Hola, Esteban

Me parece que cuando dice "almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes y de las registraciones,..." no se refiere a guardar pdfs de los comprobantes emitidos, sino a la creación de un conjunto de archivos con la información de los comprobantes, según se detalla en el APARTADO F de la resolución que vos mencionás. Esos archivos son similares a los que requiere el nuevo régimen de información de ventas y compras.

Es un poco más complicado ...

Saludos
Ernesto Luque


On 28/06/2015 10:53 p.m., Esteban H wrote:

Afip:



        

Quienes opten por el sistema “R.E.C.E.”, deberán encontrarse incorporados o incorporarse al régimen especial de emisión y almacenamiento de duplicados electrónicos de comprobantes y de las registraciones, de acuerdo con lo dispuesto en el Título I y en el Título II de la Resolución General N° 1.361. (El acuse de recibo emitido por la solicitud de incorporación, implicará la aceptación de las disposiciones establecidas en el Anexo III de la Resolución General N° 1.361 <http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79003/norma.htm>)

Fíjate este artículo: http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79003/norma.htm ( Resolución 1361)

Parte Resolución 1361

E – OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS ADHERIDOS AL REGIMEN

*Art. 7° *— Los sujetos adheridos al régimen emitirán como mínimo —en soporte papel— el original del comprobante utilizado, a fin de entregarlo al comprador, prestatario o locatario o, al vendedor, en caso de tratarse de los comprobantes indicados en el artículo 5°, inciso c).

El duplicado del comprobante emitido deberá quedar almacenado electrónicamente de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en el Anexo II, entendiéndose que dicha información reviste, a efectos fiscales, el carácter de duplicado de los citados documentos.

En definitiva, yo lo q hice es x cada impresión es generar un pdf con original y duplicado en cada uno, pero aún debo conversar con el contador, p ver si esto esta ok…

Saludos.

Esteban.

*De:*[email protected] [mailto:[email protected]] *En nombre de *carlosmorandin .
*Enviado el:* domingo, 28 de junio de 2015 10:23 p.m.
*Para:* GUFA List Member
*Asunto:* [GUFA] Factura Electronica y remitos

Para el caso del pdf a guardar tiene que ser una sola copia o el pdf debe contener el original y duplicado
Muchas gracias

El jun. 28, 2015 9:03 PM, "francisco prieto" <[email protected] <mailto:[email protected]>> escribió:

En la facturación electrónica podes declarar los remotos, pero no estas obligado a hacerlo, pero en el caso de lo comprobantes electrónicos lo único que sirve es el formato pdf, es más la resolución también aclara que ante una inspección el impreso no es un documento válido. De modo que estas obligado a tener a mano una copia pdf, con lo cual en todo caso co una sola impresora te alcanza.
Saludos
Pancho
Córdoba
Argentina

El dom, 28 de junio de 2015 11:11, Nicolas Arnaldo <[email protected] <mailto:[email protected]>> escribió:

    Me refiero a tener dos impresoras por una cuestión de practicidad,
    para no tener que cambiar el papel cada vez que se imprima una
    factura, o como lo manejan ustedes?

    El 28 de junio de 2015, 10:54, Nicolas Arnaldo
    <[email protected] <mailto:[email protected]>> escribió:

    Saludos, tengo la siguiente duda: Que pasa con los remitos y la
    facturacion electronica? Es decir, tengo varios clientes que
    tienen en sus remitos un numero de CAI, a partir de la
    implementacion de la facturacion electronica, las facturas serán
    impresas directamente por el sistema, obteniendo el numero de CAE
    en forma on-line, pero los remitos poseen el viejo numero CAI. Ña
    resolucion, si no me equivoco, dice que el original de la factura
    debe estar impreso en soporte de papel, o sea que el cliente
    debera tener dos impresoras, una para las facturas y otra para los
    remitos preimpresos con CAI ?


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