En la epoca en que Juan Carlos I de Borb�n
discurseaba eso de que el castellano siempre
habia sido una "lengua de concordia" y negaba
cualquier posibilidad de que haya sido una
lengua impuesta, cay� en mis manos la transcripcion
de una Real C�dula de Carlos III de 1770
que desment�a ese cuento de hadas. Extravi�
el documento y llevo buscandolo desde entonces.
No he encontrado el original pero he aqu�
la famosa ley que proibe el uso de las lenguas
ind�genas en el Continente Americano.

Frase del d�a: ".. a fin de conseguir que se
destierren los diferentes idiomas que se usan
en aquellos dominios"

Alex Condori


Real C�dula de Carlos III (10 de Mayo, 1770)
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�Por quanto el Muy reverendo Arzobispo de M�xico me ha representado, en
Carta de veinte y cinco de Junio del a�o pr�ximo pasado, que desde que en
los vastos Dominios de la Am�rica se propago la Fe Catholica, todo mi
desvelo, y el de los se�ores reyes, mis gloriosos predecesores, y de mi
Consejo de las Indias, ha sido publicar Leyes, y dirigir Reales Cedulas a
los Virreyes, y Prelados diocesanos, a fin de que se instruya a los indios
en los Dogmas de nuestra Religi�n en Castellano, y se les ense�e a leer, y
escribir en este Idioma, que se debe estender, y hacer �nico, y universal en
los mismos Dominios, por ser el propio de los Monarcas, y conquistadores

[...]

  que cada uno en la parte que respectivamente le tocare, guarden, cumplan y
executen, y hagan guardar, cumplir, y executar puntual, y efectivamente la
enunciada mi real resoluci�n, disponiendo, que desde luego se pongan en
practica, y observen los medios, que van expresados, y ha propuesto el
mencionado muy reverendo Arzobispo de M�xico, para que de una vez se llegue
a conseguir el que se extingan los diferentes idiomas, de que se usa en los
mismos dominios, y solo se hable el Castellano como esta mandado por
repetidas Leyes Reales Cedulas, y ordenes expedidas en el asunto, estando
advertidos de que en los parages en que se hallen inconvenientes en su
practica deber�n represent�rmelo con justificaci�n, a fin de que en su
inteligencia, resuelva lo que fuere de mi Real agrado, por ser assi mi
voluntad. Fecha en Aranjuez a diez de Mayo de mil setecientos setenta

YO EL REY

Dup.do para que en los Reynos de las Indias, Islas adjacentes, y de
Philipinas, se pongan en practica, y observen los medios que se refieren, y
ha propuesto el Arzobispo de Mexico, a fin de conseguir que se destierren
los diferentes Idiomas que se usa en aquellos Dominios, y solo se hable el
Castellano�.

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