Re: [Talk-es] [Catastro] 38032 El Rosario

2018-03-07 Thread Iván Hernández Cazorla
Mis enhorabuenas por la importación, tanto a ti, Javier, por la que has 
hecho, como por las que están realizando el resto de compañeros. La 
comparativa del antes y el después es asombrosa, sobre todo para La 
Esperanza.


¡Gran trabajo!

Saludos,
Iván

On 07/03/18 23:19, Javier Sánchez Portero wrote:

Hola

Propongo seguir el esquema del asunto del mensaje para mantenerlos 
agrupados, como hemos hecho hasta ahora, pero abreviar un poco.


La importación del municipio de El Rosario ya está completa. Se pueden 
ver imágenes del antes y el después aquí:

https://wiki.openstreetmap.org/wiki/ES:El_Rosario#Edificios%20y%20direcciones

Las tareas están preparadas para editar en otros dos municipios: 
Candelaria y Güímar.

http://tareas.openstreetmap.es/project/47

Saludos


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[Talk-es] Maps, app libre en F-Droid basada en MAPS.ME

2018-02-22 Thread Iván Hernández Cazorla

Buenas,
Creo que el título lo dice todo. Me gustaría compartir con ustedes una 
aplicación que encontré hoy en F-Droid [0] y que fue publicada hace solo 
dos días. Se trata de Maps [1] y está basada en MAPS.ME [2], un servicio 
que se que muchos de ustedes también usan. Puede que les guste, ya que 
se trata de una versión más acorde a los principios de los proyectos en 
los que trabajamos, al menos desde mi punto de vista claro.


Yo suelo utilizar OsmAnd, también en F-Droid [3]. Pero quise probar esta 
para y comprobar qué tal funciona. De momento me he descargado el mapa 
mundi general, necesario para la app, y el mapa de Canarias, y parece 
que funciona bastante bien.


Lo dicho, se las dejo por si la quieren probar. Sobre todo para Miguel, 
que sé que, aunque creo que prefiere OsmAnd, seguro querrá probarla al 
ser una app FOSS [4].


Saludos,
Iván

[0]: repositorio de aplicaciones libres y de código abierto para 
Android: https://f-droid.org/en/about/

[1]: https://f-droid.org/packages/com.github.axet.maps/
[2]: https://maps.me/
[3]: https://f-droid.org/packages/net.osmand.plus/
[4]: https://es.wikipedia.org/wiki/Software_libre_y_de_c%C3%B3digo_abierto
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Re: [Talk-es] Por qué OpenStreetMap tiene graves problemas

2018-02-17 Thread Iván Hernández Cazorla
Gracias Jesús, me lo apunto como lectura obligatoria para este fin de semana.

Y gracias por compartirlo por la lista :)

Saludos,
Iván

⁣Iván Hernández Cazorla
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Enviado desde Blue ​

En 13:17, 17 feb, 2018, en 13:17, "Jesús Gómez Fernández" 
<jesus.gomez.f...@gmail.com> escribió:
>Desde el canal de Telegram OSM España, Jaime Crespo ha enlazado un post
>[1]
>de Serge Wroclawski titulado "Why OpenStreetMap is in Serious Trouble"
>en
>el que hace una interesante reflexión sobre cómo ve el futuro del
>proyecto
>OSM.
>
>Razona varios aspectos por los que considera que OSM se está quedando
>atrás
>ante la realidad diferente que existía cuando nació el proyecto. Sobre
>todo
>en lo que respecta a la difusión y uso de la Información Geográfica.
>
>En bastantes puntos lo considero acertado.
>
>[1] https://blog.emacsen.net/blog/2018/02/16/osm-is-in-trouble/
>
>¡Saludos!
>
>Jesús Gómez
>
>
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Re: [Talk-es] Placas distintivo para establecimientos turísticos en Canarias

2018-02-12 Thread Iván Hernández Cazorla
Muchas gracias por este dato, Javier. Lo tendré en cuenta cuando mapee 
establecimientos por las zonas que suelo mapear. Y un día de estos 
reviso los que ya he mapeado, para añadirles el correspondiente distintivo.


Seguiré la página en la wiki.

Saludos,
Iván

On 12/02/18 12:55, Javier Sánchez Portero wrote:

Hola

En Canarias hay una normativa que establece que todos los 
establecimientos turísticos deben exhibir en su fachada una 
placa-distintivo con unas siglas. En esta web se puede ver el aspecto de 
dichas placas con enlaces a los documentos oficiales.


http://www.copicolor.com/copi2006/PLACA_DISTINTIVO/index.html

Creo que ese dato se podría colocar con una etiqueta designation en cada 
punto de interés.


https://wiki.openstreetmap.org/wiki/Key:designation

Por ejemplo, añadir a un restaurante (amenity=restaurant), designation=R 
o a un hotel (tourism=hotel), designation=H. Podría parecer que es 
redundante, pero a veces hay límites difusos entre un tipo de elemento y 
otro, por ejemplo nuestro famoso problema amenity=bar/pub/cafe, y esto 
ayuda a englobarlos (Bc). Además aquí hay un tipo especial de 
establecimiento de restauración que vende vino de cosecha propia 
acompañado de una carta limitada de platos, los "guachinches" (V), con 
lo cual el etiquetado amenity=restaurant + designation=V ayudaría a 
diferenciarlos de los restaurantes normales.


Si todo el mundo está de acuerdo, describiré el tema en la página de la 
wiki de Canarias para promover el uso de esta etiqueta.


https://wiki.openstreetmap.org/wiki/ES:Canarias

Un saludo


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Re: [Talk-es] Ediciones realizadas como función de un puesto de trabajo

2017-10-31 Thread Iván Hernández Cazorla
han de ser tratadas de otro 
modo. Aquí hay que tener presente que en muchas ocasiones se incorporan 
datos que vienen de otras fuentes y estos, claro está, son 
importaciones, aunque sean de la propia empresa/propiedad que va a 
incluir los datos y esto, por tanto, ha de pasarse por el protocolo de 
importación [0] y, por supuesto, no puede ir en un usuario personal. Mi 
opinión, además, es que aunque no se den las condiciones de importación 
que acabo de explicar, si se van a trabajar muchos datos, debería de 
seguirse un proceso similar al de la importación, para empezar, con la 
creación de un usuario propio, y para seguir, con la documentación del 
mismo en el propio perfil de usuario e idealmente, sobre la wiki.


En mi experiencia particular no he tenido nunca la ocasión de ser 
remunerado directamente por introducir datos en OpenStreetMap aunque si 
se me ha planteado en algún proyecto y si que he incluido algunos datos 
que luego aproveché para otros trabajos en los que me estaban pagando.


Para las pequeñas ediciones, por ejemplo, una vez que necesitaba unas 
pistas forestales en el Pirineo, sencillamente las introduje primero, 
con mi usuario en OSM y luego las descargué de ahí citando la fuente en 
el trabajo final.


Para potenciales y más extensas colaboraciones que se me han planteado, 
tal y como he escrito más arriba, siempre he pensado que esto habría que 
tramitarlo de manera similar a una importación con usuario propio y 
documentación en la wiki. Y es que no se trata solo de que quede 
constancia que las ediciones han sido o no remuneradas, que en el fondo 
es una cosa que ha de gestionar cada uno personalmente, si no para con 
la calidad y el seguimiento de los datos en OSM. La cuestión es que si 
una institución/organismo/empresa te paga/te solicita/te ayuda a subir 
unos datos a OSM, con posterioridad, a esa entidad le vendrá mucho mejor 
que los datos están bajo un mismo usuario y con una página en la wiki, 
pues de ese modo se podrán hacer un seguimiento posterior de los datos 
(si se actualizan/mejoran) y, para con la comunidad, para comprobar que 
las ediciones se han realizado siguiendo los criterios de protocolo, 
objetividad y calidad que nos planteamos en OSM.


En definitiva Ivan, mi opinión y consejo, como puedes ver, no es tanto 
si te van a pagar o no por las ediciones, si no la cantidad y naturaleza 
de los datos que vas a introducir, o sea que si se trata de ediciones 
menores que potencialmente podrías reutilizar en el proyecto por el que 
te pagan puedes sencillamente usar tu usuario, pero si se trata de una 
gran cantidad de datos y sobre todo si se van a importar elementos, 
deberías utilizar un usuario propio y documentar correspondientemente 
las ediciones.


Un saludo

Miguel

[0] http://wiki.openstreetmap.org/wiki/Import/Guidelines


--
*Miguel Sevilla-Callejo*
Doctor en Geografía

2017-10-29 19:14 GMT+01:00 Xuacu <xuacu...@gmail.com 
<mailto:xuacu...@gmail.com>>:


Hola.

No se lo que opinará el resto de la comunidad, pero para mi sería
suficiente añadir un comentario estándar para las ediciones hechas
dentro del proyecto en el conjunto de cambios. De esa forma sería
fácil localizar las ediciones en caso de que hubiera algún problema.

Por ejemplo, algo como: Edificios blablabla... ## Proyecto remunerado
Loquesea ##

Un saludo.
Xuacu Saturio
Usuariu de Linux // Linux user #134680
https://www.linuxcounter.net/


El día 29 de octubre de 2017, 17:17, Iván Hernández Cazorla
<ivanher...@gmail.com <mailto:ivanher...@gmail.com>> escribió:
 > Gracias por tu respuesta, Esther.
 >
 > He estado liado para responder al correo, hasta ahora. Pero
gracias a ello
 > me he topado con los resultados de la encuesta [1] que has mencionado
 > mientras leía el «semanarioOSM 379» [2]. Es bastante interesante
en general,
 > y comenta muchos de los aspectos que ambos hemos comentado. Hay
algunos
 > aspectos/preguntas que se han votado que me parecen muy
relevantes ―cómo los
 > de transparencia, la calidad de las contribuciones y la
comunicación―.
 >
 > Creo que, tras haber reflexionado sobre lo que pregunté, lo que
me has
 > comentado y los resultados que he podido revisar de algunas
preguntas, salvo
 > alguna otra intervención que me haga cambiar de parecer, mi
'modus operandi'
 > será:
 >
 >  * Editar con mi cuenta personal, declarando que con ella realizo
ediciones
 > personales y remuneradas. Detallaré que, salvo excepciones, las
ediciones
 > remuneradas se acotarán a un espacio de tiempo concreto ―mi horario
 > laboral―.
 >  * También apuntaré las vías de contacto posible que tienen
conmigo, tanto
 > para mis ediciones personales, como para las profesionales.
 >  * Las ediciones que realice remuneradamente tendrán

Re: [Talk-es] Áreas de protección de monumentos

2017-10-29 Thread Iván Hernández Cazorla
Gracias por ambos enlaces Javier. Me apunto el primero. Sin embargo, el 
segundo es una consulta de Overpass Turbo que al ejecutarse dice: «Este 
mapa se dejó en blanco intencionalmente. (received empty dataset)»


En su momento realicé una consulta en Overpass Turbo [1] que me daba 
todos los BICs de Canarias, funcionaba sin problemas.


Saludos, Iván

[1]: http://overpass-turbo.eu/s/sFx

On 25/10/17 09:11, Javier Sánchez Portero wrote:

Te puede interesar además

https://wiki.openstreetmap.org/wiki/ES:Bienes_de_Inter%C3%A9s_Cultural_en_Canarias
http://overpass-turbo.eu/s/sAn

El 24 de octubre de 2017, 20:10, Iván Hernández Cazorla 
<ivanher...@gmail.com <mailto:ivanher...@gmail.com>> escribió:


Gracias por ambos ejemplos Javier, bastante útiles para tener claro
lo que comentas ―y ambos de Canarias, por lo que me manejo mejor al
conocerlos―. Entiendo que la idea, tal y como leí en una página de
la wiki, es no complicar las relaciones más de lo que ya son. Ni
tampoco añadirles elementos que no tienen la necesidad de estar
dentro de esta.

Me apunto las etiquetas protection_title y protection_title:category
a mi lista de necesarias. La de ref:bic ya la tenía en cuenta.

Una vez más, Javier, gracias por tu explicación. La tendré en cuenta
y, en cuanto tenga un hueco, realizaré un esquema con todo ello para
que no se me olvide nada.

Saludos, Iván


On 24/10/17 08:53, Javier Sánchez Portero wrote:

Sería de esa forma pero no es imprescindible que lo hagas con una
relación. Si es un área relativamente pequeña puedes hacerlo
simplemente con una vía cerrada. Si es un área más compleja y/o
quieres aprovechar vías ya existentes, puedes hacerlo con una
relación. En ese caso no te olvides de la etiqueta type=boundary y
no es necesario que pongas la etiqueta area=yes. Aquí tienes un
ejemplo usando una vía y una relación:

http://www.openstreetmap.org/way/249934990
<http://www.openstreetmap.org/way/249934990>
http://www.openstreetmap.org/relation/2621556
<http://www.openstreetmap.org/relation/2621556>

Los miembros de la relación deben ser las líneas que conforman el
límite del área de protección con el papel outer. Los elementos
protegidos en si mismos (edificios, los pozos de nieve del caso
anterior) no es necesario que formen parte de la relación. Tanto
la frontera del área de protección como los elementos protegidos
deben llevar las etiquetas

    ref:bic=*
    protection_title=Bien de Interés Cultural
    protection_title:category=*

El 21 de octubre de 2017, 15:39, Iván Hernández Cazorla
<ivanher...@gmail.com <mailto:ivanher...@gmail.com>> escribió:

¡Vaya! Que extraño... Reviso el correo electrónico todos los
días y juraría que no recibí esos correos. Algo tuvo que
ocurrir, quizás se fueron a la carpeta de spam. Aunque no
suele pasarme con los correos de las listas, ni me ha pasado
con Talk-es, a excepción de este mismo caso.

Gracias a ambos Jesús por contestar a mi duda tan rápido, a
pesar de que no haya visto las respuestas hasta ahora. Y a ti
Jesús López por notificarme que me ya me habían respondido y
por pasarme las respuestas de nuevo. La próxima vez que pase
tanto tiempo «sin respuesta» a un mensaje de la lista me paso
por el archivo y así me ahorro mensajes como el anterior.

Entiendo entonces que lo correcto sería etiquetar el área de
protección con este conjunto:

    boundary=protected_area
    protect_class=22
    area=yes

Utilizando «22» en protect_class, dado que esta hace
referencia a «protection of sites with special architecture or
historic interest, designed and created intentionally by people».

Aún no he manipulado mucho las relaciones, así que ahí va otra
pregunta.Entiendo que esas etiquetas deberían ir en una
relación que constituiría el área de protección del monumento
y dentro de esta, se mapearían los elementos de dentro y fuera
del BIC con puntos y vías. ¿Sería correcto mapearlo así?

Relación - Área de protección (AP)
>> Puntos y vías dentro del AP, pero fuera del BIC en sí
mismo.
>> Área del BIC.
>> >> Mapeado de todo lo correspondiente dentro de ese área.

Una vez más, muchas gracias a ambos.

Saludos, Iván


On 21/10/17 15:18, Jesús Lopez wrote:

Buenas de nuevo Iván. Debes tener algún problema con el
correo de la lista. Ese mismo día te contesté:

Hola Iván.

Sí, es posible. Yo para esos casos suelo usar estas dos
etiquetas:

•boundary=protected_area
•area=yes

En esta página del wiki [1] lo tienes mejor explicado todo lo
relac

Re: [Talk-es] Ediciones realizadas como función de un puesto de trabajo

2017-10-29 Thread Iván Hernández Cazorla

Gracias por tu respuesta, Esther.

He estado liado para responder al correo, hasta ahora. Pero gracias a 
ello me he topado con los resultados de la encuesta [1] que has 
mencionado mientras leía el «semanarioOSM 379» [2]. Es bastante 
interesante en general, y comenta muchos de los aspectos que ambos hemos 
comentado. Hay algunos aspectos/preguntas que se han votado que me 
parecen muy relevantes ―cómo los de transparencia, la calidad de las 
contribuciones y la comunicación―.


Creo que, tras haber reflexionado sobre lo que pregunté, lo que me has 
comentado y los resultados que he podido revisar de algunas preguntas, 
salvo alguna otra intervención que me haga cambiar de parecer, mi 'modus 
operandi' será:


 * Editar con mi cuenta personal, declarando que con ella realizo 
ediciones personales y remuneradas. Detallaré que, salvo excepciones, 
las ediciones remuneradas se acotarán a un espacio de tiempo concreto 
―mi horario laboral―.
 * También apuntaré las vías de contacto posible que tienen conmigo, 
tanto para mis ediciones personales, como para las profesionales.
 * Las ediciones que realice remuneradamente tendrán una 
etiqueta/hashtag que lo indique ―por ej. #nombreproyecto―.
 * Realizaré un «feedback», posiblemente semanal, en el que indique 
todo aquello que se ha trabajado a partir del proyecto, además de los 
problemas que hayan surgido o posibles dudas. La encuesta que se realizó 
plantea que una buena parte de los votantes está de acuerdo con que las 
cuentas remuneradas realicen ese «feedback». Sin embargo, no especifican 
el dónde ni cómo, así que de momento barajo tanto un posible diario 
público de trabajo alojado en el propio sitio web del proyecto, como una 
entrada semanal en mi diario de OSM.


Estoy más decidido que antes a perfilar bien todo esto, ya que por fin 
he recibido confirmación para el proyecto. Aunque, seguramente, no 
empiece a trabajar hasta principios de 2018.


Sigo atento a posibles cambios sobre este tema y buscaré más en la wiki. 
De momento solo he encontrado un borrador sobre edición organizada 
―«Organized Editing Policy»― [3].


Saludos, Iván

[1]: 
https://wiki.osmfoundation.org/wiki/Data_Working_Group/Results_of_Organised_Editing_Survey_2017

[2]: http://www.weeklyosm.eu/es/archives/9571
[3]: https://wiki.openstreetmap.org/wiki/Organized_Editing_Policy

On 26/10/17 22:30, Esther Mingot wrote:

Buenas,


partiendo de la base que OSM está creciendo en número de usuarios y cada 
vez habrá más ediciones comunitarias o guiadas, hace poco se estuvo 
haciendo una encuesta sobre cómo deberían ser las directrices para este 
tipo de ediciones. Se contemplaron tanto los casos de grupos de edición 
que se unen para mejorar una zona concreta, tipo mapatón o cursos de 
formación, como los casos donde una o más personas editan a cuenta de un 
tercero (ya sea por subvención, contrato, etc). No sé cómo estará el 
tema, tal vez algún otro miembro tenga más datos al respecto o te pueda 
orientar sobre dónde dirigir la consulta.



Sin ser una experta en el tema, los tres puntos que expones me parecen 
bien. Tener una cuenta para todas las ediciones, o tener una para 
ediciones personales y otra para "profesionales", va a gusto del 
consumidor. Mirando a futuro, si hubiera alguna duda o conflicto con una 
de las ediciones, la comunidad se pondría en contacto contigo a través 
del propio conjunto de cambios o a través de la cuenta de usuario que 
esté asociada al mismo. Que las ediciones hagan referencia a un 
proyecto, más o menos se suele hacer, aunque una vez más va a gusto del 
consumidor. Un ejemplo serían las ediciones del HOT, donde se pide 
expresamente que se conserve la referencia al proyecto al subir el 
conjunto de cambios.



En todo caso, toda edición que enriquezca el proyecto será bienvenida ;-)


Saludos!

/*
*/



----
*De:* Iván Hernández Cazorla <ivanher...@gmail.com>
*Enviado:* martes, 24 de octubre de 2017 21:51
*Para:* talk-es@openstreetmap.org
*Asunto:* [Talk-es] Ediciones realizadas como función de un puesto de 
trabajo


Buenas,

No tengo claro cómo va el asunto de las ediciones realizadas a partir de 
una función que un trabajador tiene que ejercer en su puesto de trabajo. 
En los proyectos Wikimedia a estas cuentas se las denomina «cuentas 
remuneradas», es decir, usuarios que cobran por un trabajo. Sus 
condiciones son las mismas que las del resto, es decir, cumplir con la 
normativa; pero sobre todo se vigila mucho que esa cuenta no esté 
haciendo ediciones promocionales ―por ej. un usuario contratado por una 
empresa o político que quiere limpiar sus «trapos sucios» presentes en 
los proyectos―.


No sé si hay algo escrito sobre ello, o si alguno podría orientarme, 
pero ahí van algunas preguntas. Si tuviese que realizar esas ediciones 
como parte de mi trabajo:


  * ¿Se tendría que utilizar una cuenta solo para esas ediciones?
  * ¿Habría que declarar que esa c

[Talk-es] Ediciones realizadas como función de un puesto de trabajo

2017-10-24 Thread Iván Hernández Cazorla

Buenas,

No tengo claro cómo va el asunto de las ediciones realizadas a partir de 
una función que un trabajador tiene que ejercer en su puesto de trabajo. 
En los proyectos Wikimedia a estas cuentas se las denomina «cuentas 
remuneradas», es decir, usuarios que cobran por un trabajo. Sus 
condiciones son las mismas que las del resto, es decir, cumplir con la 
normativa; pero sobre todo se vigila mucho que esa cuenta no esté 
haciendo ediciones promocionales ―por ej. un usuario contratado por una 
empresa o político que quiere limpiar sus «trapos sucios» presentes en 
los proyectos―.


No sé si hay algo escrito sobre ello, o si alguno podría orientarme, 
pero ahí van algunas preguntas. Si tuviese que realizar esas ediciones 
como parte de mi trabajo:


 * ¿Se tendría que utilizar una cuenta solo para esas ediciones?
 * ¿Habría que declarar que esa cuenta es la de X persona que trabajo
   para Y en un proyecto?
 * ¿Habría que indicar algo a la hora de subir las ediciones?

Son dudas que tengo porque estoy a la espera de que me confirmen si sale 
adelante un proyecto. En él se trabajaría todo como contenido libre y, 
de cara a los geodatos, lo ideal sería trabajar con OpenStreetMap.


Muchas gracias de antemano. Y disculpen si el asunto del correo es algo 
lioso, ahora mismo no se me ocurre otro.


Saludos, Iván

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Iván Hernández Cazorla
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Re: [Talk-es] (sin asunto)

2017-10-24 Thread Iván Hernández Cazorla

Buenas Iñaki,

Totalmente cierto, el topónimo no tiene propietario ni es un elemento 
registrado, es decir, no es una obra en si mismo. Lo que comentaba sobre 
el dominio público era referido a las obras creadas, ya sean libros, 
artículos, fotografías, etcétera.


Lo interesante, desde mi punto de vista, es que al introducir un 
topónimo se utilice una fuente que permita verificar que eso es cierto y 
que la persona que lo ha añadido no se lo ha inventado. Esto no 
conllevaría ninguna falta legal, ya que se está utilizando una obra para 
certificar que eso que se ha puesto es correcto. Esa obra se puede usar 
como referencia sin ningún problema, ya que no se está reutilizando. 
Incluso si se utiliza un fragmento de la obra, sigue siendo legal, 
siempre que se utilice un formato de cita correcto.


Desde mi punto de vista, si lo que Javier quiere es utilizar los 
ejemplares como fuente para determinar que ese el topónimo de un lugar, 
se podría siempre que dejase claro que ha utilizado esa fuente. No va a 
copiar un fragmento de texto, solo señala que ese es el correcto según 
esa fuente. Ni tampoco creo que se pueda hablar de copia de un topónimo 
si lo pones tal cual aparece en esa obra, ya que el topónimo es el 
topónimo; volvemos a incidir que no tiene propietario. De la misma 
manera que señalar que un monumento es un bien de interés cultural o que 
se encuentra en un determinado lugar.


Por ejemplo, en los artículos de localidades escritos en la /Wikipedia 
en español/, se deben de utilizar referencias para dejar claro que el 
topónimo no se lo ha inventado quien lo ha puesto. La fuente puede ser 
de acceso abierto, o no, con licencia CC BY-SA o con todos los derechos 
reservados.


Otro problema sería que estuviésemos hablando de un conjunto de datos 
que se quisiese exportar. Los datos en sí mismos no tienen derechos de 
autor ―salvo que se traten de creaciones propias―, lo que tiene derechos 
de autor es el conjunto creado. Y si lo que quieres es reutilizar ese 
conjunto de datos, es decir, exportarlo a OpenStreetMap, sí tendría que 
cumplir con los requisitos de licencia presentes en OSM.


No sé si me he liado un poco con el asunto. Pero vamos, que mientras se 
utilice correctamente una fuente no creo que haya problemas en la 
inserción de esos datos.


Saludos, Iván


On 24/10/17 18:03, Iñaki wrote:


Buenas tardes:

    Me ha encantado la descripción legal sobre los derechos de autor, 
pero en cuanto a topónimos, creo que nos estamos pasando de la raya.


    Un topónimo no tiene propietario, no tiene dueño. Yo puedo recoger 
topónimos en un libro con copyright, pero no necesito ninguna 
autorización para usar uno dos o mil topónimos, porque no es una 
creación artística, es una recopilación que no me convierte en 
propietario. Es un nombre de lugar que Dios sabe como ha surgido 
muchas veces. Ejemplo de manual. Yo voy a introducir (alguno he 
metido) los topónimos de mi localidad. Muchos los conozco porque he 
nacido y vivido en el mismo pueblo toda la vida. Existe un estudio 
toponímico publicado por el Ayuntamiento a través de la Academia Vasca 
de la Lengua, y el libro tiene copyright. ¿Y ahora porque aparecen en 
ese libro no puedo utilizar ese topónimo sin pedir autorización? ¡Ala, 
venga! Está bien ser todo lo correctos que se pueda ser, pero no 
seamos más papistas que el Papa. Una cosa es que seamos exquisitos a 
la hora de situarlo correctamente. En ese proceso no podemos fallar, y 
las fuentes estatales no siempre son lo precisas que debieran ser 
(ejemplo: los 1:25000), pero de eso a que tengamos reparos en utilizarlos…


    Saludos,

Iñaki


El 23/10/2017 a las 13:54, Iván Hernández Cazorla escribió:

Buenas,
A la pregunta de Miguel: en España el tiempo que tiene que pasar son 
70-80 años según cuando haya nacido el autor. Cito textualmente una 
pagina de la Biblioteca Nacional Española[1]:


«En el caso de España, los derechos de explotación de una obra 
subsisten 70 años después de la muerte del autor y se computan desde 
el 1 de enero del año siguiente al de la muerte o declaración de su 
fallecimiento. No obstante, el plazo es de 80 años para los autores 
fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987. Una vez transcurrido el 
citado plazo, las obras pasan a dominio público».


Es decir, las obras de todos aquellos nacidos antes de 1987 y 
fallecidos en o antes de 1937, se encontrarían actualmente en dominio 
público.


No soy experto en materia legal, pero tras participar bastante en 
Wikimedia Commons, es un tema que me interesa bastante, tanto el 
dominio público como las licencias libres. Por lo que, si puedo, 
intentaré ayudar con ello.


Saludos, Iván

[1] 
<http://www.bne.es/es/Servicios/InformacionBibliografica/AutoresDominioPublico/> 
<http://www.bne.es/es/Servicios/InformacionBibliografica/AutoresDominioPublico/%3E>;


Iván Hernández Cazorla
Miembro de *Wikimedia España* <https://wikimedia.es>

Enviado desde Blue <http://www.bluemail.me/r?b=1

Re: [Talk-es] (sin asunto)

2017-10-24 Thread Iván Hernández Cazorla

Buenas Miguel,

No lo tengo del todo claro. Pero, si el libro tuviese en su interior la 
lista de autores que han trabajado en él, posiblemente se requerirían 70 
años del fallecimiento de cada uno de ellos; por ende, 70 años del 
fallecimiento del último de esos autores que haya fallecido. Si no hay 
autores por ningún lado y solo consta la institución que lo publica, 
creo recordar que eran 70 años tras su publicación. Repito, no lo tengo 
claro, y posiblemente eso se ajuste al tipo de obra y las condiciones de 
su creación.


Si consigo enterarme de algo más sobre ello, lo comentaré por aquí. Pero 
por el momento, todo suposiciones en torno a lo que me preguntas, Miguel.


De todas formas, en cuanto a la utilización de la obra, Iñaki acaba de 
mandar un mensaje al que voy a contestar.


Saludos, Iván


On 24/10/17 11:11, Miguel Sevilla-Callejo wrote:

Gracias Iván,

Me apunto lo de los 70 años pero, eso es para libros de autores, ¿para 
material generado por una institución? ¿Serán también 70 años?


M

--
*Miguel Sevilla-Callejo*
Doctor en Geografía

2017-10-23 13:54 GMT+02:00 Iván Hernández Cazorla 
<ivanher...@gmail.com <mailto:ivanher...@gmail.com>>:


Buenas,
A la pregunta de Miguel: en España el tiempo que tiene que pasar
son 70-80 años según cuando haya nacido el autor. Cito
textualmente una pagina de la Biblioteca Nacional Española[1]:

«En el caso de España, los derechos de explotación de una obra
subsisten 70 años después de la muerte del autor y se computan
desde el 1 de enero del año siguiente al de la muerte o
declaración de su fallecimiento. No obstante, el plazo es de 80
años para los autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987.
Una vez transcurrido el citado plazo, las obras pasan a dominio
público».

Es decir, las obras de todos aquellos nacidos antes de 1987 y
fallecidos en o antes de 1937, se encontrarían actualmente en
dominio público.

No soy experto en materia legal, pero tras participar bastante en
Wikimedia Commons, es un tema que me interesa bastante, tanto el
dominio público como las licencias libres. Por lo que, si puedo,
intentaré ayudar con ello.

Saludos, Iván

[1]

<http://www.bne.es/es/Servicios/InformacionBibliografica/AutoresDominioPublico/

<http://www.bne.es/es/Servicios/InformacionBibliografica/AutoresDominioPublico/>;

Iván Hernández Cazorla
Miembro de *Wikimedia España* <https://wikimedia.es>

Enviado desde Blue <http://www.bluemail.me/r?b=10777>
En 23 oct, 2017, en 12:07, Miguel Sevilla-Callejo
<msevill...@gmail.com <mailto:msevill...@gmail.com>> escribió:

A priori y sin tener mención explícita de que una fuente sea
libre, esta, al menos en España, tiene los derechos de copia
reservados, por lo que me atrevería a decirte que no los usaras.

Respecto a la toponimia mira a ver si en las fuentes del IGN
no existe ya y puedes de allí copiarla (de ella si hay
permisos). Me consta que hay gente que mira también la
información de las minutas cartográficas del IGN aunque no se
si hay permiso explícito para esto.

Alguno más experto en temas legales y de licencias. ¿Cuanto
tiempo ha de pasar en España para que un recurso pase a ser de
dominio público?

Un saludo

Miguel


On 23/10/17 11:25, Javier Sánchez Portero wrote:

Hola

Dispongo de unos pocos ejemplares de mapas del Servicio
Geográfico del Ejercito de 1959. Respecto a su utilización
como fuente de topónimos para incluir en OSM, ¿hay alguna
posibilidad de utilización directa (como caducidad de
derechos), o habría que solicitar autorización?

Un saludo, Javier.


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Re: [Talk-es] (sin asunto)

2017-10-23 Thread Iván Hernández Cazorla
Buenas,
A la pregunta de Miguel: en España el tiempo que tiene que pasar son 70-80 años 
según cuando haya nacido el autor. Cito textualmente una pagina de la 
Biblioteca Nacional Española[1]:

«En el caso de España, los derechos de explotación de una obra subsisten 70 
años después de la muerte del autor y se computan desde el 1 de enero del año 
siguiente al de la muerte o declaración de su fallecimiento. No obstante, el 
plazo es de 80 años para los autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 
1987. Una vez transcurrido el citado plazo, las obras pasan a dominio público».

Es decir, las obras de todos aquellos nacidos antes de 1987 y fallecidos en o 
antes de 1937, se encontrarían actualmente en dominio público.

No soy experto en materia legal, pero tras participar bastante en Wikimedia 
Commons, es un tema que me interesa bastante, tanto el dominio público como las 
licencias libres. Por lo que, si puedo, intentaré ayudar con ello.

Saludos, Iván

[1] 
<http://www.bne.es/es/Servicios/InformacionBibliografica/AutoresDominioPublico/>

⁣Iván Hernández Cazorla
Miembro de Wikimedia España

Enviado desde Blue ​

En 12:07, 23 oct, 2017, en 12:07, Miguel Sevilla-Callejo <msevill...@gmail.com> 
escribió:
>A priori y sin tener mención explícita de que una fuente sea libre,
>esta, al menos en España, tiene los derechos de copia reservados, por
>lo
>que me atrevería a decirte que no los usaras.
>
>Respecto a la toponimia mira a ver si en las fuentes del IGN no existe
>ya y puedes de allí copiarla (de ella si hay permisos). Me consta que
>hay gente que mira también la información de las minutas cartográficas
>del IGN aunque no se si hay permiso explícito para esto.
>
>Alguno más experto en temas legales y de licencias. ¿Cuanto tiempo ha
>de
>pasar en España para que un recurso pase a ser de dominio público?
>
>Un saludo
>
>Miguel
>
>
>On 23/10/17 11:25, Javier Sánchez Portero wrote:
>> Hola
>>
>> Dispongo de unos pocos ejemplares de mapas del Servicio Geográfico
>del
>> Ejercito de 1959. Respecto a su utilización como fuente de topónimos
>> para incluir en OSM, ¿hay alguna posibilidad de utilización directa
>> (como caducidad de derechos), o habría que solicitar autorización?
>>
>> Un saludo, Javier.
>>
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Re: [Talk-es] Áreas de protección de monumentos

2017-10-04 Thread Iván Hernández Cazorla
Mas que a «alguien», animo a /cualquiera/ (fallos que ocurren a veces 
por escribir con prisas, disculpen) a corregir lo que esté mal traducido 
o si he cometido algún fallo. Estoy familiarizado con las traducciones 
en MediaWiki, pero quizás se me ha ido algo.



On 04/10/17 16:40, Iván wrote:
He estado investigando en la wiki pero no he encontrado nada claro. Lo 
más «claro» que encuentro es la etiqueta historic=archaeological_site 
<https://wiki.openstreetmap.org/wiki/Tag:historic%3Darchaeological_site> 
(que he traducido al español de paso, así que animo a alguien a 
corregir cualquier falta que vea), pero no especifica nada sobre este 
asunto ni si es posible o si acaso se debe hacer.


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