite mantener o aumentar los estándares laborales y asegura el respeto a los convenios de la OIT y a los derechos y garantías laborales previstos en la Constitución. * No se observa violación constitucional alguna en cuanto al uso de listas negativas o listas de medidas disconformes en la negociación del TLC. * La ley de armas no fue incluida como medida disconforme porque no presenta ninguna inconsistencia con el Tratado. La inclusión de las armas y demás bienes en las listas arancelarias es solo para efectos arancelarios, no impide al país invocar su legislación interna y las normas pertinentes del Tratado para restringir o regular el comercio de esos bienes. * No hay inconstitucionalidad alguna en el capítulo 9 sobre contratación. Se preservan la regla general de la licitación pública, los principios de la contratación administrativa y las atribuciones de la Contraloría. * Es intrascendente desde el punto de vista constitucional la definición de territorio de Estados Unidos contenida en el Tratado. * El Tratado no viola las normas constitucionales relativas a la autonomía municipal. * El artículo 11.7 no obliga a que otros Estados intervengan en el proceso de formación de la ley, más bien refuerza la transparencia. * La resolución de la Sala evidencia claramente que los roces de constitucionalidad alegados se basaron en su mayoría en interpretaciones incorrectas, irrazonables o extremas del Tratado. Asimismo, acaba con una serie de mitos que se han esparcido en torno a las supuestas inconstitucionalidades _____ De: Marcelo Prieto [mailto:[EMAIL PROTECTED] Enviado el: miércoles, 18 de julio de 2007 20:16 Para: Eduardo Carrillo V CC: Luis Fernando Diaz; [EMAIL PROTECTED]; [EMAIL PROTECTED]; Lista PLN; [EMAIL PROTECTED] Asunto: Re: [pln] Convicatoria Asambleas Provinciales Un momentito Eduardo: interpretemos lo que queramos, pero atengámonos al acuerdo. El Congreso definió claramente que la agenda nacional complementaria estaba o estaría constituida por un conjunto de leyes, y precisamente por eso específicamente comprometió a la Fracción Parlamentaria a aprobarla. Pero podríamos entender, para seguir conversando, que son políticas o programas que cumplan el mismo propósito definido por el Congreso y que deben acompañar el Tratado: ¿ dónde están ? Pero tenemos que reconocer una cosa: en ese momento, en el del Congreso, no se conocían todas las implicaciones del Tratado, su contenido contrario a los intereses nacionales y sus implicaciones verdaderamente perversas en diversos ámbitos. Estoy seguro de que si se hubiera conocido, el Congreso habría comprendido que ni con todas las leyes del mundo podria contrarrestarse el perjucio que le causa al país, y lo habría rechazado, para lograr una negociación que de verdad permita la apertura comercial justa y equilibrada, conveniente a los intereses nacionales, en este nuevo mundo globalizado. No una negociación neocolonial propia del pasado más lamentable. Saludos, estimado Eduardo Marcelo Prieto El día 18/07/07, Eduardo Carrillo V <[EMAIL PROTECTED]> escribió: Yo lo he leído, Marcelo. Me parece que la interpretación que hacés en el documento que nuevamente circulastes tiene una lectura rígida y literal, que no me parece válida (tiene validez de forma, no de contenido). No puedo percibir la agenda complementaria como un proyecto de ley aprobado por la asamblea legislativa. Puede ser una propuesta, tipo ruta de navegación o un compromiso formal, pero difícilmente un proyecto de ley. Lo central a mi juicio es si, en contenido y no necesariamente en forma, el Gobierno ha asumido una agenda nacional complementaria (medio) para "aprovechar efectivamente las oportunidades al tiempo que se neutralizan los impactos negativos" (propósito). El argumento del proyecto de ley es peligroso. Se podría razonar que contar con el proyecto de ley sería irrelevante, si no se cumplen las acciones pertinentes que le den un valor real en beneficio de todos. En términos literales, la aprobación del proyecto de ley sería suficiente para ser consistentes con el Congreso. Me parece que la agenda complementaria existe. Existe en las acciones del Gobierno en escasos 14 meses de gestión: infraestructura, pensiones no contributivas, vivienda, educación, avancemos, más recursos para educación, control de la evasión fiscal y crecimiento del gasto social, entre muchas otras cosas. Y en el PND que define los compromisos para el resto del período. De modo que la diferencia realmente se concreta a si se cumple literalmente con una expresión talvez desafortunada (ley aprobada por el Congreso) o con el contenido de la política social del Gobierno. La discusión del TLC sigue pesada, a pesar de que, queramos o no, muchos de los temas de discusión han pasado a mejor suerte con el pronunciamiento de la Sala IV. Deberíamos de hacer un alto en el camino, esperar la decisión del referendo y luego retomar temas de interés común, como tu propuesta (a Saúl) de discutir la socialdemocracia en el entorno actual (para evitar el término renovado o remozado). Saludos. Eduardo _____ De: [EMAIL PROTECTED] [mailto:[EMAIL PROTECTED] En nombre de Luis Fernando Diaz Enviado el: miércoles, 18 de julio de 2007 17:26 Para: [EMAIL PROTECTED] CC: [EMAIL PROTECTED]; Lista PLN; [EMAIL PROTECTED] Asunto: Re: [pln] Convicatoria Asambleas Provinciales Porqué no leen el documento del Congreso No estan largo ni tan difícil, me parece... LFD Salud Marcelo Parece que ya alguien se dió cuenta de la metida de pata y, como decís vos, la falta de respeto incurrida en esa convocatoria y, por eso suspendieron la convocatoria precipitada a las Asambleas Provinciales. Aprovecho este medio y esta oportunidad para recordarle con todo cariño y respeto a René Castro que no es para nada conveniente el atribuirle al Congreso Daniel Oduber acuerdos que no se tomaron, especialmente cuando algunos de nosotros estábamos allí. Una vez más, el Secretario General encuentra ahora una disyuntiva y una oportunidad de oro para hacer de árbitro conciliador, fiel de la balanza, equilibrio y, en el futuro, unificador de las diferenctes tendencias de opinión que se manifiestan dentro del Partido. Con todo aprecio, Luis Fernando Díaz _______________________________________________ Blog: http://www.pln.or.cr/blog lista de correos [email protected] Para desinscribirse o cambiar su configuración http://lista.pln.or.cr/listinfo.cgi/lista-pln.or.cr -- Marcelo Prieto ES LA HORA DE DON JUANITO MORA: NO AL TLC
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