Hola Abel Muchas gracias por tu respuesta.
Pido disculpas anticipademente si alguno de los razonamientos que voy a exponer no son muy consistentes, ya que no soy abogado ni mínimamente experto en el tema. aunque me interese y siga con interés vuestras discusiones. Si una licencia CC no quita seguridad jurídica. yo ¿podría emprender en este caso una campaña de divulgación diciendo que esta distribuidora francesa está actuando ilegítimamente y en contra de lo expresado en la licencia CC con la que está publicada?. Porque evidentemente no es tan importante aún siéndolo, al menos para mí, el hecho de conseguir que, en este caso en particular, kormplastics desista de comerciar sacando provecho de un producto por el que no han negociado conmigo ni con cualquier representante legitimado para hacerlo lo más mínimo. Sino más lo es aún que los posibles clientes, evidentemente desprevenidos de que pueden conseguir ese material sin necesidad de desembolsar ni un euro gracias a una decisión tomada libremente por el artista, basándose en el convencimiento de que es la situación que desea que se encuentren, terminen ante un producto comercial gracias a la gestión de una iniciativa que se pasa por el forro cualquier consideración sobre la necesidad del conocimiento libre que haya motivado la elección del propio artista. Este DVD se descargó más de mil veces el primer día que se colgó. La gente que tenía la información sabe dónde acudir a descargarlo porque son habituales visitantes y están informados. Pero los que se aproximan intentando descubrir este territorio pueden perfectamente acabar en las páginas de este catálogo en las que sabemos lo que va a pasarles. Entiendo que, en el caso de Creative Commons la situación no es la misma que la que existe en S.G.A.E. ya que, al no generarse los desproporcionados beneficios que genera la gestión de la S.G.A.E. no se puede contar con una infraestructura similar. En mi opinión la formula S.G.A.E. no es ni mucho menos la más idónea para abordar este tema, pero cuando sucede algo como esto cabe preguntarse ¿qué puede hacer uno para defenderse?. Si se trata de resolver el problema de forma individual, planteando una demanda y asumiendo los costes que pueda generar el litigar con una distribuidora como kormplastics con miles de refrencias en su catálogo, las posibilidades de enfrentar esta situación me parecen un tanto inabordables. Quizás puedan serlo para una importante editorial o una multinacional discográfica o una sociedad de gestión de derechos como S.G.A.E., pero no para las pequeñas iniciativas como los sellos pequeños o los propios artistas. A mi parecer, si no existe una organización que represente los intereses de un colectivo formado por autores y consumidores que cuente con la suficiente representatividad y capacidad disuasoria para que se respete la voluntad de las personas que licencian estos trabajos sobre su utilización es posible que, en los próximos años, estos incidentes sean cada vez más frecuentes. En fín,corto el rollo ya Muchas gracias a todos los que me habeis contestado Un cordial saludo Pedro Lopez _______________________________________________ Cc-es mailing list [email protected] http://lists.ibiblio.org/mailman/listinfo/cc-es
