El 10/06/07, Paa.listas <[EMAIL PROTECTED]> escribió:
Promovemos el uso del SL. Sí podes distribuirlo y cobrar. Sólo tenes que ser
idóneo o tener un titulo terciario/universitario/de post grado en carreras
de IT, provincial o nacional, de universidades publicas o privadas que hayan
sido aprobadas por el Ministerio de Educación, y sólo si le hiciste
modificaciones y las queres publicar *y vender*, si solo lo queres
distribuir, no hay ningun problema, que se venda instalado en las PCs que se
armen si se quiere con el CD adjunto.

Perdón por la ignorancia pero ¿En qué parte el proyecto de ley dice
que podés hacer lo que quieras si no cobrás por ello? Yo lo que leí es
que dice que no podés difundir, programar, etc, etc, y en ningún lado
vi que hable de si cobrás o no por ello :| (es más, por como está
redactado, si le explico a mi vieja cómo usar Firefox estoy haciendo
algo ilegal :S)

"Se considera ejercicio de la profesión de Ciencias Informáticas a
toda actividad creativa,
técnica, científica o artística, pública **o privada**, independiente
o dependiente, que
requiera la capacitación que otorga el título profesional en la
carrera en Ciencias
Informáticas." (O PRIVADA, o sea: si lo hago en mi casa, para uso
personal, también estoy haciendo algo contra ésta ley)

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Alejandro Díaz-Caro
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