Hola Roberto,

Gracias por compartir tus conocimientos. 

En mi humilde opinión, en el tercer punto de tu e-mail, en el que haces 
referencia a la coletilla de confidencialidad, yo aprecio que una cosa es la 
coletilla en si misma, que no deja de ser un mero texto (en algunos casos 
pedante y amenazador), y otra es la inclusión de un texto donde se te explique 
que tienes el derecho a darte de baja en la base de datos que se ha utilizado 
para enviarte el correo, con su correspondiente link para darte de baja de ella.

Este último caso lo encuentro práctico y lógico.  Sin embargo, el primer caso 
(el de la coletilla de confidencialidad), me recuerda a algo que he visto en 
alguna ocasión y lo he encontrado redundante, me refiero a algunos letreros que 
he visto sobre el portal de algunos edificios donde pone "propiedad privada".

Como que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, me parece 
absurdo hacer referencia explícita a legislación vigente en un e-mail (o en 
cualquier otro acto cotidiano). Además me parece de mal gusto, amenazar a 
alguien, incluso antes de saber si va a incumplir la ley, de lo que le pasará 
si recibe un e-mail que no es suyo y no da aviso al remitente y lo destruye 
inmediatamente. 

Ya se que una cosa es lo que a mi me pueda parecer lógico o no, y otra cosa es 
lo que diga la Ley de Protección de Datos. Pero como que ésta es una ley muy 
reciente, supongo que tendrá bastante de sentido común.

He esta observando los correos de algunas empresas que se dedican a hacer 
marketing masivo mediante el correo electrónico (y que supongo que son las que 
están en el punto de mira de la LOPD) y veo que no ponen la cláusula de 
confidencialidad, más bien lo que ponen es el link para darte de baja. Algunas 
añaden el nombre y el número de registro en la Agencia de Protección de Datos 
de la base de datos de donde se ha extraído tu identidad. Esto lo encuentro muy 
correcto y se nota que la LOPD ha servido para algo.

Lo de la coletilla de confidencialidad más bien lo envían aquellas empresas 
normales y corrientes que no se dedican al marketing masivo.

Lo siento, pero es que le tengo manía a la dichosa coletilla. Pienso, al igual 
que nuestro colega Juan Ramón García, que sólo sirve para gastar ancho de banda 
y más papel y tinta.

Creo terceras personas nos han liado a todos un poco con la dichosa Ley de 
Protección de Datos y casi nadie tenemos claro en qué consisten nuestras 
obligaciones 
sobre ella. Más bien han intentado meter en el mismo saco empresas muy 
afectadas por dicha ley, con otras (la gran mayoría) que nos afecta muy poco.

Un saludo.

Ismael Ruiz Jordán
INTER RAMONEDA S.A.
Tel:  902 29 14 41
Fax: 93 729 98 87
  
----- Original Message ----- 
  From: Roberto 
  To: 'forum.help400' 
  Sent: Friday, March 27, 2009 9:32 PM
  Subject: RE: Nota de confidencialidad en los correos ¿obligatorio?


  Si querer desmentir en absoluto a Juanra  y sin pretender ser exhaustivo, me 
gustaría aclarar unos puntos:

   

  -          Con la LOPD actual, prácticamente todas las empresas españolas 
están obligadas a declarar algún fichero, como mínimo el de Cliente,  
Proveedores y Nóminas. No nos olvidemos que ya es obligatorio (finalizó el 
período de gracia, por decirlo de una forma) inscribir los Ficheros 
"almacenados en papel". La copia de las Nóminas de los trabajadores que están 
en el archivo, bien ordenadas, es un fichero inscribible (Ya no me refiero si a 
mayores calculas tu las Nóminas..)

  -          El Artículo 3ª de la LOPD define como dato de carácter personal, 
"cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o 
identificables". Este concepto es tan amplio que con que tu fichero de 
Clientes, que son todas sociedades que al ser personas jurídicas no entrarían 
aquí, como tengas una persona de contacto (que siempre tienes), el gerente, el 
contable, con su teléfono, nombre, mail, etc. automáticamente este fichero de 
Clientes (Empresas) se convierte en un Fichero que contiene datos de carácter 
personal y hay que inscribirlo.

  -          En cuanto a los correos, la "coletilla" es obligatoria cuando te 
diriges a una persona que no tenga relación contractual contigo, no haría falta 
con clientes, proveedores, empleados, etc. El Objetivo de todo esto, es que esa 
persona a la que te diriges "pueda ejercitar sus derechos de acceso, 
rectificación, cancelación y oposición" diciéndote, por ejemplo, que no vuelvas 
a enviarle mas correos. En el caso que te lo diga y vuelvas a enviarle otro 
correo es cuando "te cae el paquete" si esa persona te denuncia ante la AGPD.

  -          Las multas por incumplimiento son exageradas y han cerrado más de 
una empresa (pequeña). Si entras en la Agencia de protección de datos 
www.agpd.es  tienes, aparte de toda la documentación, los Procedimientos 
Sancionadores, Resoluciones, etc.

  -          Por todo ello, en cuanto a la LOPD, es mejor "pecar" por exceso 
que por defecto. Lógicamente, lo suyo es hacer las cosas bien, ni por exceso ni 
por defecto y para ello como siempre lo mejor es ponerte en manos de un 
profesional. ¿Que te gusta hacer a ti las cosas y tienes tiempo?, en la página 
de la Agencia tienes toda la información necesaria para conocer perfectamente 
lo que implica la LOPD e incluso implantarla en tu empresa.

   

   

  Un Saludo
  Roberto

   

  De: [email protected] 
[mailto:[email protected]] En nombre de Juan Ramón Garcia
  Enviado el: viernes, 27 de marzo de 2009 18:09
  Para: forum.help400
  Asunto: Re: Nota de confidencialidad en los correos ¿obligatorio?

   

  Hola Ismael:

   

  Es que lo tienen muy fácil, basta obtener un listado de empresas de la zona a 
visitar y consultar en la web de la Agencia Española de Protección de Datos si 
tienen o no tienen ficheros registrados, si no tienen ninguno se presentan 
ofreciendo sus servicios y explicando las posibles sanciones (exagerando) que 
puedan surgir por el incumplimiento de la Ley, suele ser efectivo y la mayoría 
de empresas "pican".

  Hay que saber distinguir muy bien lo que es un dato "personal" del resto de 
información que no lo es, si no estás almacenando datos personales es absurdo 
declarar los ficheros pues te obligas a mantener unos niveles de seguridad en 
función del grado de confidencialidad de dichos ficheros.

  En tu caso veo que habeis declarado 7 ficheros, como no conozco tu empresa no 
puedo decirte si os habeis "pasado" pero, por ejemplo, si las nóminas no las 
confeccionais vosotros (os lo hace una gestoría) no es necesario declarar ese 
fichero, simplemente teneis que tener un contrato muy claro firmado con dicha 
gestoría.

  Como este hay muchos casos, si no recuerdo mal, un dato personal es aquel que 
permite identificar de forma inequívoca a una persona física, sin embargo para 
concretar quien es una persona física hay que ahondar bastante más en la Ley, 
por ejemplo la empresa en la que trabajas es una S.A. si contratais a un 
autónomo para realizar una determinada tarea (casual o habitual) esa persona 
por el hecho de formar parte del conjunto del negocio pierde su "personalidad 
física" para convertirse en "persona jurídica" con lo cual sus datos dejan de 
ser considerados como personales.

  Podría poner muchos ejemplos, incluso los e-mail's a pesar de llevar nombres 
y/o apellidos, pueden dejar de ser considerados como datos "sensibles", en caso 
de que las cosas se hagan bien, etc, etc.

   

  Según mi experiencia las empresas tienden (tal vez por miedo) a registrar más 
de lo que deberian, exponiendose con ello a posibles sanciones si no cumplen 
las normativas de protección de sus ficheros declarados.

   

  Un saludo.

   

  Juanra

  RolloLOPDsaurio   ;-)

   

    ----- Original Message ----- 

    From: Ismael Ruiz 

    To: forum.help400 

    Sent: Friday, March 27, 2009 5:38 PM

    Subject: Re: Nota de confidencialidad en los correos ¿obligatorio?

     

    Estoy completamente de acuerdo contigo en lo que dices de las empresas 
consultoras de la LOPD, pues mi experiencia ha sido la misma.



  __________ Información de ESET NOD32 Antivirus, versión de la base de firmas 
de virus 3970 (20090327) __________

  ESET NOD32 Antivirus ha comprobado este mensaje.

  http://www.eset.com


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de virus 3970 (20090327) __________

  ESET NOD32 Antivirus ha comprobado este mensaje.

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