Alex,
me alegro de que plantees el problema, en cierto modo
es una novedad para m� que alguien se lo plantee (adem�s de yo mismo
y los autores de los libros que he le�do), ideolengua es una verdadera
oportunidad de tratar asuntos que no se suelen tratar todav�a en los
foros de ling��stica.
[mariano, escrib�]
> Pienso que quiz�s podr�amos decir que una expresi�n de una
> orden en imperativo es verdadera o es falsa:
> i) si se puede interpretar que es la expresi�n de un estado de cosas
> posible (V) o imposible (F) y, o, que se realiza (V) o que no se realiza
> (F) y ii) si se puede interpretar si se trata (V) o no se trata (F) de
> una orden (una petici�n u otros usos an�logos que se le de a la forma de
> imperativo).
[alex]
Interesante, Watson. No me habia planteado la posibilidad
de que el imperativo pudiese enfocarse como una predicacion
de deseo. En ese caso, me formo una peque�a contradiccion
con los sujetos de dicha predicacion. Segun nos ense�an:
(1) canta [t�]
(2) cantad [vosotros]
Donde hasta ahora yo tomaba [t�] y [vosotros] como
sujetos de la �predicacion? porque tienen concordancia
con el verbo y tal y tal... (bueno, en realidad
nunca pens� que un imperativo pudiera exhibir un sujeto
pero, si hubiera que encontrar algunos, me parecia
verosimil que fueran estos).
[mariano]
Yo dir�a que son esos. Las condiciones de verdad primarias, el grupo que llam�
(i), se relacionan con ya la posibilidad ya la realizaci�n del estado de cosas
deseado. En tus ejemplos, a saber:
(1) canta [t�] ---> '[t�] cantas' o '[t�] est�s cantando'
(2) cantad [vosotros] ---> '[vosotros] cant�is' o '[vosotros] est�is cantando'
Quiz�s se pueda restringir a sola la realizaci�n del estado de cosas, ya
que la posibilidad puede no ser suficiente, y, entonces, los enunciados
imperativos ser�an primariamente realizativos (igual que, por ejemplo,
los que expresan futuro); pero esto es discutible �supone el fracaso
en que una orden se cumpla que no se di� una orden?
Pero, esto no es suficiente para desentra�ar las condiciones de verdad
(es decir, el significado o valor sem�ntico) del imperativo. Sigamos.
[alex]
Ahora, enfocando la cosa como la expresion de un deseo/orden
entiendo que el sujeto no puede ser otro que el hablante mismo
(3) canta = [yo deseo] que cantes
(4) cantad = [yo deseo] que canteis
Y aqu� los valores de verdad quiz� podrian venir,
por ejemplo sobre (1) analizando los valores de
verdad de su equivalente (3). Con lo que
(1) es Verdadero si el hablante realmente ordena
lo que desea pero es falso si ordena aun cuando
no desea lo que ordena. Claro que nadie podria
nunca validar algo que est� en la subjetividad
del emisor de la orden, aparte de que seria una
contradicci�n una orden con un valor de verdad Falso
(es decir, una orden que se enuncia para no ser
cumplida).
[mariano]
La gram�tica distingu�a aparte de las relaciones sint�cticas
en la oraci�n, lo que se llama la modalidad oracional, es decir
el sentido con se dice la oraci�n que se puede desprender de algunas
marcas oracionales: afirmativa, negativa, interrogativa, etc�tera.
En Filosof�a del Lenguaje (sobretodo Ludwig Wittgenstein)
se ha propuesto que siempre que se enuncia algo se realiza
un acto que da significado al enunciado (m�s tarde Austin
escribi� un libro titulado: "Haciendo cosas con palabras" y
Searle desarrollo una Teor�a de los actos de habla). Pero, el
marco te�rico que sigo est� m�s pr�ximo a Paul Grice y sobretodo
a la Teor�a de la Relevancia de Dan Sperber y Deirdre Wilson.
El concepto de *acto de habla* viene a ser una versi�n m�s actual
que abarca al de modalidad, en cualquier caso inclusive las
afirmaciones y negaciones tienen modalidad o son una clase
de acto de habla, por ejemplo, responden a la formas l�gica:
"digo afirmando que". Con esto quiero decir que:
[t�] est�s cantando
no solo tiene como condiciones de verdad un estado de cosas, sino,
tambi�n:
[digo afirmando que] [t�] est�s cantando
Aqu�, se podr�a decir que "digo afirmando que" est� impl�cito en "est�s cantando"
pero desde mi punto de vista en tanto que "est�s cantando" es una forma
en la que reconocemos que codifica presente y afirmativo, ese "digo
afirmando que" es una explicaci�n de lo que est� expl�cito (o codificado)
en la morfolog�a de la forma; as� que la implicitud o explicitud depende en
parte del nivel formal de que se hable. Pero, sigamos, una vez considerado
que toda enunciaci�n tiene unas condiciones de verdad (significado) ligadas a la
modalidad oracional o acto de habla realizado, no hay diferencia entre el
caso de una aserci�n afirmativa y el de una orden:
[t�] est�s cantando ---> [digo afirmando que] [t�] est�s cantando
canta [t�] ---> [digo deseando que] [t�] est�s cantando
Se podr�a dejar aqu�, pero, quiz�s queda algo sin responder, uno de los
problemas m�s interesantes es que es posible usar una forma para algo distinto
de su funci�n primaria. Una forma de imperativo puede usarse para dar
ordenes, pero, asimismo podemos usarla para pedir, rogar, seducir, advertir,...
Por ejemplo:
(1) "Deja lo que haces y ven aqu�"
(2) "Si quieres que te peine, ven aqu�"
(3) "Ven aqu�, por favor"
(4) "Ven aqu�, te lo ruego"
(5) "Ven aqu� y te hago un regalo"
(6) "Ven aqu� y te las ver�s conmigo"
Ven�as a plantear el problema de que la intenci�n con la que se dice
algo es privada y no puede en general ser conocida por el oyente, esto puede ser
cierto para problemas como la verdad y mentira o la certeza sobre las percepciones
que podr�an ser ilusorias o s�bre conocimientos err�neos, pero, *la intenci�n
de expresar algo* para lo que faltan palabras (formas del lenguaje) y que puede
expresarse ostensivamente o calcularse un modo de expresi�n en que podr� ser
inferible a partir del contexto en que vaya a ser relevante entender lo expresado
-esta clase de intenci�n- s� se puede llegar a recuperar en la interpretaci�n. En
todos los ejemplos que he puesto he se�alado algo del contexto que modifica
la interpretaci�n de la forma del imperativo, hasta el punto de que en (5) y (6)
la forma de imperativo no se usa para expresar deseo de algo; en (5) se trata
de seducir o provocar m�s que de una orden o petici�n y en (6) la intenci�n
es contraria a expresar un deseo del estado de cosas expresado en el imperativo
pues se vine a advertir de que no se atreva a venir, podr�amos considerar que
el uso del imperativo en (6) es una clase de iron�a.
Todas estas posibles deducciones que dependen de la enunciaci�n particularizada
por un contexto y que no dependen de "haberse dejado algo sin decir" si no
de un uso derivado de la forma se llaman implicaturas.
[alex]
Bueno, demasiada divagacion por hoy :-)
[mariano]
Pues si te parec�a demasiada... :-)
Un saludo cordial,
mariano
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