Leyendo todas las resoluciones entiendo que ya no existe mas el duplicado, triplicado, etc.
Pues esta identificacion tenia validez para identificar que formulario se llevaba cada quien y cuando se anulaba el comprobante debian archivarse todos juntos. Al ser un solo pdf unico y que ya no se puede anular salvo con la emision de una nota de credito o debito segun corresponda, resulta ridiculo colocar dicha palabra. Saludos, Pancho Cordoba Argentina El 29 de junio de 2015, 15:11, Esteban H <[email protected]> escribió: > A q te referís con “ahora solo te baja el Original”, si ahora es hoy puede > ser, si ahora es siempre, no, xq he visto generar la factura y el pdf > contiene 3 copias. > > Mario, podrías confirmarme esta info y decirme, si es una sóla FC y tiene > la inscripción de Original o no la tiene y es una solo copia, gracias. > > > > Saludos. > > > > Esteban. > > > > *De:* [email protected] [mailto:[email protected]] *En nombre de *Mario > Andrés Ageno > *Enviado el:* lunes, 29 de junio de 2015 02:07 p.m. > *Para:* GUFA List Member > *Asunto:* [GUFA] Factura Electronica y remitos > > > > El sistema on line de AFIP ahora solo te baja el Original > > > > *From:* francisco prieto <[email protected]> > > *Sent:* Monday, June 29, 2015 9:40 AM > > *To:* GUFA List Member <[email protected]> > > *Subject:* [GUFA] Factura Electronica y remitos > > > > Esteban, > > > > Esa norma es de 2002... > > > > > http://contadores-cac-ros.com.ar/NUEVO%20REGIMEN%20DE%20TRANSFERENCIA%20ELECTRONICA%20PARA%20OPERACIONES%20REALIZADAS%20%20R.%20D'Aurizio.doc > > > > Por otra parte, se deroga la resolución general (AFIP) 1361 de emisión y > almacenamiento de duplicados electrónicos y de almacenamiento de > registraciones electrónicas, y se sustituye por el esquematizado a > continuación (Parte II o Título II). > > > > Saludos, > > > > Pancho > > Cordoba > > Argentina > > > > El 28 de junio de 2015, 22:53, Esteban H <[email protected]> escribió: > > Afip: > > Quienes opten por el sistema “R.E.C.E.”, deberán encontrarse incorporados > o incorporarse al régimen especial de emisión y almacenamiento de > duplicados electrónicos de comprobantes y de las registraciones, de acuerdo > con lo dispuesto en el Título I y en el Título II de la Resolución General > N° 1.361. (El acuse de recibo emitido por la solicitud de incorporación, > implicará la aceptación de las disposiciones establecidas en el Anexo III > de la Resolución General N° 1.361 > <http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79003/norma.htm> > ) > > > > Fíjate este artículo: > http://www.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/75000-79999/79003/norma.htm > ( Resolución 1361) > > Parte Resolución 1361 > > E – OBLIGACIONES DE LOS SUJETOS ADHERIDOS AL REGIMEN > > *Art. 7° *— Los sujetos adheridos al régimen emitirán como mínimo —en > soporte papel— el original del comprobante utilizado, a fin de entregarlo > al comprador, prestatario o locatario o, al vendedor, en caso de tratarse > de los comprobantes indicados en el artículo 5°, inciso c). > > El duplicado del comprobante emitido deberá quedar almacenado > electrónicamente de acuerdo con los requisitos y condiciones que se > establecen en el Anexo II, entendiéndose que dicha información reviste, a > efectos fiscales, el carácter de duplicado de los citados documentos. > > En definitiva, yo lo q hice es x cada impresión es generar un pdf con > original y duplicado en cada uno, pero aún debo conversar con el contador, > p ver si esto esta ok… > > > > Saludos. > > > > Esteban. > > > > *De:* [email protected] [mailto:[email protected]] *En nombre de *carlosmorandin > . > *Enviado el:* domingo, 28 de junio de 2015 10:23 p.m. > *Para:* GUFA List Member > *Asunto:* [GUFA] Factura Electronica y remitos > > > > Para el caso del pdf a guardar tiene que ser una sola copia o el pdf debe > contener el original y duplicado > Muchas gracias > > El jun. 28, 2015 9:03 PM, "francisco prieto" <[email protected]> > escribió: > > En la facturación electrónica podes declarar los remotos, pero no estas > obligado a hacerlo, pero en el caso de lo comprobantes electrónicos lo > único que sirve es el formato pdf, es más la resolución también aclara que > ante una inspección el impreso no es un documento válido. De modo que estas > obligado a tener a mano una copia pdf, con lo cual en todo caso co una sola > impresora te alcanza. > Saludos > Pancho > Córdoba > Argentina > > > > El dom, 28 de junio de 2015 11:11, Nicolas Arnaldo < > [email protected]> escribió: > > Me refiero a tener dos impresoras por una cuestión de practicidad, para no > tener que cambiar el papel cada vez que se imprima una factura, o como lo > manejan ustedes? > > > > El 28 de junio de 2015, 10:54, Nicolas Arnaldo <[email protected]> > escribió: > > Saludos, tengo la siguiente duda: Que pasa con los remitos y la > facturacion electronica? Es decir, tengo varios clientes que tienen en sus > remitos un numero de CAI, a partir de la implementacion de la facturacion > electronica, las facturas serán impresas directamente por el sistema, > obteniendo el numero de CAE en forma on-line, pero los remitos poseen el > viejo numero CAI. Ña resolucion, si no me equivoco, dice que el original de > la factura debe estar impreso en soporte de papel, o sea que el cliente > debera tener dos impresoras, una para las facturas y otra para los remitos > preimpresos con CAI ? > > > > > > > > >
