> El uso de tcpdump (o similares) "creo" que podría ser considerado a > igual que un sniffer como un delito. > no estarías vos "conociendo indebidamente" que el usuario esta se > conectando a la IP 200.200.200.200 (que es de un servidor multimedia > en Jamaica) y que por el puerto usado, el usuario estaría descargando > musicas y/o fotos (posiblemente personales) ???
no, porque no es indebido que veas la actividad de tu red. Lo indebido seria que vieras que fotos está descargando. si voy en el metro y el del lado habla con su novia y yo escucho, no es "conocer inebidamente", si no quiere que lo escuche que hable en otro lado... por eso la ley usa el termino "indebido" para poner algo de racionalidad al asunto... por ejemplo, si me llega por error una carta para el vecino, la leo pensando que es para mi, y despues me doy cuenta que es para el vecino, no me enteré "indebidamente" del contenido, pero no puedo divulgar lo que leí...

