Perdón, no lei los email anteriores.
Se puede hacer un remito electrónico? Yo vi que hay dos comprobantes el 88 y 91 que corresponde a remitos. Gracias. Walter Cómito Analista de Sistemas MP 0397 C.P.C.I.P.C. › <mailto:[email protected]> [email protected] <mailto:[email protected]> [email protected] ' +54 351 494.4667 153.292.707 þ <http://www.softram.com.ar/> www.softram.com.ar Q Si no es necesario, no imprima este correo. Todos somos responsables por el cuidado del medio ambiente. NOTA DE CONFIDENCIALIDAD Este mensaje (y sus anexos) es confidencial y puede contener información de propiedad exclusiva de Walter Cómito (SRS Sistemas). Si usted ha recibido este mensaje por error, por favor comuníquelo inmediatamente a <mailto:[email protected]> walter.comito@ <http://gmail.com/> gmail.com y tenga la amabilidad de eliminarlo; no deberá copiar el mensaje ni divulgar su contenido a ninguna persona. Muchas Gracias. De: [email protected] [mailto:[email protected]] En nombre de Rafael Copquin Enviado el: lunes, 13 de julio de 2015 7:30 Para: GUFA List Member Asunto: [GUFA] FACTURA ELECTRNICA - REMITOS Esto me aclara más las cosas, y resumo lo que entiendo hasta acá: No hay que poner el CAI No lleva el código de barras Lleva la letra R con código AFIP 91 ¿pero qué hay de la numeración? ¿Se puede seguir la que venía llevando el remito preimpreso? ¿O se puede empezar desde 1? Gracias otra vez Rafael Copquin El 11/07/2015 a las 10:05, Claudio Segretin escribió: Los remitos no cambian en nada. Inclusive, la AFIP no autoriza la impresión, por parte de las imprentas, de estos para el mismo punto de venta de la factura electrónica. Saludos cordiales, Lic. Claudio E. Segretin. EFI Consultora Tel.: 011-52529972 Cel.: 011-44166381 WEB: <http://www.eficonsultora.com/> www.eficonsultora.com Este mensaje se dirige exclusivamente a su destinatario y puede contener información CONFIDENCIAL sometida a secreto profesional o cuya divulgación este prohibida en virtud de la legislación vigente. Si ha recibido este mensaje por error, le rogamos que nos lo comunique inmediatamente por esta misma vía y proceda a su destrucción. (This message is intended exclusively for its address and may contain information that is CONFIDENTIAL and protected by a professional privilege or whose disclosure is prohibited by law. If this message has been received in error, please immediately notify us via e-mail and delete it.) El 10 de julio de 2015, 8:07, Rafael Copquin <[email protected]> escribió: Varios de mis clientes quieren emitir el remito junto con la factura electrónica. Pero no tengo claro cuáles son los requisitos/disposiciones, etc que regulan la emisión del remito. Por ejemplo: 1. ¿La numeración debe seguir la del talonario manual, o se puede empezar desde uno? 2. ¿Es necesario poner el CAI y su fecha de vencimiento, que es la que hoy figura en el talonario preimpreso? 3. ¿lleva el código de barras, como en la FE? 4. ¿Se le pone letra R o letra X? 5. ¿el código del comprobante es 91, como figura en el talonario preimpreso? ¿qué otras cosas debo tener en cuenta antes de emitir el remito junto con la factura electrónica? Gracias anticipadas Rafael Copquin --- El software de antivirus Avast ha analizado este correo electrónico en busca de virus. https://www.avast.com/antivirus
