Hola Javier.

No hay que confundir el registro de patentes (que tiene que ver con las 
"invenciones") o, como lo llama vuestro INPI, "la propiedad industrial", con 
los derechos de autor de una obra. La Monalisa no es patentable puesto que no 
es una invención; es una creación artistica y, como tal, los derechos de la 
misma sólo pueden ser ejecutados por el autor o bajo su consentimiento.

De hecho, este es el debate al que me refería antes (je, je, je)... es el 
software una invención? (y, por tanto, patentable) o es una creación, una obra?

Nota: En España un "programa de ordenador" NO es patentable "per se" (en virtud 
del Convenio de la Patente Europea).. pero en determinados casos y como parte 
de una invención sí que se puede patentar el conjunto.

Tema interesante, controvertido y que tiene MUCHO que ver con R, con la 
investigación y con la industria.

Un saludo,
Miguel.


El 17/03/2017 a las 12:52, 
[email protected]<mailto:[email protected]> 
escribió:
Estimados

Sobre el registros, por estos lados el registro es o no es necesario, depende 
la persona, en otros términos, supongamos que pinto un cuadro, lo coloco en las 
redes sociales, hay publicación, pero luego aparece en la tapa de una revista 
muy cara, en ese caso hay registros que dicen que soy el autor, puedo reclamar, 
sin embargo estaría complicado que alguien acepte que yo pinte La Geoconda 
(Monalisa), ahora otro puede presentarse en la oficina de propiedad intelectual 
y decir que lo que yo escribí (sin nombrarme) es de él, y no nunca me entero 
hasta que me lo reclame.

En Argentina (que funciona distinto o similar) la parte (organismo) del estado 
se llama IMPI, lleva registros de patentes, logos de empresas, obras de arte, 
software, base de datos, lógicamente no es necesario avisar al estado la 
propiedad de una persona como puede ser la de un automóvil o casa, pero se 
puede realizar el registro, y me comentaron casos reales donde realizando la 
cola había dos personas para lo mismo, y el primero que llega gana, porque esos 
trámites tienen fecha y hora de inicio, lógicamente son temas legales, que 
dependen de cosas que no estamos acostumbrados en esta lista, pero en Argentina 
si desea puede hacer un registro de su propiedad, pero solo sirve en Argentina.

Javier Rubén Marcuzzi

De: 
[email protected]<mailto:[email protected]>
Enviado: viernes, 17 de marzo de 2017 7:27
Para: [email protected]<mailto:[email protected]>; 
[email protected]<mailto:[email protected]>
Asunto: Re: [R-es] Pregunta (debate) sobre licencia R

Efectivamente, la protección y cobertura legal, frente al incumplimiento de la 
licencia, es la misma independientemente del tipo elegido para la obra. En caso 
de conflicto o incumplimiento, la última palabra la tienen las autoridades 
competentes.


Tampoco es necesario registrarla en ningún sitio (eso se hace en el caso de las 
patentes, pero esa ya es otra historia -y otro debate-).


Un saludo,

Miguel.






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