Es que no se modifico el contenido, sino el alcance... Las otras 2 normas que tocaban la impresion de comprobantes eran muy viejas y tenianun regimen especial. En cambio con esa resolucion se barre con todos..
Saludos, Pancho Córdoba Argentina El 24 de junio de 2015, 17:17, Cristian Conte <[email protected]> escribió: > Pancho esto salio de la 3779 rg el 12 de junio > > Art. 5° — Para confeccionar los comprobantes electrónicos originales, los > sujetos alcanzados por el presente régimen, deberán solicitar a esta > Administración Federal el código electrónico de autorización de emisión > (C.A.E.) vía “Internet” a través del sitio “web” institucional. > Dicha solicitud podrá efectuarse mediante alguna de las siguientes > opciones: > a) El intercambio de información del servicio “web”, cuyas > especificaciones técnicas se encuentran publicadas en el sitio > institucional (http://www.afip.gob.ar), bajo las siguientes > denominaciones: > 1. “RG 3779 – Diseño de Registro.XML”. > 2. “RG 3779 Manual para el Desarrollador”. > LaVERSIÓN > <http://eco-nomicas.com.ar/9132-rg-3779-afip-procedimiento-regimen-especial-de-emision-y-almacenamiento-electronico-de-comprobantes-originales-modificacion#94611386> > que > deberá utilizarse para la citada opción de solicitud de C.A.E. con relación > al sujeto que corresponda del Anexo I de la presente, se comunicará junto > con las mencionadas especificaciones técnicas. > b) El servicio denominado “Comprobantes en línea” para lo cual deberá > contarse con “Clave Fiscal” habilitada con Nivel de Seguridad 2. como > mínimo, conforme a lo establecido por la Resolución General N° 3.713. > > no encuentro nada en afip que se haya modificado, vos tenes alguna data. > > Gracias > Cristian Conte > > ------------------------------ > *De:* francisco prieto <[email protected]> > *Para:* GUFA List Member <[email protected]> > *Enviado:* Miércoles, 24 de junio, 2015 17:05:55 > *Asunto:* [GUFA] CONSULTA RG 3779 MODIFICACION ARTICULO 5 > > > El 24 de junio de 2015, 16:41, Cristian Conte <[email protected] > > escribió: > > RG 3779 Manual para el Desarrollador > > > Cristian, creo que el punto esta aca... > > Que la Resolución General N° 2.485, sus modificatorias y complementarias > establece el régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico > de comprobantes originales, respaldatorios de las operaciones de > compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, > locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen precios. > Que mediante la Resolución General N° 2.904, sus modificatorias y > complementarias, se dispuso un régimen especial para la emisión y > almacenamiento electrónico de comprobantes que permite identificar a los > sujetos intervinientes en las operaciones efectuadas y los datos relativos > a las mismas. > Que a través de la Resolución General N° 3.749 se generalizó la > utilización de comprobantes electrónicos a la totalidad de los responsables > inscriptos en el impuesto al valor agregado. > Es decir para que ninguno interprete el 1 de Julio que se puede regir por > una resolucion anterior a la 3749.. > Saludos > Pancho > Cordoba > Argentina > > >
