On Sun, 2003-03-30 at 19:40, Dr Aldo Medina wrote:
> No se si te sirva http://www.cddhcu.gob.mx/leyinfo/122/

Excelente.  �Se agradece, Bernardo! :-)

> Me d� flojera leerlo :-)

No te culpo :-)

Ya alguna vez me hab�a puesto a leer esa ley, para escribir las notas
legales de mi p�gina personal ( http://et.com.mx/mgb/0#legalismos ). 
Pero ahora ya no ten�a una copia a la mano.

Yo s� me acabo de soplar de nuevo casi toda la ley.  Lamentablemente, no
es muy expl�cita en los puntos que de momento me interesan.  Por
ejemplo, no menciona mucho acerca de los tratados internacionales, ni
del idioma de las licencias.  Pero bueno, a la luz de los dem�s
comentarios en este thread, esos puntos son bastante irrelevantes.

Como sea, de esta ley obtengo, en esencia (y tomando en cuenta que no
soy abogado, aplique los disclaimers habituales, etc.):

 * Los programas de c�mputo est�n protegidos por la ley federal mexicana
   del derecho de autor (art. 13).

 * El titular de los derechos tiene la facultad de autorizar o
   prohibir la reproducci�n, distribuci�n y modificaci�n del software
   (art. 106).  Con base en �sto, creo que se puede decir que la GPL
   tiene al menos buen sustento legal.

 * Como corolario, aparentemente, es legal que Microsoft (o cualquier
   otro autor) proh�ba que rentes una copia de un software que t�
   compraste (art. 104).  No entiendo la excepci�n, sin embargo.  Ni me
   queda claro si es permisible la reventa/transmisi�n de derechos (de
   usuario), pero todo parece indicar que no.

Otras curiosidades:

 * En M�xico, a diferencia de Espa�a, la "ingenier�a inversa" es
   ilegal (art. 106) si el titular de los derechos de la obra lo
   proh�be.

 * Las ideas abstractas (estoy pensando en algoritmos) parecen no
   estar protegidos por esta ley (art. 14).  �sto probablemente habr�a
   que cuadrarlo con la legislaci�n que hubiera acerca de patentes.

 * La ley no da protecci�n a autores de viruses, troyanos y similares
   (art. 102).  Esta excepci�n es muy ambigua.

 * Es v�lido hacer un copias de respaldo (art. 105).  E.g., el uso del
   software de Sklyarov es, al menos para este efecto, legal, en
   M�xico.

 * �Tenemos nuesta propia mini-DMCA! (art. 112) Es f�cil ver c�mo este
   art�culo puede entrar en conflicto con el art. 105 (e.g., Sklyarov
   de nuevo).  Me pregunto qu� criterios usar�a un juez para dictaminar
   en un caso como ese.

 * Las obras publicadas deben ostentar la leyenda "Derechos reservados
   (C) <a�o de publicaci�n> <autor>" (art. 17)

 * La ley mexicana del derecho de autor protege a nacionales y a
   extranjeros por igual (art. 7)

 * Aparentemente, la "cl�usula publicitaria" de la licencia BSD est�
   impl�cita en la ley mexicana, y aplica a cualquier obra intelectual
   protegida (art. 57).

 * La ley protege a una obra intelectual hasta 75 a�os despu�s de la
   muerte del autor (art. 29).  Recientemente hubo algunos gritos y
   sombrerazos en Slashdot, pues aparentemente hay una facci�n que anda
   maquinando introducir reformas que extienden �sto a cien a�os (entre
   otras cosas).  Ver
     http://cyberlaw.stanford.edu/lessig/blog/archives/mexican.txt
   Ir�nicamente, creo que estas reformas en general incrementar�an los
   derechos de un autor que use la GPL para proteger su obra.

 * �Es ilegal publicar fotos de gente sin su autorizaci�n! (art. 87)
   Excepto modelos y similares (e.g., personas que obtengan una
   remuneraci�n por dejarse fotografiar la jeta), y fotos de gente
   muerta hace m�s de cincuenta a�os.

 -CR


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