Los habituales "intelectuales de combate" del panorama español han
redactado este terminante Manifiesto (que está corriendo como la pólvora
entre la castellanía "agraviada"), a favor de la obligatoriedad del
castellano -y de la voluntariedad, por tanto, de las demás lenguas del
Estado-. Nótese que califica de "atropello" las políticas autonómicas de
"normalización" (de apoyo a sus propias lenguas en precario).
La "lengua común" en España es evidente: el castellano, y no necesita
políticas ni manifiestos, pues se impone por la fuerza de los hechos:
instituciones, TV y medios, hegemonía cultural. Todas las cifras señalan que
el castellano se mantiene incólume, mientras las lenguas regionales están en
decadencia real, pese a todas las ayudas y "normalizaciones". Y decir que
las lenguas no tienen derechos y por tanto no deben ser favorecidas me
parece simple barbarie cultural.
A mi entender, este pomposo Manifiesto es una nueva zancadilla al
complicado futuro de la España plural. Pero a estos prohombres les puede su
carácter...
Juan
·······································
MANIFIESTO POR LA LENGUA COMÚN
23 de junio de 2008
Desde hace algunos años hay crecientes razones para preocuparse en nuestro
país por la situación institucional de la lengua castellana, la única lengua
juntamente oficial y común de todos los ciudadanos españoles. Desde luego,
no se trata de una desazón meramente cultural -nuestro idioma goza de una
pujanza envidiable y creciente en el mundo entero, sólo superada por el
chino y el inglés- sino de una inquietud estrictamente política: se refiere
a su papel como lengua principal de comunicación democrática en este país,
así como de los derechos educativos y cívicos de quienes la tienen como
lengua materna o la eligen con todo derecho como vehículo preferente de
expresión, comprensión y comunicación.
Como punto de partida, establezcamos una serie de premisas:
1. Todas las lenguas oficiales en el Estado son igualmente españolas y
merecedoras de protección institucional como patrimonio compartido, pero
sólo una de ellas es común a todos, oficial en todo el territorio nacional y
por tanto sólo una de ellas -el castellano- goza del deber constitucional de
ser conocida y de la presunción consecuente de que todos la conocen. Es
decir, hay una asimetría entre las lenguas españolas oficiales, lo cual no
implica injusticia (?) de ningún tipo porque en España hay diversas
realidades culturales pero sólo una de ellas es universalmente oficial en
nuestro Estado democrático. Y contar con una lengua política común es una
enorme riqueza para la democracia, aún más si se trata de una lengua de
tanto arraigo histórico en todo el país y de tanta vigencia en el mundo
entero como el castellano.
2. Son los ciudadanos quienes tienen derechos lingüísticos, no los
territorios ni mucho menos las lenguas mismas. O sea: los ciudadanos que
hablan cualquiera de las lenguas cooficiales tienen derecho a recibir
educación y ser atendidos por la administración en ella, pero las lenguas no
tienen el derecho de conseguir coactivamente hablantes ni a imponerse como
prioritarias en educación, información, rotulación, instituciones, etc... en
detrimento del castellano (y mucho menos se puede llamar a semejante
atropello «normalización lingüística»).
3. En las comunidades bilingües es un deseo encomiable aspirar a que todos
los ciudadanos lleguen a conocer bien la lengua cooficial, junto a la
obligación de conocer la común del país (que también es la común dentro de
esa comunidad, no lo olvidemos). Pero tal aspiración puede ser solamente
estimulada, no impuesta. Es lógico suponer que siempre habrá muchos
ciudadanos que prefieran desarrollar su vida cotidiana y profesional en
castellano, conociendo sólo de la lengua autonómica lo suficiente para
convivir cortésmente con los demás y disfrutar en lo posible de las
manifestaciones culturales en ella. Que ciertas autoridades autonómicas
anhelen como ideal lograr un máximo techo competencial bilingüe no justifica
decretar la lengua autonómica como vehículo exclusivo ni primordial de
educación o de relaciones con la Administración pública. Conviene recordar
que este tipo de imposiciones abusivas daña especialmente las posibilidades
laborales o sociales de los más desfavorecidos, recortando sus alternativas
y su movilidad.
4. Ciertamente, el artículo tercero, apartado 3, de la Constitución
establece que «las distintas modalidades lingüísticas de España son un
patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección». Nada
cabe objetar a esta disposición tan generosa como justa, proclamada para
acabar con las prohibiciones y restricciones que padecían esas lenguas.
Cumplido sobradamente hoy tal objetivo, sería un fraude constitucional y una
auténtica felonía utilizar tal artículo para justificar la discriminación,
marginación o minusvaloración de los ciudadanos monolingües en castellano en
alguna de las formas antes indicadas.
Por consiguiente los abajo firmantes solicitamos del Parlamento español una
normativa legal del rango adecuado (que en su caso puede exigir una
modificación constitucional y de algunos estatutos autonómicos) para fijar
inequívocamente los siguientes puntos:
1. La lengua castellana es COMUN Y OFICIAL a todo el territorio nacional,
siendo la única cuya comprensión puede serle supuesta a cualquier efecto a
todos los ciudadanos españoles.
2. Todos los ciudadanos que lo deseen tienen DERECHO A SER EDUCADOS en
lengua castellana, sea cual fuere su lengua materna. Las lenguas cooficiales
autonómicas deben figurar en los planes de estudio de sus respectivas
comunidades en diversos grados de oferta, pero nunca como lengua vehicular
exclusiva. En cualquier caso, siempre debe quedar garantizado a todos los
alumnos el conocimiento final de la lengua común.
3. En las autonomías bilingües, cualquier ciudadano español tiene derecho a
ser ATENDIDO INSTITUCIONALMENTE EN LAS DOS LENGUAS OFICIALES. Lo cual
implica que en los centros oficiales habrá siempre personal capacitado para
ello, no que todo funcionario deba tener tal capacitación. En locales y
negocios públicos no oficiales, la relación con la clientela en una o ambas
lenguas será discrecional.
4. LA ROTULACION DE LOS EDIFICIOS OFICIALES Y DE LAS VIAS PUBLICAS, las
comunicaciones administrativas, la información a la ciudadanía, etc... en
dichas comunidades (o en sus zonas calificadas de bilingües) es recomendable
que sean bilingües pero en todo caso nunca podrán expresarse únicamente en
la lengua autonómica.
5.. LOS REPRESENTANTES POLITICOS, tanto de la administración central como de
las autonómicas, utilizarán habitualmente en sus funciones institucionales
de alcance estatal la lengua castellana lo mismo dentro de España que en el
extranjero, salvo en determinadas ocasiones características. En los
parlamentos autonómicos bilingües podrán emplear indistintamente, como es
natural, cualquiera de las dos lenguas oficiales.
Firmado por:
Mario Vargas Llosa, José Antonio Marina, Aurelio Arteta, Félix de Azúa,
Albert Boadella, Carlos Castilla del Pino, Luis Alberto de Cuenca, Arcadi
Espada, Alberto González Troyano, Antonio Lastra, Carmen Iglesias, Carlos
Martínez Gorriarán, José Luis Pardo, Alvaro Pombo, Ramón Rodríguez, José Mª
Ruiz Soroa, Fernando Savater y Fernando Sosa Wagner.
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[Se han eliminado los trozos de este mensaje que no contenían texto]
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