David G - Usuario Linux Registrado #339166
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Articulo 5º:
"4) Las personas no graduadas en los títulos detallados en los puntos
1, 2 y 3 que prueben
fehacientemente haber ejercido seis años como mínimo la profesión y
que a la fecha de
su presentación desempeñen funciones, cargos, empleos o comisiones que
puedan
considerarse propias del ejercicio de la profesión y se inscriban en
el registro especial
que, a tal efecto, llevará el Consejo Profesional en Ciencias
Informáticas, dentro de los
365 días a contar desde su puesta en funcionamiento y debida publicidad."
Todo muy lindo, pero que pasa de aca en mas? o sea, esto a mi entender solo
corta las ganas que uno tenga por su cuenta de aprender, ya que empezar de
cero es complicado, cursar una carrera acorde a la informatica no a todos
les convence, ya varios se habran dado cuenta que el conocimiento
informatico no pasa necesariamente por un titulo, y es mas, en su mayoria
solo cierran la cabeza. Osea, de aca en mas como seria? te mantenes 6 años
en la "ilegalidad" esperando que alguno contrate "ilegales" para asi formar
tu experiencia para poder entrar en el colegio?
Por las cosas que lei de la ley, hace agua por muchos lugares, este es solo
un ejemplo, y siempre pasa lo mismo,este es un tipico caso de ley por
interes de unos pocos avalado por el desconocimiento de funcionarios, los
que deberian certificar idoneidad antes de aprobar una ley que evidentemente
desconocen, serian los legisladores, saludos
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