Hola Raimon,

Gracias por la respuesta pero me he quedado igual... ¿puedes explicarla y 
resolver el enigma?
Porque por mucho que la pista sea las reglas de impuesto, no acierto a 
comprender cómo se puede trasladar a Tryton que la cuota de un impuesto 
recreada en una factura/compra introducida se corresponde con la base 
imponible de *otra* factura. Y, además, esa otra factura está emitida 
SIEMPRE en una fecha distinta, debiéndose contabilizar en un asiento 
distinto


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